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Certificado de estar al corriente de pago con la Administración del Gobierno de Aragón

  • Dirección General de Tributos
  • Impuestos y tasas

Documento que acredita no tener ninguna deuda pendiente con la Administración.

  1. Para los contratos y subvenciones de la Comunidad Autónoma de Aragón no necesitas pedir el certificado.

    El órgano de contratación o el gestor de la subvención comprobará de oficio el requisito de la ausencia de toda deuda pendiente de pago con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón.

    1. Existen dos maneras de solicitud
    2. Recuerda pagar. Tasa 40, tarifa 02: servicios administrativos derivados de las actuaciones de gestión tributaria. Emisión de certificados de índole tributaria
    • Es un documento oficial y necesario para realizar determinados trámites con la Comunidad Autónoma de Aragón u otras Administraciones Públicas, como por ejemplo: contratación con el Sector Público, solicitud de ayudas y subvenciones, etc. 
    • Acredita, en su caso, no tener ninguna deuda pendiente con la Administración.
    • Los datos que se certifiquen se referirán exclusivamente a la persona, física o jurídica, a la que se refiere el certificado, sin que puedan incluir ni referirse a datos relativos a terceros.
    • Los certificados tienen carácter meramente informativo y no se puede interponer recurso alguno contra ellos; lo que no impide que puedas manifestar tu disconformidad con cualquiera de los datos certificados.
  2. Tanto personas físicas como personas jurídicas (empresas, ONG´s, colegios profesionales...) en nombre propio o a través de persona representante debidamente autorizada.

    • Certificado solicitado telemáticamente en Sede electrónica
      • Recibirás un aviso en el correo electrónico que se indicó en la solicitud. En el correo dice que hay a disposición del solicitante una notificación electrónica y como acceder a ella.
    • Certificado solicitado de forma presencial. Solo para personas físicas que no estén obligadas  a relacionarse con la Administración por medios electrónicos.
      • Recibirás el certificado una notificación entregada por el Servicio de Correos y en el domicilio que se indicó en la solicitud.
    • La expedición del certificado, en general,  se realizará como máximo en 10 días hábiles, siendo el tiempo medio de respuesta de 6 días hábiles.

    • Una vez recibido ya puede ser utilizado para realizar otros trámites con el Gobierno de Aragón o con otras Administraciones Públicas.

    • El certificado de estar al corriente de pago tendrá una validez de 6 meses a contar desde la fecha de emisión.

    1. Certificado positivo: cuando en el momento de su expedición no tienes ninguna deuda pendiente con el Gobierno de Aragón.
    2. Certificado negativo: cuando existe alguna deuda pendiente de pago con el Gobierno de Aragón.
      1. Para obtener el certificado positivo deberás proceder al pago de las deudas y aporta el justificante de haberlo realizado (carta de pago con la validación de la entidad bancaria colaboradora o justificante emitido por ésta).
      2. Una vez pagadas todas las deudas pendientes no es necesario que solicites nuevamente el certificado.
      3. Si has realizado el trámite telemáticamente deberás realizar la aportación justificativa del pago en el enlace: aportación  voluntaria en "sidebar".
      4. En otro caso puedes enviar la documentación:
        1. Registro electrónico 
        2. Registro físico. Solicitar cita previa

 

 

RESOLUCIÓN de 24 de junio de 2021, del Director General de Tributos, por la que se acuerda el modo de verificar la situación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón cuando existan deudas derivadas de recursos de derecho público inferiores a la cantidad de diez euros. (Boletín Oficial de Aragón número 142, de 6 de julio de 2021) - (PDF, 150 KB). 

Recuerda solicitar cita previa para acceder a nuestras oficinas 

Última actualización: 13/03/2024

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