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Certificado de estar al corriente de pago con la Administración del Gobierno de Aragón
Documento que acredita no tener ninguna deuda pendiente con la Comunidad Autónoma de Aragón.
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¿Cómo se solicita?
Recuerda que puedes consultar si tienes deudas pendientes de pago entrando en el área temática de tributos de MiA
Para los contratos y subvenciones de la Comunidad Autónoma de Aragón no necesitas pedir el certificado. El órgano de contratación o el gestor de la subvención comprobará de oficio el requisito de la ausencia de toda deuda pendiente de pago con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón.
- Si vas a solicitar un certificado antes debes autoliquidar y pagar la Tasa 40, tarifa 02: servicios administrativos derivados de las actuaciones de gestión tributaria. Emisión de certificados de índole tributaria
- Existen dos formas para solicitar el certificado:
- Electrónica: Trámite de solicitud del certificado de corriente de pago
- Presencial: Modelo solicitud
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¿Qué es el Certificado de estar al Corriente de Pago?
- Es un documento oficial y necesario para realizar determinados trámites con la Comunidad Autónoma de Aragón u otras Administraciones Públicas, como por ejemplo: contratación con el Sector Público, solicitud de ayudas y subvenciones, etc.
- Acredita, en su caso, no tener ninguna deuda pendiente con la Administración.
- Los datos que se certifiquen se referirán exclusivamente a la persona, física o jurídica, a la que se refiere el certificado, sin que puedan incluir ni referirse a datos relativos a terceros.
- Los certificados tienen carácter meramente informativo y no se puede interponer recurso alguno contra ellos; lo que no impide que puedas manifestar tu disconformidad con cualquiera de los datos certificados.
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¿Quién puede solicitarlo?
Tanto personas físicas como personas jurídicas (empresas, ONG´s, colegios profesionales...) en nombre propio o a través de persona representante debidamente autorizada.
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Tipos de certificados : positivos y negativos
Certificado positivo
Cuando en el momento de su expedición no tienes ninguna deuda pendiente con el Gobierno de Aragón.
Certificado negativo
Cuando existe alguna deuda pendiente de pago con el Gobierno de Aragón.
- Para obtener el certificado positivo deberás proceder al pago de las deudas y aporta el justificante de haberlo realizado (carta de pago con la validación de la entidad bancaria colaboradora o justificante emitido por ésta).
- Si has realizado el trámite telemáticamente deberás aportar los justificantes del pago en el enlace: aportación voluntaria en "sidebar".
- En otro caso puedes enviar la documentación a través del:
- Registro electrónico
- Registro físico. Solicitar cita previa
- Una vez pagadas todas las deudas pendientes no es necesario que solicites nuevamente el certificado.
- Para obtener el certificado positivo deberás proceder al pago de las deudas y aporta el justificante de haberlo realizado (carta de pago con la validación de la entidad bancaria colaboradora o justificante emitido por ésta).
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¿Cómo y cuándo contesta la Administración?
Certificado solicitado telemáticamente en Sede electrónica
- Recibirás un aviso en el correo electrónico que se indicó en la solicitud. En el correo dice que hay a disposición del solicitante una notificación electrónica y como acceder a ella.
Certificado solicitado de forma presencial
Solo para personas físicas que no estén obligadas a relacionarse con la Administración por medios electrónicos.
- Recibirás el certificado una notificación entregada por el Servicio de Correos y en el domicilio que se indicó en la solicitud.
Plazo de contestación y otra información de interés
La expedición del certificado, en general, se realizará como máximo en 10 días hábiles, siendo el tiempo medio de respuesta de 6 días hábiles.
Una vez recibido ya puede ser utilizado para realizar otros trámites con el Gobierno de Aragón o con otras Administraciones Públicas.
El certificado de estar al corriente de pago tendrá una validez de 6 meses a contar desde la fecha de emisión.
RESOLUCIÓN de 24 de junio de 2021, del Director General de Tributos, por la que se acuerda el modo de verificar la situación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón cuando existan deudas derivadas de recursos de derecho público inferiores a la cantidad de diez euros. (Boletín Oficial de Aragón número 142, de 6 de julio de 2021) - (PDF, 150 KB).
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Última actualización: 11/09/2024
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