Bienestar animal
- Dirección General de Calidad y Seguridad Alimentaria
- Servicio de Sanidad, Trazabilidad y Bienestar Animal
- Ganadería
Normativa vigente sobre bienestar animal en Aragón. Trámites. Control del bienestar de los animales en las explotaciones agrarias y en el transporte de animales vivos.
Información general
El bienestar animal es una aspecto destacado de las producciones ganaderas por la Política Agraría Común (PAC).
- El control del cumplimiento de estas medidas se lleva a cabo en las granjas por medio de las inspecciones que se realizan en cualquier explotación al efectuar otros controles como: identificación animal, primas ganaderas, registro de explotaciones, etc.
- El control del bienestar animal durante el transporte se efectúa mediante la autorización previa de los transportistas para movimientos de mas de 50 kilómetros y por medio de las inspecciones de los vehículos que se pueden realizar en:
- Mataderos
- Mercados
- Otros centros de concentración
- Puntos de Parada
- Carretera
- P.I.F. (Puestos de Inspección Fronterizo)
- Puertos y aeropuertos
La normativa vigente prescribe que en determinados medios de transporte de animales vivos debe haber una persona (no necesariamente el conductor) que esté en posesión del Certificado de Competencia de bienestar animal en el transporte. Dicho certificado debe estar, en todo momento a disposición de la autoridad competente.
Controles en materia de bienestar animal:
La Directiva 98/58/CE del Consejo, de 20 de julio de 1998, relativa a la protección de los animales en las explotaciones ganaderas determina, en su artículo 6, que los Estados miembros tomarán las disposiciones necesarias para que la autoridad competente realice inspecciones para comprobar el cumplimiento de dicha Directiva. Estas inspecciones podrán efectuarse al mismo tiempo que los controles que se hagan con otros propósitos.
Para armonizar el formato, el contenido y la periodicidad de los informes de inspección de los Estados miembros la Comisión aprobó, de acuerdo con esta Directiva y en particular con el apartado 3 de su artículo 6, la Decisión 2000/50/CE, relativa a los requisitos mínimos para la inspección de las explotaciones ganaderas (Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE), de 25 de enero de 2000) (PDF, 140 KB)
Por otra parte, el artículo 7 de la Directiva 91/629/CEE del Consejo, relativa a las normas mínimas para la protección de terneros, el artículo 7 de la Directiva 91/630/CEE, relativa a las normas mínimas para la protección de cerdos y el artículo 8 de la Directiva 99/74/CE, relativa a normas mínimas para la protección de las gallinas ponedoras, establecen que los Estados miembros deben velar porque se efectúen inspecciones para verificar el cumplimiento de la normativa comunitaria.
En materia de transporte de animales vivos la normativa comunitaria vigente fija la obligatoriedad de efectuar una serie de controles de bienestar animal en el transporte. Estos controles se fijan en el Reglamento 882/2004, sobre controles oficiales efectuados para garantizar la verificación del cumplimiento de la legislación en materia de piensos y alimentos y la normativa sobre salud animal y bienestar animal (DOUE, de 28 de mayo de 2004 (PDF, 250 KB) y en el Reglamento 1/2005 relativo a la protección de los animales durante el transporte y operaciones conexas (DOUE, de 5 de enero de 2005) (PDF, 26 MB)
Esta necesidad de realizar inspecciones ha sido insistentemente remarcada en los informes de las misiones de la Oficina Veterinaria y Alimentaría de la Comisión Europea llevadas a cabo en España en los últimos años.
Normativa e Informes
En Aragón
- Decreto 141/2017, de 5 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el decreto 239/2008, de 16 de diciembre, del Gobierno de Aragón (Boletín Oficial de Aragón (BOA) nº 177, 14 septiembre 2017) (PDF, 206 KB)
- Decreto 239/2008, de 16 de diciembre se establecen las normas de homologación de los cursos de formación y las de acreditación de las entidades de formación, de los cuidadores y manipuladores de animales, de los adiestradores de los animales de compañía y de los animales potencialmente peligrosos (BOA, de 24 de diciembre de 2008) (PDF, 420 KB)
- Orden de 20 de abril de 2006, del Departamento de Agricultura y Alimentación, por la que se convoca el proceso de homologación para el ejercicio profesional en los centros de experimentación animal y otros fines científicos (BOA, de 3 de mayo 2006) (PDF, 174 KB)
- Ley 11/2003 de 19 de marzo de Protección Animal (BOA nº 35, de 26 de marzo de 2003) - (PDF, 158 KB)
- Orden de 25 de agosto de 1988, del Departamento de Agricultura, Ganadería y Montes, por la que se dictan normas sobre protección de los animales utilizados en experimentación y otros fines científicos (BOA, de 14 de septiembre de 1988) (PDF, 803 KB)
En España
Código de Protección y Bienestar Animal (edición actualizada Boletín Oficial del Estado BOE))
Comunitaria
- Directiva 2010/63/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de septiembre de 2010, relativa a la protección de los animales utilizados para fines científicos (DOUE, de 20 de octubre de 2010) (PDF, 1 MB)
- Directiva 98/58/CE del Consejo, de 20 de julio de 1998, relativa a la protección de los animales en las explotaciones ganaderas (DOUE, de 20 de julio de 1998)
Informes Aragón
- Informe 2016 sobre inspecciones de bienestar animal en la explotación (PDF, 76 KB)
- Informe 2008 sobre inspecciones de bienestar animal en el transporte (PDF, 170 KB)
Bienestar animal en las explotaciones
Caudafagia y raboteo en explotaciones de porcino
Recomendaciones y normas mínimas para la protección de cerdos en lo que se refiere a medidas para disminuir el trastorno de ese comportamiento y la necesidad de practicar el raboteo
Actuaciones 2019
- Recordatorio al personal responsable de explotaciones porcinas (PDF, 315 KB)
- Ficha descriptiva explotación (PDF, 656 KB)
- Instrucciones Ficha descriptiva explotación (PDF, 332 KB)
- Evaluación de riesgos (PDF, 529 KB)
- Instrucciones Evaluación de riesgos (PDF, 679 KB)
- Plan de acción (PDF, 478 KB)
- Instrucciones Plan de acción (PDF, 264 KB)
- Registro de animales afectados de Caudofagia (PDF, 415 KB)
Mesas Técnicas
- Mesa Técnica julio 2018 (ZIP, 691 KB)
- Mesa Técnica junio 2017 (ZIP, 329 KB)
Otros documentos de interés
- Árbol de decisiones del ganadero para la toma de medidas en la prevención del raboteo sistemática (PDF, 540 KB)
- Stop mordeduras (PDF, 1 MB)
- Jornadas Caudofagia ADS 2018 (PDF, 15 MB)
- Cómo evitar el raboteo (PDF, 1 MB)
- Explotaciones sin raboteo. Finlandia
- Explotaciones sin raboteo. Italia
- Gestión de las explotaciones porcinas para evitar la caudofagia (Ministerio Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente) (PDF, 670 KB)
- Material manipulable (PDF, 1 MB)
- Recomendación Unión Europea relativa a las normas mínimas para la protección de cerdos en lo que se refiere a medidas para disminuir la necesidad de practicar el raboteo (9.03.2016) (PDF, 319 KB)
- Resumen legislación vigente sobre caudofagia, raboteo y material manipulable (PDF, 56 KB)
Bienestar animal en transporte
Aptitud de los animales para el transporte: sacrificio de urgencia en la explotación
Documentos publicados con la finalidad de garantizar tanto que no se transportan animales no aptos como que se dispone lo necesario para que, en su caso, un animal pueda sacrificarse en una explotación y su carne ser destinada a consumo humano:
- La aptitud de los animales para el transporte de los animales (PDF, 622 KB)
- Guia practica para la evaluación de la aptitud para el transporte de bovinos (PDF, 14 MB)
- GuÍa práctica para la evaluación de la aptitud para el transporte de cerdos (PDF, 1 MB)
- PNT (Procedimientos Naturales de Trabajo) 1 - Actuaciones del titular de la explotación en el transporte de animales al matadero (PDF, 345 KB)
- PNT 2 - Actuaciones del veterinario de la explotación para la determinación de la aptitud de los animales para el transporte al matadero (PDF, 319 KB)
- PNT 3 - Actuaciones del veterinario de la explotación para la determinación de la aptitud para el sacrificio de urgencia en la explotación y posterior destino al matadero (PDF, 204 KB)
- PNT 4 – Actuaciones del veterinario de la explotación en caso de sacrificio de urgencia en la explotación y posterior destino al matadero (PDF, 599 KB)
- PNT 5 – Actuaciones del personal de la explotación durante las operaciones de sacrificio de los animales declarados aptos para el sacrificio de urgencia en la explotación y posterior destina a matadero (PDF, 772 KB)
- PNT 6 – Actuaciones del personal de la explotación durante las operaciones de matanza de los animales que no son destinados al sacrificio para el consumo humano (PDF, 608 KB)
- PNT 7 – Actuaciones del SVO (Servicio Veterinario Oficial) ante la llegada de animales al matadero y la evaluación de su aptitud para el transporte (PDF, 852 KB)
- PNT 8 – Actuaciones del SVO ante la llegada al matadero de animales sacrificados de urgencia en la explotación de origen (PDF, 635 KB)
Guías de buenas prácticas en el transporte
- Guía práctica para la evaluación de la aptitud para el transporte de équidos (caballos, ponis, burros y sus híbridos) (PDF, 2 MB)
- Guías de buenas prácticas en el transporte de las distintas especies ganaderas. Información de especial interés para ganaderos y transportistas
Más información y contacto
Dirección General de Calidad y Seguridad Alimentaria
Servicio de Sanidad, Trazabilidad y Bienestar Animal
Última actualización: 14/04/2020
Información y recursos asociados
Enlaces de interés:
- Carné de cuidador y manipulador de animales
- Inscripción en el registro de los centros de experimentación animal
- Autorización de proyectos de experimentación animal
- Autorización para empresas y vehículos de transporte de animales
- Autorización de los centros de limpieza y desinfección de vehículos dedicados al transporte por carretera de ganado
- Formación en bienestar animal
- Evolución diaria COVID-19 en Aragón. Gobierno de Aragón
- Vacunaciones. Gobierno de Aragón
- COVID-19. Declaración responsable para justificar desplazamientos. Gobierno de Aragón
- Cierres perimetrales en la Comunidad Autónoma de Aragón. Gobierno de Aragón
- Índice de riesgo por uso del fuego. Gobierno de Aragón