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Subtipología INAGA 24C: Autorización de tenencia de animales vivos de especies cinegéticas

  • Caza
  • Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA)
  • Protección del medio, fauna y flora
  • Evaluaciones, informes y autorizaciones ambientales
  • Desarrollo e iniciativas rurales

Trámite de autorización de tenencia de animales vivos de especies cinegéticas, en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Presentación de solicitudes

Subtipología INAGA 24C. (Procedimiento 5427). Tenencia de animales vivos de especies cinegéticas

(INAGA). Tipología 24 - Autorización de actividades molestas para especies fauna silvestre

(Trámites). Procedimiento INAGA 24C - Autorización tenencia de animales vivos de especies cinegéticas

Información específica del procedimiento administrativo

La información a nivel de tipología INAGA se encuentra disponible en el siguiente enlace: Autorización de actividades molestas relacionadas con especies de fauna silvestre.

Denominación

Autorización para dar muerte, dañar, molestar o inquietar intencionadamente a especies de fauna silvestre incluyendo retención, captura en vivo y recolección de sus huevos o crías, así como la posesión, tráfico y comercio tanto de ejemplares vivos como muertos y sus restos, (incluye: observación y fotografía de especies silvestres).

Descripción

Se requiere autorización del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA) para la tenencia de animales vivos de especies cinegéticas, si se trata de:

  • Cualquier ejemplar de las especies de caza mayor

  • Más de 10 ejemplares vivos de las especies de caza menor

La citada autorización se exige sin perjuicio de lo establecido en otras legislaciones sectoriales aplicables a la tenencia de animales.

Si por cualquier motivo el poseedor quisiera deshacerse de estos animales, la custodia o retirada de los mismos queda fuera de las competencias del INAGA. Una vez que se poseen estos ejemplares dejan de ser especies cinegéticas silvestres y pasan a ser animales silvestres domesticados. Al igual que cualquier otro animal doméstico es responsabilidad del poseedor, como también lo son los daños que pudieran causar.

Requisitos de los solicitantes

Ser interesados en la tenencia de animales vivos de especies cinegéticas y cumplir con las condiciones establecidas en la legislación de aplicación.

Tasas

Tasa 29 por servicios en materia de conservación de la biodiversidad

Tarifa 07. Por la autorización de tenencia de especies cinegéticas: 152,10 euros.

Observaciones

No existe período establecido para la presentación de solicitudes.

La interacción entre INAGA y los ciudadanos o empresas para este trámite se puede realizar de forma enteramente digital a través de las herramientas informáticas dispuestas para ello en la Oficina Virtual de INAGA.

  • Plazo: 2 meses.
  • Régimen intervención administrativa: previo.
  • Efecto del silencio: negativo.
  • Normativa reguladora: se recomienda consultarla a través de INASEI. Tipología INAGA 24.

Ayuda para cumplimentar los formularios

Documentación requerida junto con la correspondiente solicitud:

  • Justificación de la adquisición del animal e identificación clara de los datos del poseedor del animal en la solicitud

  • Descripción de las instalaciones donde se va a tener el animal, así como la localización de las mismas

  • Descripción de las medidas que se van a adoptar para evitar fugas y daños a personas o bienes ajenos

Contacto

Si requiere realizar cualquier consulta en relación a la tramitación de expedientes de Autorización para la tenencia de animales vivos de especies cinegéticas, puede utilizar los siguientes canales:

Acceso a datos y estadísticas del trámite

Estadísticas INAGA. Evolución del número de expedientes de la subtipología 24C tramitados en INAGA (xlsx 28kb)

Estadísticas INAGA. Evolución de la distribución del Tiempo de Tramitación de Expedientes de la subtipología 24C en INAGA (xlsx 23kb)

Estadísticas INAGA. Índice de eficacia en la tramitación de expedientes de la subtipología 24C en INAGA (xlsx 35kb)

A través de la aplicación INAFPA puede consultar las afecciones catastrales a Figuras de protección de la naturaleza (Espacios Naturales Protegidos, ámbitos de planes de protección de especies amenazadas, LICS, ZEPAS,...)

Última actualización: 16/01/2024

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