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Subtipología INAGA 27B: Ampliación de cotos de caza
- Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA)
- Cotos de caza y medio ambiente
- Cotos de caza
- Caza
Trámite de ampliación de cotos de caza municipales, deportivos y privados y explotaciones intensivas de caza en la Comunidad Autónoma de Aragón.
Presentación de solicitudes
Ampliación cotos
Ampliación de cotos de caza
Subtipología 27B (Procedimiento 343)
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Entorno Telemático de Tramitación de INAGA (INASEI):
Tipología 27 - Constitución y modificación de cotos de caza -
Página de Trámites del Gobierno de Aragón:
Procedimiento INAGA 27B- Ampliación de cotos de caza
Ayuda para cumplimentar los formularios
Documentación requerida junto con la correspondiente solicitud:
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Con carácter general:
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Anexo I. Acreditación de la titularidad del solicitante sobre los derechos cinegéticos (se justificará documentalmente).
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Descripción de la zona de ampliación del terreno cinegético: superficies, límites, tipo de vegetación, cultivos, masas de agua, carreteras, etc.
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Plano de delimitación de la ampliación (formato digital georreferenciado. UTM Huso 30. ETRS89) o listado de parcelas catastrales en formato digital, donde se fijen claramente los límites del terreno que se pretende ampliar.
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Previsión o proyecto de modificación del Plan Técnico de caza, por ampliación de la superficie, cuando la modificación afecte de forma significativa al acotado.
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Además, según el tipo de coto:
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Cotos deportivos:
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Certificado de acuerdo del órgano con capacidad para la solicitud de ampliación, conforme a la normativa que le sea de aplicación.
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Cotos municipales:
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Certificado del acuerdo municipal del pleno para la solicitud de ampliación, conforme a la normativa que le sea de aplicación.
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Cotos promovidos por la Federación Aragonesa de Caza:
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Certificado del acuerdo federativo
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Personas físicas o jurídicas privadas:
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Fotocopia del NIF/CIF
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Poderes que acrediten la representación
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Observaciones
En caso de que la superficie afecte a un número indeterminado de propietarios, la tramitación del procedimiento incluye un período de información pública de un mes con exposición en el tablón de los Ayuntamientos afectados y publicación de anuncio en el Boletín Oficial de Aragón. En otro caso se concede audiencia a los interesados por un periodo de 10 o 15 días según el caso.
Tramitación electrónica completa
La interacción entre INAGA y los ciudadanos o empresas para este trámite se puede realizar de forma enteramente digital a través de las herramientas informáticas dispuestas para ello en la Oficina Virtual de INAGA.
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Herramientas de ayuda para la generación y presentación de datos georreferenciados en INAGA: Visor INAGAGEO
Información específica del trámite
Denominación del procedimiento administrativo
Ampliación de cotos de caza municipales, deportivos y privados y explotaciones intensivas de caza.
Descripción
La Ley 1/2015 de Caza de Aragón (BOA n. 58 de 25/03/2015) establece, en su artículo 18.5, que la modificación por ampliación posterior de la superficie de un coto, ya constituido, se sujetará a la previa autorización del INAGA y podrá suponer la adecuación de las determinaciones del plan técnico a la nueva superficie.
La modificación de superficie de un coto de caza puede ser solicitada por el titular del acotado.
Los requisitos para la modificación de un coto de caza, por ampliación del mismo, dependen de:
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La superficie:
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No hay mínimo o máximo establecido.
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Los derechos cinegéticos:
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El titular debe acreditar la posesión de derechos en las mismas condiciones que en la constitución de un coto.
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Plazo
6 meses.
Régimen intervención administrativa
Previo.
Efecto del silencio
Negativo.
Requisitos de los solicitantes
Ser titular de los derechos cinegéticos de las parcelas a incluir en el coto de caza.
Tasas
Tasa 26 por servicios de gestión de los cotos
La Comunidad Autónoma de Aragón establece que, en caso de autorizarse una ampliación del coto o un cambio del tipo de aprovechamiento, se devengará una tarifa complementaria por la diferencia del importe que corresponda, conforme a la tarifa aplicable en el momento de la resolución.
Se pagará tasa complementaria dependiendo de la superficie a ampliar.
En caso de ampliaciones significativas, junto con la resolución se gira la tasa correspondiente por servicios de gestión de los cotos conforme a la normativa vigente.
Normativa reguladora
Se encuentra especificada en la página de la Tipología 27: Constitución y modificación de cotos de caza.
Acceso a datos
Información, estadísticas y acceso a cartografía disponibles en la página de la Tipología 27: Constitución y modificación de cotos de caza.
Contacto
Si requiere realizar cualquier consulta en relación a la tramitación de expedientes de Ampliación de cotos de caza en la Comunidad Autónoma de Aragón, puede utilizar los siguientes canales:
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Atención por correo electrónico: inaga.area1@aragon.es
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Atención telefónica: 976 716 022
Última actualización: 04/11/2022
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