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Acceder a MiAModificación de concesión de uso privativo de ocupación temporal
Trámite Nº926
En plazo permanente
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Contenidos
TrámiteNº926
En plazo permanente
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
A través de este trámite se podrá solicitar la modificación y la declaración de caducidad de la concesión de uso privativo de ocupación temporal de terrenos en montes del Catálogo de Utilidad Pública.
Subtipología 44B del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA)
Dirigido a
- Interesado, o persona que lo represente, que tenga concedida una concesión de uso privativo del monte de dominio público forestal y desee modificarla o caducarla
Requisitos
- Los exigidos en la normativa, y entre otros, disponer de la conformidad de la entidad propietaria del monte.
Pago de tasas
AUTOLIQUIDACION y PAGO de Tasa 17 por servicios facultativos y administrativos en materia de montes, aprovechamientos forestales y vías pecuarias (Ley 7/2021 de 7 octubre, Tasas Aragón)
Tarifa 18. Concesión de uso privativo del dominio público forestal y autorización de ocupación temporal de vías pecuarias […], tramitadas a solicitud del titular de la concesión.
Cuota según escala gravamen.
Obtención:
1º Generar y descargar documento autoliquidación (desde enlace)
2º Pagar tasa: tjta/domic/efect
Accede aquí para proceder al pago de la tasaPlazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Plazo permanente
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Resolución
7 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativo¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
INSTITUTO ARAGONES DE GESTION AMBIENTAL
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Información sobre la solicitud
Le informamos que los datos de carácter personal que se recaben en las solicitudes que se dirigen al Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA) quedarán incorporados a las correspondientes actividades de tratamiento de la que es titular el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental.
Puede encontrar información relativa a la política de protección de datos personales y de seguridad de la información en INAGA a través de su página web.
Recursos y enlaces de interés
- Tipología INAGA 44: Concesión de uso privativo de ocupación en montes del catálogo de utilidad pública
- Acceda al visor INAGAGEO para obtener las coordenadas requeridas
- Guía del pago de tasas INAGA de procedimientos iniciados desde el Tramitador Online del Gobierno de Aragón
- INAGA: Protección de datos personales y seguridad de la información
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Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
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En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
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En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
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Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
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7 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
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Preguntas frecuentes
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Pueden ser titulares de concesiones de uso privativo en montes de utilidad pública las administraciones públicas, las personas físicas o jurídicas.
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La tramitación del procedimiento está sometida a tasa en función de la superficie solicitada, y con las exenciones previstas en la legislación tributaria de Aragón (tasa 17, tarifa 18). Esta tasa se paga de forma previa a la tramitación.
La concesión en sí misma también está sometida al pago de una tasa o contraprestación económica, de carácter anual. Esta cantidad se ha de fijar por la administración titular del monte de utilidad pública.
En montes de titularidad de la Comunidad Autónoma de Aragón está regulada por su legislación tributaria (tasa 33) y la legislación patrimonial.
En montes de titularidad de Entidades Locales, se establece según la normativa municipal o mediante valoración singular motivada. De las cantidades que fijen las Entidades Locales, una parte (usualmente el 15 %) ha de ir al fondo de mejoras de los montes de utilidad pública, con destino a la conservación de estos montes.
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Con antelación suficiente para la tramitación del procedimiento, cuyo plazo máximo para resolver es de siete meses. Durante ese plazo han de realizarse, al menos los siguientes trámites:
Someter el expediente a información pública por un plazo de veinte (20) días hábiles.
Aportar las autorizaciones sustantivas de otras administraciones (concesiones de agua, autorizaciones de industria, minas, etc.) que motiven la concesión de uso privativo en los montes de utilidad pública.
Obtener la conformidad de la entidad propietaria del monte de utilidad pública, así como las condiciones particulares para la concesión y las condiciones económicas.
Elaborar un informe técnico en donde se comprueben los datos y justificaciones aportados en la solicitud, y se verifique que dicha concesión es compatible con la conservación de las características y funciones ambientales del monte de utilidad pública.
Someter al trámite de audiencia a los interesados por un plazo de diez (10) días.
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La superficie de concesión de uso privativo ha de ser la mínima imprescindible y por el periodo más corto posible, de forma que permita la menor restricción al uso público al que están destinados los bienes demaniales.
En el cálculo de la superficie de concesión de uso privativo para la ocupación ha de considerarse:
Superficie física afectada por las instalaciones.
Zona de servidumbre necesaria para la construcción, mantenimiento y acceso a la propia instalación, con las distancias de seguridad establecidas por la normativa sectorial, según la naturaleza y uso de la instalación que se pretenda, o por las características de los equipamientos. En el caso de montes de titularidad de la Comunidad Autónoma, la tarifa 33 de la normativa tributaria establece cómo ha de medirse la superficie destinada a concesión.
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El plazo máximo que permite la Ley 15/2006 de montes de Aragón (BOA n. 149 de 30/12/2006) para las concesiones de uso privativo es de 30 años, pudiendo renovarse dicha concesión en determinados casos hasta un máximo de 75 años, que permite la legislación patrimonial.
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Contacto y ayuda
Teléfono. 976 716 026
Correo electrónico. inaga.area1@aragon.es
Página web. Contacte con INAGA por correo electrónico
Página web. Contacte con INAGA por teléfono
Página web. Atención presencial en INAGA
Página web. Instituto Aragonés de Gestión Ambiental
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 111. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h
- atencionalaciudadania@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00 h.
- soportesda@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
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Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
-
Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes
-
Ley 10/2006, de 28 de abril, por la que se modifica la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes
-
Decreto 485/1962, de 22 de febrero, por que se aprueba el Reglamento de Montes
-
Decreto Legislativo 1/2017, de 20 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Montes de Aragón
-
Ley 1/2021, de 11 de febrero, de simplificación administrativa
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