Apuestas

Trámite 2038

En plazo permanente

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Detalles del trámite

A través de este trámite, las personas obligadas podrán, de manera telemática, realizar la autoliquidación de la tasa fiscal sobre juego relativa a apuestas.


Dirigido a

  • Obligados tributarios y/o sus representantes
  • Empresas autorizadas en Aragón para la explotación y gestión de apuestas devengadas en el ámbito de la Comunidad Autónoma.

Requisitos

  • La tasa se devengará, con carácter general, por la autorización y, en su defecto, por la organización o celebración del juego
  • Se tributará en la Comunidad Autónoma de Aragón siempre y cuando la organización o celebración de juegos de suerte, envite o azar, incluyendo las apuestas celebradas en casinos de juego, el bingo, los juegos mediante máquinas o aparatos automáticos y los juegos mediante boletos se realice en el territorio de la Comunidad Autónoma

Plazos

Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.

Presentación

Plazo permanente

Puedes realizar este trámite de manera:

Electrónica - Pasos a seguir
Presencial - Pasos a seguir

La autoliquidación (modelo 057) debe presentarse Administración Tributaria de Aragón sita en Zaragoza c/ Joaquín Costa, 18.


¿Necesitas ayuda?

Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.

Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.


Órgano responsable

DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTOS

Apartado siguiente:

Información adicional

Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.

Información sobre la solicitud

  • La base imponible se determinará por la diferencia entre el importe total de los ingresos obtenidos (suma de cantidades apostadas) y las cantidades pagadas a los jugadores en concepto de premios.
  • No existe la posibilidad de compensar bases imponibles negativas con bases imponibles positivas.
  • Tipo impositivo del 15 por 100 (15%) sobre la base imponible.
  • Los sujetos pasivos deberán presentar la autoliquidación (modelo 057) por todas operaciones acumuladas del cada trimestre natural anterior y descontando las cuotas satisfechas del ejercicio.
  • Plazos de presentación y pago

Primer trimestre: del 1 al 20 de abril

Segundo trimestre: del 1 al 20 de julio

Tercer trimestre: del 1 al 20 de octubre

Cuarto trimestre: del 1 al 20 de enero del ejercicio siguiente.

Recursos y enlaces de interés

Apartado anterior:

Apartado siguiente:

Fases de la tramitación

Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.

Antes de la tramitación

Durante de la tramitación

Apartado anterior:

Apartado siguiente:

Contacto y ayuda

  • Teléfono. Zaragoza 976 715 209

  • Correo electrónico. información tributos@aragon.es

  • Teléfono. Huesca 974 293 166

  • Teléfono. Teruel 978 641 049

  • Presencial. Zaragoza C/ Joaquín Costa, 18 (Solictar cita previa)

  • Presencial. Huesca C/Ricardo del Arco,6 (Solicitar cita previa)

  • Presencial. Teruel c/ San Vicente de Paúl,1 (Solicitar cita previa)

  • Otros canales. Horario oficina y teléfono de lunes a viernes de 9.00h a 14.00h

Ayuda con la tramitación electrónica

Apartado anterior:

Apartado siguiente:

Ayuda a la tramitación electrónica

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