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Subvenciones para el Programa PRO-Digital Empleo - Por establecimiento como persona autónoma

N°9068

A través de este trámite, se puede presentar una solicitud para optar a subvenciones destinadas a las personas que hayan participado en el programa formativo Pro-Digital y que dentro del plazo de los tres meses siguientes a la finalización de la acción formativa, se establezcan como trabajadoras autónomas o por cuenta propia.

Plazo de presentación

Del 17/06/2022 al 21/11/2022

Fuera de plazo

Consultar trámite

Dirigido a

  • Personas jóvenes participantes en la formación del Programa Pro-digital que se establezcan en la Comunidad Autónoma de Aragón como trabajadoras autónomas o por cuenta propia

Requisitos

  • Cumplir con los requisitos previstos en la Ley General de Subvenciones y en la Ley de Subvenciones de Aragón.
  • Encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como no tener deuda alguna pendiente de pago con la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • En las empresas con 50 o más personas trabajadoras, cumplir la obligación de reserva de cuota del 2% de trabajadores con discapacidad, salvo que tengan autorizada la aplicación de las medidas alternativas.
  • Las personas que se establezcan como trabajadoras autónomas o por cuenta propia deberán:
    • Haberse formado en el marco del programa Pro-Digital.
    • Estar empadronadas en algún municipio de Aragón.
    • Figurar inscritas como demandantes de empleo en cualquier servicio público de Empleo.
  • Alta en el correspondiente Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores Autónomos (RETA) dentro del plazo de los tres meses siguientes a la finalización de la acción formativa.
  • Alta en el Impuesto de Actividades Económicas.

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Certificado o volante de empadronamiento de la persona autónoma

    Al menos desde la fecha en que se produzca el alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores Autónomos (RETA).

  • Acreditación de mujer víctima de violencia de género

    Con uno de los siguientes documentos: sentencia condenatoria, resolución judicial, orden de protección acordada a favor de la víctima o certificado emitido por el órgano competente acreditativo de que la beneficiaria está incorporada al Programa de Renta Activa de Inserción por su condición de víctima de violencia de género.

  • Alta de la persona emprendedora

    En el correspondiente Régimen de la Seguridad Social de personas trabajadoras Autónomas.

  • Declaración de alta en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores

    En la que deberá constar la fecha de alta en el IAE.

  • Autorización datos

    Descargar modelo Autorización datos

Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:

En caso de apoderamiento

  • Documento de apoderamiento

    En caso de ser necesario, deberá ser aportado junto a la solicitud de subvención. https://sede.administracion.gob.es/apodera/clave.htm

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

Ver detalles
  • Corriente de pago para ayudas y subvenciones

  • Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social

  • Impuesto sobre actividades económicas (IAE)

  • Consulta de Vida Laboral Últimos 12 Meses

  • Situación Laboral en Fecha Concreta

  • Inscrito Demandante de Empleo a Fecha Concreta

  • Validación de NIF de un contribuyente

  • Consulta de Datos de Identidad

  • Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones

Información adicional

Consulta esta/s página/s para conocer más información sobre el trámite.

Documentos y enlaces de interés

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Contacto y ayuda

¿Necesitas ayuda para realizar el trámite?

Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Del 17/06/2022 al 21/11/2022

Fuera de plazo

15 días a contar desde que se inicie la actividad

Consultar trámite Consultar formas de presentación

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

3 meses

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo

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