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Subvenciones para entidades deportivas aragonesas de máxima categoría - Convocatoria 2022-2023

N°9606

A través de este trámite, las entidades deportivas aragonesas participantes en competiciones deportivas de máxima categoría, podrán presentar una solicitud para optar a ayudas económicas.

La finalidad de las mismas es apoyarlas económicamente en la participación en competiciones oficiales de carácter nacional e internacional.

Las entidades solicitantes deben estar inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de Aragón.

Plazo de presentación

Del 15/03/2023 al 28/03/2023

Fuera de plazo

Consultar trámite

Dirigido a

  • clubes deportivos y secciones deportivas que cumplan los requisitos exigidos por el artículo 4.1a)
  • Sociedades anónimas deportivas que compitan en la liga profesional de su modalidad deportiva o en la categoría inmediatamente inferior
  • Clubes deportivos y secciones deportivas de entidades sin ánimo de lucro que, sin cumplir todos los requisitos relacionados en el apartado 4.1a), compitan en la máxima categoría de su modalidad deportiva o, si esta máxima categoría está profesionalizada, compitan en la cate-goría inmediatamente inferior. A los efectos de estas subvenciones, se considerarán compe-ticiones de máxima categoría profesionalizadas la liga nacional masculina de fútbol sala y la liga ASOBAL de balonmano, así como cualquier otra que pueda ser calificada como tal por el Consejo Superior de Deportes.

Requisitos

  • No estar incurso en alguna de las prohibiciones establecidas en la normativa vigente en materia de subvenciones.
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, y no podrán tener deuda alguna pendiente de pago con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • No estar se incursos en las causas de prohibición previstas en los apartados 5 y 6 del artículo 4 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.
  • Acreditar el efectivo cumplimiento de los requisitos y la realización de la actividad en todas las subvenciones que le hayan sido concedidas al beneficiario con anterioridad para un mismo destino y finalidad en ejercicios anteriores.
  • No haber sido sancionadas en materia laboral, o por resolución administrativa firme por atentar, alentar o tolerar prácticas en contra de los derechos de las personas LGTBI+, conforme a lo establecido en la Ley 18/2018, de 20 de diciembre; ni aquellas que hayan sido sancionadas por resolución administrativa firme con la pérdida del derecho a obtener subvenciones, bonificaciones o ayudas públicas por atentar, alentar o tolerar prácticas en contra de la memoria democrática de Aragón, conforme a lo establecido en el título IV de la Ley 14/2018, de 8 de noviembre.
  • Las sociedades anónimas deportivas beneficiarias no deberán incumplir los requisitos exigidos por la normativa de transparencia sobre publicidad activa, ni vulnerar los derechos y garantías de las personas con discapacidad y empleo inclusivo u otras análogas de cumplimiento normativo.

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Certificados corriente pago con las diferentes administraciones

    En caso de NO consentir o autorizar la consulta por parte del órgano instructor, deberá presentar los certificados emitidos por los órganos correspondientes dentro del plazo de presentación de las solicitudes:

    .- Certificado de estar al corriente del cumplimiento de obligaciones tributarias con el Estado

    .- Certificado de estar al corriente del cumplimiento de obligaciones con la Seguridad Social

    .- Certificado de estar al corriente de obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma, así como de no tener deudas pendientes de pago con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón.

  • Anexo II

    Ficha resumen de todas las actividades por las que solicita subvención, cumplimentando la totalidad de los ingresos y gastos.

    Descargar modelo Anexo II
  • Anexo III

    Ficha resumen de cada una de las actividades por las que solicita subvención cumplimentando la totalidad de ingresos y gastos.

    Descargar modelo Anexo III
  • Anexo IV

    Certificado del/la secretario/a de la entidad deportiva.

    Descargar modelo Anexo IV
  • Anexo V

    Certificado con la relación de deportistas y cuerpo técnico.

    Descargar modelo Anexo V
  • ANEXO VI

    Criterio utilizado para imputación costes indirectos. Sólo en caso de haber costes indirectos

    Descargar modelo ANEXO VI
  • ANEXO VII-nº1

    Justificación económica

    Descargar modelo ANEXO VII-nº1
  • ANEXO VII-nº2

    Resumen por áreas

    Descargar modelo ANEXO VII-nº2
  • ANEXO VII-nº3

    Justificante área

    Descargar modelo ANEXO VII-nº3
  • ANEXO VII-nº4

    Colaboraciones técnicas puntuales.

    Descargar modelo ANEXO VII-nº4
  • ANEXO VII-nº5

    Transporte individual

    Descargar modelo ANEXO VII-nº5
  • ANEXO VIII

    Memoria de actuación

    Descargar modelo ANEXO VIII

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

Ver detalles
  • Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones

    Estar al corriente del cumplimiento de obligaciones tributarias con el Estado.

  • Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social

    Certificado de estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social.

  • Corriente de pago para ayudas y subvenciones

    Certificado de no tener pendiente de pago alguna otra deuda con la Hacienda de la Comunidad Autónoma ni ser deudor por resolución de procedencia de Reintegro.

  • Corriente de pago para ayudas y subvenciones

    Certificado de estar al Corriente de las Obligaciones Tributarias con la Administración Tributaria de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Formulario del trámite:

Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.

Descargar formulario

Información adicional

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el Consejero de Educación, Cultura y Deporte en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación de su extracto en el "Boletín Oficial de Aragón", ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón.

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
    Descargar formulario
  3. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  4. Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Del 15/03/2023 al 28/03/2023

Fuera de plazo

El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón". 2. Las solicitudes se dirigirán al Departamento de Educación, Cultura y Deporte, y deberán presentarse electrónicamente. En caso de presentarse a través del Registro Electrónico General de Aragón, la página web de acceso es https://www.aragon.es/tramites/registro-electronico-general

Paso 1:

Descarga el formulario principal:

Descargar formulario

No olvides repasar el resto de documentos necesarios:

Consultar documentación

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

3 meses

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

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¿Cómo realizar este trámite?

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