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Subvenciones a la concesión de préstamos destinados a titulares de explotaciones agropecuarias

N°2233

A través de este trámite, se puede presentar una solicitud para optar a subvenciones destinadas a la bonificación de los intereses generados por préstamos.

Estas ayudas están dirigidas a personas físicas y jurídicas y a comunidades de bienes, siempre que sean titulares de explotaciones agropecuarias en Teruel o Zaragoza y cumplan los requisitos exigidos en la convocatoria.

Plazo de presentación

Del 13/06/2020 al 24/07/2020

Fuera de plazo

Consultar trámite

Dirigido a

  • Personas físicas, jurídicas y comunidades de bienes, titulares de explotaciones agrícolas y/o ganaderas, que cumplan los requisitos de la orden de convocatoria.
    • Titulares de explotaciones agrarias de fruta dulce ubicadas en la Comarca de Calatayud, cuyos Términos Municipales se relacionan en el Anexo 1 de la convocatoria
    • Titulares de explotaciones agrarias de olivar o de explotaciones ganaderas ubicadas en la provincia de Teruel o en la comarca de Daroca cuyos términos municipales se relacionan en el Anexo 2 de la convocatoria.

Requisitos

  • Personas físicas:
    • Inscritas en el Registro General de la Producción Agrícola (REGEPA) o en el Registro General de Explotaciones Ganaderas (REGA).
    • Que la explotación esté calificada como Explotación Agraria Prioritaria (EAP) a fecha de fin de plazo de solicitud, o bien, que en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) del último período impositivo, al menos el 50% de los ingresos totales procedan de actividades agrícolas, ganaderas o forestales.
    • Que hayan suscrito o suscriban durante el año de la convocatoria una póliza o contrato de seguro en las líneas de seguros para las producciones agrícolas o ganaderas comprendidas en el Plan de Seguros Agrarios Combinados y se comprometan a mantenerlo durante el periodo de vigencia del préstamo.
  • Personas jurídicas y comunidades de bienes:
    • Inscritas en el Registro General de la Producción Agrícola (REGEPA) o en el Registro General de Explotaciones Ganaderas (REGA).
    • Que la explotación esté calificada como Explotación Agraria Prioritaria (EAP) a fecha de fin de plazo de solicitud, o bien, que en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) del último período impositivo, al menos el 50% de los ingresos totales procedan de actividades agrícolas, ganaderas o forestales.
    • Que hayan suscrito o suscriban durante el año de la convocatoria una póliza o contrato de seguro en las líneas de seguros para las producciones agrícolas o ganaderas comprendidas en el Plan de Seguros Agrarios Combinados y se comprometan a mantenerlo durante el periodo de vigencia del préstamo.
  • Jóvenes agricultores que no tengan más de 40 años de edad en el año de la solicitud:
    • Inscritas en el Registro General de la Producción Agrícola (REGEPA) o en el Registro General de Explotaciones Ganaderas (REGA).
    • Que la explotación esté calificada como Explotación Agraria Prioritaria (EAP) a fecha de fin de plazo de solicitud, o bien, que tenga aprobado un plan de incorporación al amparo del Programa de Desarrollo Rural para Aragón (PDR 2014-2020) en el año de la solicitud o anterior, o bien, que en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) del último período impositivo, al menos el 50% de los ingresos totales procedan de actividades agrícolas, ganaderas o forestales, o bien, estar dado de alta en la Seguridad Social en el sector agrario por cuenta propia (Sistema Especial para trabajadores por cuenta propia agrarios, incluido en el Régimen Especial de Trabajadores autónoma, RETA) en el año de la solicitud.
    • Que hayan suscrito o suscriban durante el año de la convocatoria una póliza o contrato de seguro en las líneas de seguros para las producciones agrícolas o ganaderas comprendidas en el Plan de Seguros Agrarios Combinados y se comprometan a mantenerlo durante el periodo de vigencia del préstamo.
  • Personas jurídicas jóvenes agricultores:
    • Que el control efectivo de la sociedad lo ejerzan uno o varios jóvenes agricultores, que cumplan los requisitos indicados para los jóvenes agricultores.

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Documento de acreditación

    De la personalidad jurídica del solicitante, copia de los estatutos y relación de socios.

  • Documento de acuerdo

    En el que conste el acuerdo del órgano correspondiente de la entidad por el que se solicite la subvención.

  • Documento de representación

    Que acredite la representación de la persona que suscribe la solicitud.

  • Declaración

    Referente a todas las ayudas de minimis recibidas durante los dos ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio fiscal en curso que estén sujetas al presente Reglamento o a otros reglamentos de minimis.

  • Ficha de terceros

  • Solicitud de pago

    Acompañado de la documentación justificativa especificada en la convocatoria. Posteriormente para la solicitud de pago de la subvención se presentará el anexo III.

  • Anexo II. Datos del certificado bancario

    Descargar modelo Anexo II. Datos del certificado bancario
  • Anexo III. Solicitud de pago

    Descargar modelo Anexo III. Solicitud de pago

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

Ver detalles
  • Datos de identidad de la persona interesada, y en su caso, de su representante

  • Documento acreditativo de estar al corriente de las obligaciones tributarias

  • Acreditación de estar al corriente de pago con la Comunidad Autónoma

  • Documento acreditativo de estar al corriente de pago con la Seguridad Social

Formulario del trámite:

Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.

Descargar formulario

Información adicional

Actividades subvencionables:

- intereses generados por los préstamos formalizados por titulares de explotaciones agropecuarias de Teruel y Zaragoza, suscritos entre el 1 de junio de 2019 y hasta dos meses después de la fecha de publicación de la Orden en el BOA.

- El importe del préstamo debe estar comprendido entre un mínimo de 6.000 euros y un máximo de 40.000 euros y con un plazo mínimo de 3 años y máximo de 5 años.

Se tramita en el Servicio de Ayudas a la Organización de Mercados."

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.

Presencial

  1. Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
    Descargar formulario
  2. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  3. Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
    Pedir cita previa
  4. Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.

Contacto y ayuda

  • Teléfono. 976714630 y 976714640
  • Presencial. Oficinas Comarcales Agroambientales
  • Presencial. Horario oficina 9 a 14 h.

¿Necesitas ayuda para realizar el trámite?

Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Del 13/06/2020 al 24/07/2020

Fuera de plazo

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Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

6 meses

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo

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