Convocatoria 2024
Fuera de plazo - Del 27/03/2024 al 26/04/2024
El plazo de presentación terminó el 26 abril 2024
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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Contenidos
Fuera de plazo - Del 27/03/2024 al 26/04/2024
El plazo de presentación terminó el 26 abril 2024
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
A través de este trámite, se puede presentar una solicitud para optar a las subvenciones para la reestructuración y reconversión de viñedos en Aragón.
Estas ayudas están dirigidas a viticultores que reestructuren y/o reconviertan sus viñedos destinados a la producción de uva de vinificación.
Dirigido a
- Personas viticultoras y futuras viticultoras para producción de uva de vinificación
Requisitos
- Esta solicitud podrá ser ser individual o colectiva. La solicitud colectiva, requiere un mínimo de 10 viticultores, se efectuará en el marco de un acuerdo celebrado entre los viticultores participantes donde se designara un representante de la agrupación que actuará como interlocutor único.
- La superficie total reestructurada o reconvertida en el marco de una solicitud de reestructuración y reconversión de viñedos deberá ser de, al menos, 0,25 hectáreas. No obstante este requisito no será de aplicación si el recinto es colindante con otro recinto inscrito en el RV de la persona interesada.
- En los casos en que la medida se limite a operaciones de sobreinjertado o de cambio de vaso a espaldera o a otro sistema de conducción, la superficie mínima de la parcela será la inicial.
- El límite máximo de superficie a reestructurar por viticultor y año, que inicialmente se establece para esta convocatoria en 5 hectáreas, podrá incrementarse de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias. En todo caso la superficie máxima objeto de resolución aprobatoria será de 25 ha por viticultor y año.
- Será obligatoria en todas las plantaciones la utilización de portainjertos certificados. Para percibir la ayuda será necesaria la presentación de la factura del viverista y el justificante de pago.
- Los viñedos a reconvertir o reestructurar deberán figurar inscritos en el registro vitícola de la Comunidad Autónoma de Aragón en la fecha de presentación de la solicitud, así como los derechos de replantación a convertir en autorizaciones de plantación, las resoluciones de arranque y las autorizaciones de plantación concedidas en virtud de los artículos 66 y 68 del Reglamento (UE) n.º 1308/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, que se vayan a incluir en el proyecto.
- Será necesario que el solicitante de la ayuda coincida con el cultivador de los viñedos, que figure en el registro vitícola al finalizar el plazo de solicitud.
- Cuando en la solicitud se incluyan parcelas que vayan a acogerse a la ayuda de arranque, esta acción deberá ser realizada preceptivamente antes del 30 de abril de 2026.
- Todos los solicitantes deberán designar un Técnico Responsable.
- Las operaciones podrán incluir las acciones relacionadas en el anexo I y deberán perseguir uno o más de los objetivos globales establecidos en función de si cumple una o varias de las características definidas en el anexo II. La contribución de la Unión Europea a los costes incurridos por las operaciones de reestructuración y reconversión de viñedos únicamente podrá efectuarse para las acciones recogidas en el anexo I.
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Inicio: 27/03/2024 a las 00:00 h
Fin: 26/04/2024 a las 23:59 h
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Con la ayuda del personal habilitado
Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.
Resolución
6 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Presentar en todos los casos
-
1. Solicitud
Formulario de solicitud en línea. Recoge el antes y el después de las características del viñedo a reestructurar (Anexo Va y Vb), así como la ficha financiera y el calendario de ejecución (Anexo VI).
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3. Acuerdo nombramiento
Representante colectivo y relación viticultores. En caso de presentación colectiva, acuerdo celebrado entre los viticultores participantes donde se nombrará al representante del colectivo, y relación de viticultores participantes (según ANEXO IIIa ó IIIb).
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Designación de la persona técnico responsable
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Modelo colectivo personas viticultoras
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Modelo relación de personas participantes
Otra documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Corriente de pago para ayudas y subvenciones
Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones
¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE INNOVACIÓN Y PROMOCIÓN ALIMENTARIA
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Información sobre la solicitud
Se han establecido unos criterios de prioridad (art. Sexto de la Convocatoria de Subvenciones) en función de los objetivos estratégicos se establecen en el Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre.
La solicitud de pago de cada anualidad se presentará antes del 31 de julio, deberá presentarlo el solicitante o, en su caso, el interlocutor único.
En aquellos casos en los que el viticultor no sea el propietario de la parcela que se quiere reestructurar o reconvertir: autorización del propietario.
En aquellos casos que el viticultor no figura como cultivador en el Registro de Explotaciones: documento que justifique la disponibilidad de la parcela.
Con posterioridad a la recepción de la notificación de la aprobación del expediente, se presentarán:
1. SOLICITUD DE ANTICIPO (Opcional)
Después de la finalización de la operación, se presentarán facturas y justificantes de los pagos efectuados por el beneficiario y medios propios utilizados, para acreditar los gastos efectuados.
2. SOLICITUD DE PAGO
Consultas: Servicio de Ayudas a la Organización de Mercados , de la Dirección General de Innovación y Promoción Alimentaria
Recursos y enlaces de interés
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
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En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Con la ayuda del personal habilitado
Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.
Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
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En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
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Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
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6 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. 976 714 630
Correo electrónico. registroviticola@aragon.es
Presencial. Oficinas Comarcales Agroambientales
Presencial. Horario oficina De 9:00 a 14:00 horas
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
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Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
Normativa específica
Normativa general
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Ayuda a la tramitación electrónica
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