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Subvención para la reestructuración y reconversión de viñedo - Convocatoria 2022 - Subvención para la reestructuración y reconversión de viñedo

N°754

A través de este trámite, se puede presentar una solicitud para optar a las subvenciones para la reestructuración y reconversión de viñedos en Aragón.

Estas ayudas están dirigidas a viticultores que reestructuren y/o reconviertan sus viñedos destinados a la producción de uva de vinificación.

Plazo de presentación

Del 18/03/2022 al 13/04/2022

Fuera de plazo

Consultar trámite

Requisitos

  • Esta solicitud podrá ser ser individual o colectiva. La solicitud colectiva, requiere un mínimo de 10 viticultores, se efectuará en el marco de un acuerdo celebrado entre los viticultores participantes donde se designara un representante de la agrupación que actuará como interlocutor único.
  • La superficie total reestructurada o reconvertida en el marco de una solicitud de rees­tructuración y reconversión de viñedos deberá ser de, al menos, 0,25 hectáreas. No obstante este requisito no será de aplicación si el recinto es colindante con otro recinto inscrito en el RV de la persona interesada.
  • En los casos en que la medida se limite a operaciones de sobreinjertado o de cambio de vaso a espaldera o a otro sistema de conducción, la superficie mínima de la parcela será la inicial.
  • El límite máximo de superficie a reestructurar por viticultor y año, que inicialmente se establece para esta convocatoria en 5 hectáreas, podrá incrementarse de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias. En todo caso la superficie máxima objeto de resolución aprobatoria será de 25 ha por viticultor y año.
  • Será obligatoria en todas las plantaciones la utilización de portainjertos certificados. Para percibir la ayuda será necesaria la presentación de la factura del viverista y el justificante de pago.
  • Los viñedos a reconvertir o reestructurar deberán figurar inscritos en el registro vitícola de la Comunidad Autónoma de Aragón en la fecha de presentación de la solicitud, así como los derechos de replantación a convertir en autorizaciones de plantación, las resoluciones de arranque y las autorizaciones de plantación concedidas en virtud de los artículos 66 y 68 del Reglamento (UE) n.º 1308/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, que se vayan a incluir en el proyecto.
  • Será necesario que el solicitante de la ayuda coincida con el cultivador de los viñedos, que figure en el registro vitícola al finalizar el plazo de solicitud.
  • Cuando en la solicitud se incluyan parcelas que vayan a acogerse a la ayuda de arranque, esta acción deberá ser realizada preceptivamente antes del 30 de abril de 2025.
  • Todos los solicitantes deberán designar un Técnico Responsable.
  • Las operaciones podrán incluir las acciones relacionadas en el anexo I y deberán perseguir uno o más de los objetivos globales establecidos en función de si cumple una o varias de las características definidas en el anexo II. La contribución de la Unión Europea a los costes incurridos por las operaciones de reestructuración y reconversión de viñedos únicamente podrá efectuarse para las acciones recogidas en el anexo I.

Documentación

Presentar en todos los casos:

Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:

Solicitud de anticipo

  • Formulario de solicitud de anticipo del pago de ayuda

    Después de la finalización de cada operación.

  • Facturas y justificantes bancarios

    De los pagos efectuados por el beneficiario para acreditar los gastos de adquisición.

Solicitud de pago

  • Formulario de solicitud de pago

    Se presentará una vez recibida la notificación.

Información adicional

Se han establecido unos criterios de prioridad (art. IV de la Convocatoria de Subvenciones) en función de los objetivos estratégicos se establecen en el Programa de Apoyo al sector vitivinícola español 2019-2023

La solicitud de pago de cada anualidad se presentará antes del 31 de julio, deberá presentarlo el solicitante o, en su caso, el interlocutor único.

Consultas: Servicio de Ayudas a la Organización de Mercados , de la Dirección General de Innovación y Promoción Agroalimentaria

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Contacto y ayuda

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Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Del 18/03/2022 al 13/04/2022

Fuera de plazo

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Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

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Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

3 meses

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

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