Convocatoria 2025
Fuera de plazo - Del 23/12/2024 al 05/02/2025
El plazo de presentación terminó el 05 febrero 2025
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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Contenidos
Fuera de plazo - Del 23/12/2024 al 05/02/2025
El plazo de presentación terminó el 05 febrero 2025
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
A través de este trámite, se puede presentar una solicitud para optar a subvenciones para el establecimiento de jóvenes agricultores.
Estas ayudas, enmarcadas en el Plan Estratégico de la PAC para el período 2023-2027, están dirigidas a jóvenes que pretendan ejercer la actividad agraria como agricultores profesionales en explotaciones agrarias.
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Dirigido a
- Podrán ser beneficiarios siempre que se cumplan las siguientes condiciones:
- Personas físicas que inicien su establecimiento en una explotación agraria o se hayan incorporado a la actividad agraria hasta 24 meses antes de la solicitud de la subvención
- Personas físicas que reúnan los requisitos de edad para su establecimiento como joven agricultor en la fecha de solicitud de la subvención.
- Personas físicas que tengan capacitación adecuada en la fecha de establecimiento.
- Personas físicas que sean jefe de explotación en la fecha de establecimiento.
- Personas físicas que acrediten su condición de agricultor profesional en la fecha de establecimiento
- Personas físicas que justifiquen la aportación de, al menos, 1/2 UTA real personalmente a la explotación de instalación desde la fecha de establecimiento hasta final de compromisos.
- Personas físicas que presenten con su solicitud un plan empresarial que fundamente su establecimiento como joven agricultor en una explotación agraria según el modelo adjunto en el anexo 1.3 de esta Orden. Su desarrollo y ejecución comenzará dentro de los nueve meses siguientes al reconocimiento y concesión de la subvención.
Requisitos
- Serán subvencionables las actuaciones o inversiones que tengan por fInalidad el establecimiento de un joven agricultor en alguna de las producciones agrarias que especifiquen las convocatorias en sus anexos.
- Serán subvencionables producciones agrarias no enumeradas en las convocatorias siempre que cuenten, en su presentación, con un estudio económico de gastos e ingresos que justifique un número mínimo de hectáreas o cabezas de ganado que alcanceuna RUT superior al 35% de la RR, y que este plan sea evaluado y aprobado por la Administración con carácter previo al reconocimiento y concesión de la ayuda.
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Inicio: 23/12/2024 a las 00:00 h
Fin: 05/02/2025 a las 23:59 h
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
Con la ayuda del personal habilitado
Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.
Resolución
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Presentar en todos los casos
-
5. Hola Cálculo Viabilidad 2025 20250122
Herramienta de Ayuda
Otra documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Corriente de pago para ayudas y subvenciones
Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones
Consulta de Vida Laboral Últimos 12 Meses
Consulta de nivel de renta intermediado
¿Necesitas ayuda?
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DESARROLLO RURAL
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
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En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
Con la ayuda del personal habilitado
Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.
Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
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En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
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Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
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Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. Servicio Provincial Huesca. 974 293 100
Correo electrónico. agricultura@aragon.es
Teléfono. Servicio Provincial Teruel. 978 641 102
Teléfono. Servicio Provincial Zaragoza. 976 715 115
Página web. Soporte técnico para consultas o incidencias
Presencial. Oficinas Comarcales Agroambientales y Servicios Provinciales https://www.aragon.es/-/oficinas-comarcales-agroambientales-ocas-y-areas-medioambientales-amas-
Presencial. Horario oficina de 9:00 a 14:00 horas
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
Normativa específica
Normativa general
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Orden AGA/92/2026, de 23 de enero, por la que se modifica la Orden AGA/157/2024, de 16 de febrero, por la que aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para el establecimiento de jóvenes agricultores y para la modernización y/o mejora de explotaciones agrarias, en el marco del Plan Estratégico de la PAC para el periodo 2023-2027.
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Orden 498/2024, de 15 de mayo, ORDEN AGA/498/2024, de 15 de mayo, por la que se modifica la Orden AGA/157/2024, de 16 de febrero, que aprueba las bases reguladoras de las subvenciones para el establecimiento de jóvenes agricultores y para la modernización y/o mejora de explotaciones agrarias en el marco del Plan Estratégico de la PAC para el periodo 2023-2027, así como la Orden AGA/220/2024, de 4 de marzo, de convocatoria de subvenciones a tal fin para el año 2024.
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Orden 157/2024, de 16 de febrero, Orden AGA/157/2024, de 16 de febrero, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para el establecimiento de jóvenes agricultores y para la modernización y/o mejora de explotaciones agrarias, en el marco del Plan Estratégico de la PAC para el periodo 2023-2027; modificada por ORDEN AGA/498/2024, de 15 de mayo
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Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón
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Ayuda a la tramitación electrónica
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