Subvención para las organizaciones y asociaciones ganaderas de animales de razas autóctonas
Contenidos
Información general
A través de este trámite las organizaciones y asociaciones ganaderas de animales de razas puras autóctonas pueden solicitar subvenciones para para el apoyo de la creación y mantenimiento de libros genealógicos así como para el desarrollo de los programas de mejora oficialmente reconocidos para cada una de las razas autóctonas de aptitud cárnica siguientes:
- Razas bovinas: Parda de Montaña, Pirenaica y Serrana de Teruel.
- Razas ovinas: Rasa Aragonesa, Ojinegra de Teruel, Ansotana, Roya bilbilitana, Cartera, Maellana, Churra Tensina y Xisqueta.
- Razas caprinas: Pirenaica, Moncaina.
- Aviares: Gallina del Sobrarbe.
- Equinas: Hispano Bretón.
Dirigido a
- Organizaciones o asociaciones de ganaderos de animales de razas autóctonas
Requisitos
- Requisitos de las asociaciones
- Carecer de ánimo de lucro.
- Estar oficialmente reconocidas legalmente constituidas e inscritas en el registro oficial correspondiente.
- La mayoría de asociados estarán radicados en la Comunidad Autónoma de Aragón.
Trámites
Convocatorias activas
Listado de trámites asociados con este servicio
Convocatorias fuera de plazo
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DESARROLLO RURAL
Apartado siguiente:
Normativa general
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Orden AGM/1171/2019, de 9 de septiembre, por la que se modifica la Orden DRS/947/2016, de 22 de agosto de 9 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras de ls subvenciones para las organizaciones y asociaciones ganaderas de animales de razas autóctonas en el marco del Programa de Desarrollo rural para Aragón 2014-2020
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Orden DRS/947/2016, de 22 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para las organizaciones y asociaciones ganaderas de animales de razas autóctonas de fomento,en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Aragón 2014-2020
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Reglamento Ejecución 808/2014, de 17 de julio, de la Comisión, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento, 1305/2013
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Reglamento 702/2014, de 25 de junio, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas en los sectores agrícola y forestal en zonas rurales compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea
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Reglamento 1305/2013, de 17 de diciembre, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por el que se deroga el Reglamento 1698/2005 del Consejo
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Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. 976 465 541
Correo electrónico. cta.sia@aragon.es
Correo electrónico. jcancer@aragon.es
Presencial. Centro de Transferencia Agroalimentaria BARRIO DE MOVERA, 580, 50194 MOVERA (ZARAGOZA)
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
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Ayuda a la tramitación electrónica
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