Subvención para las organizaciones y asociaciones ganaderas de animales de razas autóctonas
El objeto de este trámite es solicitar subvenciones para las organizaciones y asociaciones ganaderas de animales de razas puras autóctonas para el apoyo de la creación y mantenimiento de libros genealógicos así como para el desarrollo de los programas de mejora oficialmente reconocidos para cada una de las razas autóctonas de aptitud cárnica siguientes:
- Razas bovinas: Parda de Montaña, Pirenaica y Serrana de Teruel.
- Razas ovinas: Rasa Aragonesa, Ojinegra de Teruel, Ansotana, Roya bilbilitana, Cartera, Maellana, Churra Tensina y Xisqueta.
- Razas caprinas: Pirenaica, Moncaina.
- Aviares: Gallina del Sobrarbe.
- Equinas: Hispano Bretón.
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- Organizaciones o asociaciones de ganaderos de animales de razas autóctonas
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- Requisitos de las asociaciones
- Carecer de ánimo de lucro.
- Estar oficialmente reconocidas legalmente constituidas e inscritas en el registro oficial correspondiente.
- La mayoría de asociados estarán radicados en la Comunidad Autónoma de Aragón.
Observaciones- Se tramita en el Servicio de Innovación y Transferencia Agroalimentaria, de la Dirección General de Desarrollo Rural.
- Esta subvención se enmarca en el PDR 2014-2020
- Presencial. Servicio de Innovación y Transferencia Agroalimentaria / Oficinas Comarcales Agroambientales del Departamento
De 9:00 a 14:00 horas - Correo electrónico. censiraza@aragon.es / jcancer@aragon.es / programasformativos@aragon.es
- Teléfono. 976582161 / 976586227 / 976716020 / 976715048
- Requisitos de las asociaciones
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Documentos a aportar por la persona interesada
- Solicitud de la subvención
- Formulario Anexo I
- Documento acreditativo
De la personalidad de la entidad solicitante. - Copia de los estatutos
- Certificación de inscripción
En el registro público correspondiente. - Acuerdo de solicitud de la subvención
- Documento que acredite al representante
- Documentación correspondiente a otras ayudas públicas solicitadas
- Ofertas de diferentes proveedores
Cuando el importe del gasto subvencionable supere, la cuantía de 40.000 euros para los casos de obras y de 15.000 euros para el supuesto de servicios y suministro, el beneficiario deberá aportar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores. - Programa de actuación para el año 2021
- Declaración responsable sobre la exención de declaración de IVA
- Documentación que obra en poder de la Administración
Anexo II. Solo se presentará en el caso de relacionar documentación que ya obra en poder de la Administración.
- Solicitud de pago
Anexo IV. Se presentará acompañado de la documentación justificativa requerida, que se especifica en el artículo decimoquinto de la Orden de Convocatoria a través de la aplicación " Soporte a la Tramitación" Aportaciones Voluntarias
- Solicitud de la subvención
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Puedes llevar a cabo el trámite mediante certificado digital.
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Plazo de presentación:
FUERA DE PLAZO
Plazo de resolución:
6 meses
Antes de iniciar el trámite
Si el trámite requiere de pago de tasas, una vez realizado el pago deberás escanear el justificante para añadirlo durante la tramitación.
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