Convocatoria 2020 Subvención para industrias agroalimentarias
Fuera de plazo - Del 27/02/2020 al 26/05/2020
El plazo de presentación terminó el 26 mayo 2020
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Puedes descargar el formulario en PDF, rellenarlo, firmarlo y presentarlo de forma presencial en una oficina de registro junto con el resto de documentación requerida.
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Fuera de plazo - Del 27/02/2020 al 26/05/2020
El plazo de presentación terminó el 26 mayo 2020
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Puedes descargar el formulario en PDF, rellenarlo, firmarlo y presentarlo de forma presencial en una oficina de registro junto con el resto de documentación requerida.
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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
A través de este trámite, se puede presentar una solicitud para optar a subvenciones para inversiones en transformación, comercialización y desarrollo de productos agrícolas.
Estas ayudas están dirigidas a personas titulares de industrias agroalimentarias, ubicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón, y a las responsables finales de la financiación de las inversiones y de gastos subvencionables.
Requisitos
- Podrán ser susceptibles de subvención las siguientes actividades:
- Inversiones materiales o inmateriales.
- Introducción de tecnologías y procedimientos. Inversiones en redes locales. Inversiones en sistemas de calidad.
- Inversiones en actividades de procesamiento de la biomasa agrícola, así como la incorporación de energías alternativas y cogeneración.
- Quedan excluidas:
- Los gastos no subvencionables incluidos en el Anexo I de la orden de convocatoria.
- No serán subvencionables conceptos de gastos por proveedor inferiores a 2.000,00 euros.
- Sólo serán subvencionables las inversiones que no se hayan iniciado con anterioridad al levantamiento de la correspondiente acta de no inicio o la parte de ellas no iniciadas que correspondan a unidades perfectamente delimitadas, salvo algunas excepciones (ver normativa)
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Inicio: 27/02/2020 a las 00:00 h
Fin: 26/05/2020 a las 23:59 h
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Resolución
6 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Presentar en todos los casos
-
1. Solicitud de ayuda
(En línea)
-
2. Acreditación del cumplimiento de las normas en materia de medio ambiente
Documentación que acredite el cumplimiento de las normas en materia de medio ambiente.
-
3. Cuentas anuales o impuesto sobre sociedades
De los tres últimos ejercicios del solicitante.
-
5. Declaración responsable persona física ( w )
(En su caso)
-
7. Certificado de la Seguridad Social
Dónde se acredite el número medio de trabajadores del último ejercicio.
-
8. Proyecto técnico visado o memoria valorada visada
En los casos que proceda.
-
9. Licencia de obras de las inversiones a realizar y de actividad
O documento que justifique la presentación de las mismas.
-
11. Relacion de las ofertas de las inversiones solicitadas (xls)
Las ofertas, presupuestos o facturas proforma de las inversiones solicitadas, junto a la petición por parte de la empresa.
-
12. Memoria justificativa de los criterios de selección
Aportando la documentación correspondiente.
-
13. ANEXO IV. Documentación ya aportada
Puede relacionarse la documentación requerida que ya obra en poder de la Administración.
-
Cualquier modificación deberá comunicarse presentándola dos meses antes de la fecha límite de la presentación de la solicitud del pago de cada anualidad. Será necesaria la correspondiente aceptación de la modificación, el incumplimiento de este requisito podrá suponer la pérdida de la percepción parcial de la ayuda.
-
15. ANEXO VI. SOLICITUD DE PAGO (w)
Se presentará junto a la documentación necesaria y el documento justificación del gasto (xls).
Documentos a aportar si cumples estas condiciones:
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
-
1. Documento que acrediten la personalidad jurídica
-
2. Estatutos actualizados
-
3. Acuerdo de solicitud de subvención
-
4. Documento que acredite al representante
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¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE INNOVACIÓN Y PROMOCIÓN ALIMENTARIA
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Información sobre la solicitud
Se tramita en el Servicio de Industrialización Agroalimentaria (Dirección General de Innovación y Promoción Agroalimentaria del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente)
Recursos y enlaces de interés
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
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En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
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Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
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6 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. 976 714 695
Correo electrónico. industrializacionagroalimentaria@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
Normativa específica
Normativa general
-
Orden DRS/388/2016, de 28 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones en materia de ayudas para inversiones en transformación, comercialización y desarrollo de productos agrícolas (industrias agroalimentarias), en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Aragón 2014-2020
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Orden AGM/1090/2021, de 23 de julio, de modificación de la Orden DRS/388/2016, de 28 de abril
-
Reglamento 702/2014, de 25 de junio, de la Comisión, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda en los sectores agrícola y forestal y en zonas rurales compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea
-
Reglamento 1305/2013, de 17 de diciembre, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la ayuda de desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER)
Apartado anterior:
Ayuda a la tramitación electrónica
Tu espacio de información y ayuda para relacionarte electrónicamente con la administración del Gobierno de Aragón.
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Servicio de información y registro
Horario: lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h.