El sábado 20 de abril, entre las 08:00 y las 14:00 horas, el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública efectuará actuaciones de mantenimiento en sus sistemas informáticos que pueden afectar al funcionamiento de las aplicaciones de administración electrónica. Disculpen las molestias.

Volver a Subvención para inversiones en el sector del vino

Subvención para inversiones en el sector del vino - Convocatoria 2021- FEAGA 2022

N°1368

A través de este trámite, se puede presentar una solicitud para optar a subvenciones destinadas a fomentar el sector del vino.

Estas ayudas se incluyen dentro del Programa de Apoyo al Sector Vitivinícola Español, 2019-2021, para la producción y/o comercialización.

Plazo de presentación

Del 19/12/2020 al 31/01/2021

Fuera de plazo

Consultar trámite

Requisitos

  • Actividades subvencionables:
    • Las inversiones materiales e inmateriales en instalaciones de transformación e infraestructuras vinícolas.
    • Las inversiones en estructuras e instrumentos de comercialización, incluso con el fin de mejorar el ahorro de energía, la eficiencia energética global y los procesos sostenibles.
  • Gastos subvencionables:
    • Construcción, adquisición o mejora de bienes inmuebles.
    • Compra de nueva maquinaria y equipo hasta el valor de mercado del producto.
    • Gastos administrativos vinculados a los gastos contemplados en las letras a y b tales como honorarios de arquitectura, ingeniería y asesoría, así como estudios de viabilidad, si no superan el 4 % de los costes subvencionables totales de una operación.
    • La adquisición o el desarrollo de soportes lógicos de ordenador y la adquisición de patentes, licencias, derechos de autor y el registro de marcas colectivas.

Documentación

Presentar en todos los casos:

Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:

Solicitud de subvención

  • Proyecto de inversión y documentación justificativa (Anexo XI)

  • Declaración de barricas

    Anexo XIII.

  • Solicitud de subvención

    La solicitud se presentará en línea

  • Listado documentación ya en poder de la Administración (Anexo V)

  • Declaración condición PYME

    Anexo XIV.

  • Declaración responsable persona física

    Anexo XV.

  • Declaración sobre eficiencia energética

    Anexo XVI.

  • Informe criterios de priorización

    Anexo XVII.

  • En el caso de tratarse de personas jurídicas, deberá aportarse además si no obra en poder de la administración o han sufrido modificaciones:

  • Acreditación de la personalidad jurídica de la entidad solicitante

  • Copia de los Estatutos de la entidad actualizados

  • Acuerdo de solicitud de la subvención

  • Documento que acredite la representación del solicitante

  • Resumen de inversiones y relación de ofertas inicial y modificaciones (Anexo XII) xls

  • Declaración responsable según el caso

Aceptación de la subvención

  • Aceptación de la subvención

    Anexo II.

Solicitud de modificación

  • Cualquier modificación de la operación de inversión deberá comunicarse

    Anexo I.

  • Resumen de inversiones y relación de ofertas inicial y modificaciones

    Anexo XII.

Solicitud de pago

  • Financiación de gastos, inversiones previstas y realizadas, y maquinaria

    Anexos XIX, XX, XXI.

  • Documento de pago

    Anexo III.

  • Declaración de otras ayudas

    Anexo IV.

  • Relación de gastos, facturas y justificantes de pago xls

    Anexo XVIII.

Formulario del trámite:

Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.

Descargar formulario

Información adicional

Se presentarán la aceptación de la subvención, modificaciones y los documentos justificativos para el pago a través de la aplicación Soporte a la tramitación accediendo al apartado Aportaciones voluntarias o por el Registro Electrónico General

Se tramita en el Servicio de Industrialización Agroalimentaria de la Dirección General de Innovación y Promoción Agroalimentaria

Si es necesario para darse de alta o comunicar variaciones en el domicilio o cuenta corriente y evitar posibles perjuicios en el momento de realizar el pago deberán presentar la Ficha de terceros

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Del 19/12/2020 al 31/01/2021

Fuera de plazo

Consultar trámite Consultar formas de presentación

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

6 meses

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo

Trámites relacionados

¿Te ha resultado útil esta página?

Ayúdanos a mejorar la página de trámites del Gobierno de Aragón

Tu respuesta nos ayudará a mejorar la web