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Acceder a MiAConvocatoria 2026
Trámite Nº11773
En plazo - Del 01/10/2026 al 30/10/2026
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Contenidos
TrámiteNº11773
En plazo - Del 01/10/2026 al 30/10/2026
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
Convocatoria 2026 de ayudas para partos y adopciones múltiples
En esta convocatoria se establecen dos líneas de ayudas dirigidas a partos o adopciones:
1- Las ayudas destinadas a partos o adopciones múltiples o dobles con discapacidad, que se podrá mantener hasta que cumpla los 13 años de edad.
2- Una ayuda de pago único, correspondiente al año de nacimiento de dos hijos o hijas procedentes de un mismo parto, o al año en que adquiera firmeza la resolución judicial de adopción o se dicte la resolución de acogimiento familiar permanente o de guarda con fines de adopción.
Requisitos
- Ser padre o madre de un mínimo de trillizos/as que han nacido en el mismo parto o de tres hijos o hijas procedentes de un único procedimiento de adopción con sentencia firme o de guarda legal. A estos efectos se equiparan a la condición de padre o madre, los tutores y quienes tengan legalmente a su cargo a los/las menores.
- Ser padre o madre de dos hijos o hijas nacidos en el mismo parto o adoptados en un único procedimiento de adopción con sentencia firme o de guarda legal, cuando al menos uno/a de los/las menores presente una discapacidad igual o superior al 33 por 100. A estos efectos se equiparan a la condición de padre o madre, los tutores y quienes tengan legalmente a su cargo a los/las menores.
- Para la ayuda de pago único: Ser padre o madre de dos hijos o hijas nacidos en el mismo parto o adoptados en un único procedimiento de adopción con sentencia firme, resolución o guarda legal. A estos efectos se equiparan a la condición de padre o madre, tutores y quienes tengan legalmente a su cargo a los/las menores. El devengo de esta ayuda se producirá el año del nacimiento de dos hijos o hijas nacidos en el mismo parto, o bien el año en que se produzca la firmeza de la sentencia, resolución de adopción o de guarda legal.
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Inicio: 01/10/2026 a las 00:00 h
Fin: 30/10/2026 a las 23:59 h
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.
Presencial - Pasos a seguir
- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
- Presenta la documentación correspondiente en esa oficina.
Resolución
3 meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Documentos a aportar si cumples estas condiciones:
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
-
1. Anexo I Solicitud ayuda para partos/adopciones múltiples - Línea 1
Este formulario sólo se debe cumplimentar en caso de presentación de la solicitud en un registro físico y está dirigido a familias con partos / adopciones múltiples (trillizos o más) o dobles cuando al menos uno de ellos tenga discapacidad.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
-
1. Anexo IV Solicitud de ayuda pago único para partos/adopciones dobles
Este formulario sólo se debe cumplimentar en caso de presentación de la solicitud en un registro físico y está dirigido a familias con partos / adopciones dobles producidos en el año 2026.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
-
1. Copia Libro de Familia actualizado o certificado literal de nacimiento
-
2. Volante de empadronamiento colectivo de toda la unidad familiar
Debe especificar el tiempo de residencia en la Comunidad Autónoma de Aragón.
-
3. Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE)
En caso de que la persona solicitante sea extranjera será preciso presentar la tarjeta de identidad de extranjero (TIE)
-
Este documento sólo se debe cumplimentar en caso de presentación de la solicitud en un registro físico.
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-
1. Resolución de adopción o de guarda con fines de adopción
Copia de la resolución judicial de adopción firme o de la resolución administrativa de acogimiento familiar permanente o de guarda con fines de adopción.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
-
1. Sentencia judicial de custodia compartida
Copia de la sentencia judicial que acredite la custodia compartida
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
-
1. AnexoIII Declaración responsable
Este anexo sólo se debe cumplimentar en caso de presentación de la solicitud en un registro físico y si se mantienen las condiciones que dieron lugar al reconocimiento inicial de la ayuda.
-
2. Documentos que hayan sufrido variación desde la última presentación
Los documentos que hayan sufrido variación desde la última presentación, en el supuesto de que no se autorice al órgano gestor para su comprobación: DNI/NIE, empadronamiento.
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Otra documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Consulta de Datos de Identidad
Consulta de nivel de renta intermediado
Del último ejercicio fiscal.
Sólo para los solicitantes de ayuda línea 1.
Se consultará a través de la plataforma propia de la AEAT.
Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones
Corriente de pago para ayudas y subvenciones
Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
Consulta de Discapacidad nuevo
Sólo en caso de la línea 1, si procede
¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE FAMILIA, INFANCIA Y NATALIDAD
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Información sobre la solicitud
Las solicitudes de subvención se presentarán en los modelos normalizados, acompañados de la documentación y requisitos establecidos en la presente convocatoria. Los impresos estarán disponibles en sede electrónica y en el portal de subvenciones del Gobierno de Aragón.
En el supuesto de custodia compartida ambos progenitores deberán presentar la solicitud de la ayuda.
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.
Presencial - Pasos a seguir
- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
- Presenta la documentación correspondiente en esa oficina.
Durante de la tramitación
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
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En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
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Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
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3 meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. Sección de Infancia, Adolescencia y Natalidad: 976715699 976 715 629
Correo electrónico. serviciodeinfancia@aragon.es
Teléfono. Horario de 9:00 a 14:00 horas. 976 715 629
Correo electrónico. serviciodeinfancia@aragon.es
Teléfono. 976 715 699
Teléfono. 976 714 115
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 111. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h
- atencionalaciudadania@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00 h.
- soportesda@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
Normativa específica
Normativa general
-
Orden 1128/2024, de 18 de septiembre, por la que se modifica la Orden CDS/505/2016, de 23 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de igualdad, integración social de personas de origen extranjero y apoyo a familias
-
Orden CDS/505/2016, de 23 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de igualdad, integración social de personas de origen extranjero y apoyo a las familias
-
Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón
Apartado anterior:
Ayuda a la tramitación electrónica
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Horario: lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h.