Autorización de transporte privado complementario en autobús (VPC) - Tramitación
N°207
A través de este trámite, las empresas dedicadas a una finalidad principal distinta de la del transporte podrán solicitar la autorización necesaria para desarrollar una actividad de transporte privado en autobús (VPC).
Requisitos
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La empresa deberá estar dedicada a una finalidad principal distinta de la de transporte de público de viajeros.
- Si se trata de transporte de viajeros, los usuarios deben ser trabajadores adscritos a uno de los centros de la empresa u otras personas que asistan a éstos, debiendo cumplirse en este segundo caso las reglas que al efecto se determinen reglamentariamente.
- A efectos del cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 104 de la LOTT, habrá de resultar acreditada la necesidad de transportar y su proporcionalidad en relación con el número de plazas de los vehículos que se pretenda utilizar al amparo de la autorización.
- El origen o el destino del transporte deberá ser uno de los lugares en que la empresa desarrolle trabajos relacionados con su actividad principal.
- Los vehículos utilizados deberán hallarse integrados en la organización de la empresa.
- Los conductores de los vehículos deberán hallarse integrados en la organización de la empresa y contar con las habilitaciones que, en su caso, resulten pertinentes.
- Disponer de al menos un vehículo, con capacidad de tracción propia y que su titular disponga de ello en propiedad, arrendamiento financiero o arrendamiento ordinario.
- No será necesaria la previa obtención de autorización para realizar transporte de viajeros en vehículos de turismo (artículo 103 LOTT).
- En ningún caso podrá otorgarse una autorización de transporte privado complementario a quien sea titular de una de transporte público.
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Requisitos rehabilitación
- Las autorizaciones invalidadas por no haber sido acreditados los requisitos exigidos para su visado podrán ser rehabilitadas por el órgano competente para su expedición, si así se solicita, dentro del período de un año contado a partir de la notificación prevista en el apartado anterior y resulta acreditado el cumplimiento de todas las condiciones exigidas para su obtención y mantenimiento.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Documento justificativo del número de trabajadores
Documentación acreditativa del número de trabajadores propios.
Contrato de arrendamiento
Contrato de arrendamiento para vehículos dispuestos mediante arrendamiento ordinario.
Pago de la Tasa 05 Tarifa 01 y Tarifa 08
Justificante de haber ingresado la tasa 05, tarifa 01. Un hecho imponible por tarjeta de empresa y otro por cada vehículo adscrito), y tarifa 08 (por cada vehículo matriculado/ cambio de titularidad.
Documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Ver detallesDocumento acreditativo de estar al corriente de las obligaciones tributarias
Consulta de datos tributarios en la Agencia Tributaria.
Datos sobre los vehículos
Consulta de datos sobre los vehículos en la Dirección General de Tráfico.
Formulario del trámite:
Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.
Descargar formularioContacto y ayuda
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTES
Normativa
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
5 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
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