El sábado 20 de abril, entre las 08:00 y las 14:00 horas, el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública efectuará actuaciones de mantenimiento en sus sistemas informáticos que pueden afectar al funcionamiento de las aplicaciones de administración electrónica. Disculpen las molestias.

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Gestión de estancia temporal de menores extranjeros - Acreditación como asociación promotora de programas

N°1198

A través de este trámite, las entidades sin ánimo de lucro promotoras de programas de acogimiento temporal de menores extranjeros, que cumplan los requisitos exigidos, podrán solicitar la acreditación necesaria que les permita operar y sirva de garantía tanto para los menores acogidos como para las familias aragonesas acogedoras de los mismos.

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

Dirigido a

  • Representante legal de la entidad según los Estatutos o persona que designe el órgano de gobierno de la entidad. En este caso deberá presentarse el Acta de la reunión.

Requisitos

  • Estar legalmente constituidas e inscritas en el correspondiente Registro de Asociaciones y en el de Entidades, Servicios y Establecimientos de Acción Social de la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Tener acreditados en sus Estatutos como fines propios la realización de acogimientos temporales de menores extranjeros.
  • Acreditar que dispone de la estructura suficiente para garantizar el cumplimiento de sus fines sociales y poder demostrar la experiencia y capacidad operativa que resulten necesarias para el logro de los objetivos propuestos en el programa de acogida.

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Copia de los Estatutos de la Asociación

  • Acreditación de estar inscrito en el Registro de Asociaciones

  • Acreditación de inscripción

    En el Registro de Entidades, Servicios y Establecimientos de Acción social de la Comunidad Autónoma de Aragón.

  • Copia del NIF/CIF de la Asociación

  • Breve resumen explicativo del programa

    Incluyendo datos de: financiación, tiempos de estancia, procedencia de los menores, monitores acompañantes, criterios de distribución en las familias, gestiones realizadas en el país de origen, existencia o no de personas intermediarias, actividades a realizar y, en general, aquellos otros aspectos que incidan directamente en el programa de acogida.

  • Memoria financiera

    En la que se especifiquen las aportaciones económicas de los solicitantes, de la asociación y otras fuentes de financiación del programa.

Formulario del trámite:

Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.

Descargar formulario

Información adicional

La acreditación, mediante Resolución del Director Gerente del Instituto Aragonés de Servicios Sociales, tiene una validez máxima de 5 años.

Cada año deberán solicitar autorización previa para la realización del Programa concreto de acogimiento temporal a desarrollar, con un mes de antelación a la fecha de inicio del mismo, para comprobación de los datos aportados. Disponer de la acreditación es un requisito indispensable para la aprobación del Programa.

Presentación de la solicitud

Presencial

  1. Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
    Descargar formulario
  2. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  3. Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
    Pedir cita previa
  4. Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

Trámite presencial

Acude a nuestras oficinas de Registro con cita previa para presentar tu trámite.

Descargar formulario Pedir cita previa Consultar formas de presentación

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

3 meses

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo

Trámites relacionados

Programas

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