Gestión de estancia temporal de menores extranjeros
A través de estos trámites, las personas interesadas y que cumplan los requisitos exigidos podrán presentar una solicitud para diferentes tipos de estancias temporales de menores extranjeros.
Asimismo, las asociaciones promotoras de programas de estancia temporal podrán solicitar la acreditación como tales.
Trámites relacionados
Programas
A través de este trámite, las asociaciones o entidades debidamente acreditadas para el desarrollo de programas de acogida de menores extranjeros podrán presentar su solicitud para obtener la autorización anual para llevar a cabo sus programas de acogida. Estas asociaciones y entidades son las encargadas de seleccionar a los menores y a las familias acogedoras participantes. El acogimiento temporal por vacaciones tiene como fin proporcionar a los y las menores unos días de descanso que se complementen con una atención adecuada a la situación de su salud y sus condiciones de vida.
En plazo permanente
Estancia temporal de niñas, niños y adolescentes extranjeros (sometida a la legislación en materia de extranjería)
A través de este trámite, las personas interesadas en acoger por un período de tiempo determinado a niñas, niños o adolescentes extranjeros, pueden presentar solicitud para que el Instituto Aragonés de Servicios Sociales emita una declaración de idoneidad a favor del solicitante para dicho acogimiento temporal. En todos los casos es imperativo carecer de antecedentes de delitos sexuales, según la normativa vigente. Existen varios supuestos para la estancia temporal de un menor extranjero: 1.- Acceso a estudios cuando la situación social, económica o familiar en su país de origen lo impida. 2.- Acceso a tratamientos médicos necesarios de enfermedades que no puedan ser atendidas en sus países de origen. 3.- Programa de vacaciones para combinar descanso y atención médica. 4.- Razones humanitarias excepcionales tales como conflicto armado o catástrofe natural. En los casos de menores desplazados temporalmente por conflicto bélico se emitirá una "declaración de adecuación específica" que dé cobertura a las circunstancias sobrevenidas como consecuencia del desplazamiento. El IASS procederá a supervisar que las personas solicitantes disponen de recursos y medios suficientes para atender adecuadamente a estos menores a su cargo, que son conscientes de las responsabilidades adquiridas y que deberán acatar en todo momento lo que dispongan las autoridades españolas y del país de origen de los menores.
En plazo permanente
Acreditación como asociación promotora de programas
A través de este trámite, las entidades sin ánimo de lucro promotoras de programas de acogimiento temporal de menores extranjeros, que cumplan los requisitos exigidos, podrán solicitar la acreditación necesaria que les permita operar y sirva de garantía tanto para los menores acogidos como para las familias aragonesas acogedoras de los mismos.
En plazo permanente
Contacto y ayuda
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
Más información
Órgano responsable
INSTITUTO ARAGONÉS DE SERVICIOS SOCIALES
Normativa
Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, Protección Jurídica del menor, de modificación parcial del Código Civil, y la Ley de Enjuiciamiento Civil
Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, Sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social modificada por la Ley Orgánica 2/2009
Ley 12/2001, de 2 de julio, de la Infancia y la Adolescencia en Aragón
Decreto 190/2008, de 7 de octubre, Reglamento de medidas de protección de menores
Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, Medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de Respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania.
Trámites relacionados
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