Información general

A través de este trámite, se podrá comunicar a la autoridad competente la puesta en servicio, modificación, regularización o baja de nuevas instalaciones de protección contra incendios

Los organismos de control también pueden comunicar las acciones de inspección periódica o no periódica.

También es posible realizar la solicitud de autorización previa para el uso de soluciones alternativas en la puesta en servicio o modificación de instalaciones.

Dirigido a

  • Titular de la instalación: la persona física o jurídica que figura como responsable ante la Administración, de las obligaciones impuestas en la normativa y reglamentación vigente. Será quien comunique la puesta en servicio, modificación o baja de la instalación.
  • Organismo de control: entidad habilitada por una Comunidad Autónoma para la realización dela actividad de inspección reglamentaria en el campo de protección contra incendios

Requisitos

  • Equipos, sistemas y componentes que conforman las instalaciones de protección contra incendios incluidos en el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios, ubicados en la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Instalaciones en zonas, edificios o establecimientos de uso industrial y no industrial.

Trámites

Convocatorias activas

Listado de trámites asociados con este servicio

  • Comunicación de puesta en servicio, modificación, regularización o baja

    Mediante este trámite se pueden aportar los documentos reglamentarios para la comunicación de instalaciones de protección contra incendios en establecimientos industriales o de los sistemas de protección activa de protección contra incendios en establecimientos no industriales.

    En plazo permanente

  • Comunicaciones de inspecciones realizadas por organismo de control

    Mediante este trámite los organismos de control habilitados para la inspección del RIPCI o del RSCIEI podrán comunicar las actas de inspección realizadas

    En plazo permanente

  • Solicitud de uso de soluciones alternativas

    Mediante este trámite se puede realizar la solicitud de autorización del uso de soluciones alternativas en las instalaciones de protección contra incendios. Esta solicitud se puede realizar si no existen organismos de control habilitados en la validación de estas soluciones. La solicitud se debe realizar con carácter previo a su instalación.

    En plazo permanente

Órgano responsable

DIRECCION GENERAL DE INDUSTRIA, COMPETITIVIDAD, INNOVACIÓN y TRANSFORMACIÓN DIGITAL EMPRESARIAL

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