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Gestión del Registro de titularidad compartida - Inscripción

N°1384

Plazo de presentación

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En plazo

Iniciar trámite

Requisitos

  • Las personas titulares de la explotación agraria en régimen de titularidad compartida deberán:
    • Estar dadas de alta en la Seguridad Social.
    • Ejercer la actividad agraria y trabajar en la misma de modo directo y personal tal y como está definido en la Ley 19/1995, de 4 de julio.
    • Residir en el ámbito territorial rural en que radique la explotación.

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Certificado de matrimonio o pareja estable no casada

    O aseveración de vinculación de análoga relación de afectividad en la declaración conjunta, presentado en la Administración Tributaria.

  • Vida laboral de cada uno de los titulares

  • Cuenta bancaria asociada a la explotación

    Ficha de terceros.

  • Acreditación de identidad (DNI)

    De cada uno de los titulares de la explotación compartida y del representante en su caso.

  • Número de Identificación Fiscal provisional

    Asignado a la explotación agraria por la Administración Tributaria.

Formulario del trámite:

Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.

Descargar formulario

Información adicional

Se tramita en el Servicio de Modernización de Explotaciones de la Dirección General de Desarrollo Rural.

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
    Descargar formulario
  3. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  4. Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

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Paso 1:

Descarga el formulario principal:

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Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

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Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

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Resolución

3 meses

Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.

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