Inscripción de otros actos registrales

Trámite 2352

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Detalles del trámite

Las fundaciones podrán solicitar al Registro de Fundaciones la inscripción de un acto registral ( distinto de los cambios en el patronato) que no necesita autorización o comunicación previa o ya se ha sustanciado, como son:

** Apoderamientos o delegación de facultades y su revocación

** Incremento, disminución o desembolso de la dotación fundacional (En el caso de disminución, deberá contarse previamente con la autorización del protectorado)

** Extinción, liquidación, cancelación o fusión de la Fundación

** Modificación estatutos (En este caso, será preciso contar contar con la previa Resolución de toma de conocimiento sin oposición por parte del Protectorado)

** Designación de auditor

** Inscripción de otros órganos distintos del patronato

** Otros actos de relevancia a solicitud del patronato de la fundación o por disposición legal


Dirigido a

  • La Fundación solicitante

Requisitos

  • Las fundaciones están obligadas a solicitar la inscripción de los actos sujetos legalmente a inscripción en el plazo de tres meses desde su otorgamiento o desde que se hubiere producido la adopción del acuerdo, o la autorización administrativa o judicial cuando ésta sea necesaria.

Pago de tasas

Tasa 23. Tarifa 3. Por expediente de modificación de estatutos, inscripción de centros, delegaciones, secciones o filiales, modificaciones de la composición de sus órganos de gobierno y demás actos inscribibles a solicitud de los interesados, de las entidades a que se refieren las tarifas anteriores

Accede aquí para proceder al pago de la tasa

Plazos

Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.

Presentación

Plazo permanente

Puedes realizar este trámite de manera:

Electrónica - Pasos a seguir
  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Resolución

3 meses

Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.

Saber más sobre el silencio administrativo

Documentos necesarios

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Documentos a aportar si cumples estas condiciones:


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Órgano responsable

DIRECCIÓN GENERAL DE INTERIOR Y EMERGENCIAS

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Fases de la tramitación

Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.

Antes de la tramitación

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