Líneas eléctricas aéreas de alta tensión

Trámite 2005

En plazo permanente

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Detalles del trámite

A través de este trámite, las personas obligadas podrán, de manera telemática, realizar la autoliquidación del impuesto medioambiental sobre las líneas eléctricas aéreas de alta tensión.


Dirigido a

  • Obligados tributarios y/o sus representantes.
  • Será responsable solidario del pago del impuesto el propietario de las instalaciones que generen el hecho imponible cuando no coincidan con quienes las exploten.

Requisitos

  • Las empresas que deban presentar impuestos medioambientales en la Comunidad Autónoma de Aragón deberán realizarlo a través del Servicio de presentación telemática de tributos; para ello tienen que estar registrados con los permisos correspondientes. Los impuestos medioambientales solo se pueden presentar en nombre propio, no hay opción de presentación en nombre de terceros (consulta el apartado documentos y enlaces de interés)..
  • Son sujetos pasivos del impuesto, en calidad de contribuyentes:
    • La personas físicas o jurídicas o entidades del artículo 35.4 de la Ley General Tributaria que al realizar las actividades de transporte de energía eléctrica para el suministro a través de las líneas aéreas de alta tensión, causan un daño medioambiental por generación de afecciones e impactos ambientales y visuales en el entorno natural de la Comunidad Autónoma de Aragón.
    • También aquellos que exploten las líneas eléctricas aéreas de alta tensión aunque no sean los titulares de las mismas.
    • Se considera que las instalaciones en desuso o que no hayan entrado en funcionamiento también producen el daño medioambiental.
  • No están sujetas las líneas de tensión nominal inferior a 30kV

Plazos

Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.

Presentación

Plazo permanente

Puedes realizar este trámite de manera:

Electrónica - Pasos a seguir

¿Necesitas ayuda?

Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.

Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.


Órgano responsable

DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTOS

Apartado siguiente:

Información adicional

Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.

Información sobre la solicitud

  • La base imponible estará constituida por los kilómetros de tendido eléctrico aéreo.
  • El impuesto se devenga el 31 de diciembre de cada año y el periodo impositivo coincidirá, salvo excepciones, con el año natural.
  • Los plazos para realizar los pagos fraccionados del impuesto serán entre los días 1 y 20 de los meses siguientes:
    • 1º Pago fraccionado: abril
    • 2º Pago fraccionado: julio
    • 3º Pago fraccionado: octubre
    • Autoliquidación anual: enero
  • El importe de cada pago fraccionado será del 30% de la cuota devengada que corresponda ingresar por la totalidad del impuesto considerando la situación de las instalaciones a 31 de diciembre del ejercicio inmediatamente anterior.

Recursos y enlaces de interés

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Apartado siguiente:

Fases de la tramitación

Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.

Antes de la tramitación

Durante de la tramitación

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Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

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Ayuda a la tramitación electrónica

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