Impuestos medioambientales - Determinados usos y aprovechamientos de agua embalsada
N°2004
A través de este trámite, las personas obligadas podrán, de manera telemática, realizar la autoliquidación del impuesto medioambiental sobre determinados usos y aprovechamientos del agua embalsada.
Dirigido a
- Obligados tributarios y/o sus representantes
- Será responsable solidario del pago del impuesto el propietario de la instalación cuando no coincida con la persona que explota la misma.
Requisitos
-
Son sujetos pasivos del impuesto, en calidad de contribuyentes:
- Quienes al realizar las actividades para la producción de energía eléctrica con agua embalsada, en instalaciones hidroeléctricas de turbinado directo o de tecnología hidráulica de bombeo mixto, causan un daño medioambiental por la alteración o modificación sustancial de los valores naturales de los ríos.
- Las presas tienen que estar situadas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Documentación
Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:
En caso de actuar con representante
Modelo de representación para las actuaciones y procedimientos tributarios
En el supuesto de actuar con representante deberá acreditar la representación por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna, siendo válidos a estos efectos los documentos normalizados que apruebe la Administración tributaria (artículo 45 y ss de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria).
Descargar modelo Modelo de representación para las actuaciones y procedimientos tributarios
Información adicional
El impuesto se devenga el 31 de diciembre de cada año y el periodo impositivo coincidirá, salvo excepciones, con el año natural.
Los plazos para realizar los pagos fraccionados del impuesto serán entre los días 1 y 20 de los meses siguientes:
- 1º Pago fraccionado: junio
- 2º Pago fraccionado: septiembre
- 3º Pago fraccionado: diciembre
- Autoliquidación anual: abril
El importe de cada pago fraccionado será del 30% de la cuota devengada que corresponda ingresar por la totalidad del impuesto considerando la situación de los establecimientos el primer día de cada período impositivo.
Documentos y enlaces de interés
Contacto y ayuda
- Teléfono. Zaragoza 976 715 100
- Correo electrónico. Información impuestos medioambientales admontributaria@aragon.es
- Correo electrónico. Información general tributos@aragon.es
- Presencial. Zaragoza c/ Joaquín Costa, 18
- Cita previa. Horario atención de lunes a viernes de 9:00h a 14:00h https://citaprevia.aragon.es/provincias
- Página web. Impuestos medioambientales
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTOS
Normativa
Decreto Legislativo 1/2007, de 18 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Legislación sobre impuestos medioambientales de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Decreto 1/2007, de 16 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo Parcial de la Ley 13/2005, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas en Materia de Tributos Cedidos y Tributos Propios de la Comunidad Autónoma de Aragón, para la aplicación de los Impuestos Medioambientales
Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónTrámites relacionados
En plazo permanente
En plazo permanente
En plazo permanente
En plazo permanente
¿Te ha resultado útil esta página?
Ayúdanos a mejorar la página de trámites del Gobierno de Aragón
¿Por qué no te ha resultado útil? Puedes dejar aquí tu comentario anónimo.
Tu respuesta nos ayudará a mejorar la web