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Inscripción de constitución
En plazo permanente
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Contenidos
En plazo permanente
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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
A través de este trámite, las sociedades cooperativas que tengan su domicilio social y desarrollen sus actividades dentro del territorio aragonés podrán realizar la inscripción en el Registro de Cooperativas de Aragón. Al inscribirse, la cooperativa adquirirá personalidad jurídica.
Dirigido a
- Sociedades cooperativas que tengan su domicilio social y desarrollen sus actividades mayoritariamente dentro del territorio aragonés
Requisitos
- Estar inscrita en el Registro de cooperativas de Aragón.
- Constituirse como Sociedades cooperativas que tengan su domicilio social y desarrollen sus actividades dentro del territorio aragonés.
Pago de tasas
Tasa 46. Tasa por servicios prestados por el registro de cooperativas.
Tarifa 1. Por tramitación de expedientes de solicitud de inscripción y modificación registral.
Tarifa 4.2 por cada libro social.
Accede aquí para proceder al pago de la tasaPlazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Plazo permanente
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.
Presencial - Pasos a seguir
- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
- Presenta la documentación correspondiente en esa oficina.
Con la ayuda del personal habilitado
Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.
Resolución
2 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Presentar en todos los casos
-
1. Solicitud
-
2. Justificante de pago de la Tasa 46, tarifa 1.2
(no necesario si se ha realizado la calificación previa de los estatutos sociales).
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3. Copia autorizada de la escritura de constitución
Se debe presentar obligatoriamente de forma presencial en una oficina de Registro.
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4. Copia simple de la escritura de constitución
Se debe presentar obligatoriamente de forma presencial en una oficina de Registro.
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5. Copia de la tarjeta de Identificación Fiscal
-
6. Solicitud de haber presentado a legalizar los libros sociales
Para inscribir una sociedad cooperativa es preceptivo haber presentado antes, al Registro de Cooperativas, los libros sociales obligatorios para su legalización.
¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
INSTITUTO ARAGONES DE EMPLEO
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Información sobre la solicitud
Se deben elevar a escritura pública los acuerdos de constitución de la sociedad cooperativa. Los documentos notariales se deberán presentar en formato físico en cualquier unidad de Registro del Gobierno de Aragón.
Se deben presentar también los libros sociales, en formato físico, en cualquier unidad de Registro del Gobierno de Aragón, antes de su cumplimentación, junto con el justificante del abono de la tasa 46, tarifa 4.2. Cada libro social supone un hecho imponible.
Recursos y enlaces de interés
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
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En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.
Presencial - Pasos a seguir
- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
- Presenta la documentación correspondiente en esa oficina.
Con la ayuda del personal habilitado
Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.
Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
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En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
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Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
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2 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Correo electrónico. sat.inaem@aragon.es
Teléfono. Información general del INAEM. De lunes a viernes de 9 a 19 horas. 901 501 000
Correo electrónico. registrocoop.inaem@aragon.es
Teléfono. Información específica de cooperativas. De lunes a viernes de 9 a 14 horas. 976 714 796
Página web. Página Web del INAEM
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
Normativa general
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Decreto Legislativo 2/2014, de 29 de agosto, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Cooperativas de Aragón
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Decreto 208/2019, de 22 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo del texto refundido de la Ley de Cooperativas de Aragón
-
Ley 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas
Apartado anterior:
Ayuda a la tramitación electrónica
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