Autorización

Trámite 1349

En plazo permanente

Trámite1349

En plazo permanente

Detalles del trámite

A través de este trámite, las personas interesadas podrán solicitar la autorización para la organización y explotación de apuestas en Aragón.

Para poder realizar el trámite, el solicitante debe:




Otras acciones


Dirigido a

  • Las empresas que quieran organizar y explotar apuestas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón

Requisitos

  • Estar inscrito en el Libro 4º Sección 2ª Empresas Explotadoras de Apuestas.
  • Tener inscrito en la Sección 1ª del Libro 4º los elementos y material necesarios para la organización y explotación de apuestas
  • Si el solicitante es una persona jurídica deberá reunir los siguientes requisitos:
    • Ostentar la nacionalidad española o la de cualquiera de los Estados miembros de la Unión Europea. La participación directa o indirecta del capital extranjero se ajustará a lo establecido en la legislación vigente sobre inversiones extranjeras en España.
    • Estar inscritas en la Sección II. Empresas explotadoras del Libro 4º. Apuestas del Registro General del Juego.
    • No estar incurso ninguno de los socios en los supuestos de inhabilitación establecidos en el artículo 9 de la Ley 2/2000, de 28 de junio, del Juego de la Comunidad Autónoma de Aragón.
    • En la escritura de constitución de la mercantil interesada deberá quedar acreditado el cumplimiento de los siguientes requisitos:
    • Constitución bajo forma de sociedad anónima o de responsabilidad limitada.
    • Tener como objeto social principal la organización y explotación de las apuestas basadas en actividades deportivas, de competición o de otra índole.
    • Disponer como capital social mínimo de 1.000.000 euros, totalmente suscrito y desembolsado y dividido en acciones representativas del capital social nominativas y de una cuantía mínima de 60 euros, salvo para aquellas empresas autorizadas para la organización y explotación de las apuestas mutuas en la modalidad de juego del bingo electrónico, en cuyo caso el capital social mínimo será de 500.000 euros.
    • Tener inscrito, en la Sección I, del Libro 4, Apuestas del Registro General de Juego, los elementos y material necesarios para la organización y explotación de las apuestas.
    • Disponer de un domicilio fiscal o de una delegación en la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Si el solicitante en una persona física deberá reunir los siguientes requisitos:

Plazos

Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.

Presentación

Plazo permanente

Puedes realizar este trámite de manera:

Electrónica - Pasos a seguir
  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).

    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.

    Descargar formulario
  3. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  4. Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Presencial - Pasos a seguir
  1. Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.

    Descargar formulario
  2. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  3. Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana

  4. Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.

Resolución

6 meses a contar desde que la documentación se encuentre completa

Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.

Saber más sobre el silencio administrativo

¿Necesitas ayuda?

Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.

Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.


Órgano responsable

DIRECCIÓN GENERAL DE INTERIOR Y EMERGENCIAS

Apartado siguiente:

Información adicional

Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.

Información sobre la solicitud

La vigencia de la autorización será de 10 años, renovable por periodos de 5 años.

Si el solicitante es una persona física: Ver artículo 8.2 del Decreto 2/2011, de 11 de enero, del Gobierno de Aragón.

Si el solicitante es una persona jurídica: Ver artículo 8.3 y 8.5 del Decreto 2/2011, de 11 de enero, del Gobierno de Aragón.

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Apartado siguiente:

Fases de la tramitación

Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.

Antes de la tramitación

Durante de la tramitación

Finalización de la tramitación

Apartado anterior:

Apartado siguiente:

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Apartado anterior:

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Ayuda a la tramitación electrónica

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Más información

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