Gestión de adopciones - Adopción nacional
N°1105
A través de este trámite, las personas interesadas en realizar una adopción nacional podrán presentar una solicitud de valoración de idoneidad al Instituto Aragonés de Servicios Sociales (IASS), paso previo a la adopción nacional.
Este trámite se tiene que realizar después de haber asistido a una sesión informativa sobre la adopción, de la que habrá que adjuntar un documento acreditativo de asistencia.
Plazo de presentación
En plazo permanente
En plazo
Dirigido a
- Personas interesadas en la adopción de un menor y que cumplan los requisitos establecidos.
Requisitos
- Ser mayor de 25 años. En el caso de una pareja, es suficiente que al menos uno de ellos haya alcanzado dicha edad.
- Asistencia a la reunión informativa previa.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Cuestionario para la valoración de la idoneidad
El documento (Anexo I) deberá presentarse debidamente cumplimentado
Dos fotografías tamaño carné de cada solicitante
Certificado inscripción de nacimiento en Registro Civil de cada solicitante
Certificado literal de matrimonio expedido por el Registro Civil
En su caso, certificación del Registro de Parejas Estables No Casadas o certificación de convivencia expedido por el Ayuntamiento correspondiente.
Certificado de empadronamiento expedido por el Ayuntamiento que corresponda.
Certificado de antecedentes penales de cada solicitante
Certificado médico del estado de salud de cada solicitante
En este documento se acreditará su estado de salud física y mental. En caso de enfermedad, deberá constar el diagnóstico, grado de afectación y su posible evolución.
Certificado de asistencia a la Reunión Informativa Previa
Fotocopia de la declaración del IRPF del último ejercicio económico
En su defecto, certificado de haberes brutos del mismo periodo, o documentos que acrediten los ingresos económicos.
Fotocopia Tarjeta Sanitaria o documento que acredite la cobertura sanitaria
Cuestionario para la valoración de idoneidad (Anexo I)
Descargar modelo Cuestionario para la valoración de idoneidad (Anexo I)
Formulario del trámite:
Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.
Descargar formularioInformación adicional
La solicitud de Adopción Nacional es incompatible con la de Acogimiento familiar.
La solicitud de Adopción Nacional es compatible con la de Adopción Internacional.
En el momento de la asignación del menor, la persona o personas acogedoras deberán tener, por lo menos, 14 años más que el acogido
No se aceptarán solicitudes de adopción nacional hasta transcurrido un año desde la fecha de incorporación de un menor a la familia solicitante, sea por nacimiento, acogimiento o adopción.
Asimismo, no se admitirán nuevas solicitudes de adopción de las personas ya valoradas como no idóneas hasta transcurridos cinco años desde que se dictó la resolución por la que se declaró su no idoneidad, salvo que se haya producido un cambio en las circunstancias que motivaron dicha valoración negativa.
Durante el proceso de valoración de idoneidad se llevarán a cabo sesiones formativas de ineludible asistencia para tal fin.
La valoración de idoneidad se hará tras la asistencia al curso de formación por parte de los solicitantes.
Más información en https://www.aragon.es/-/adopcion-nacional
Más normativa:
- Carta Europea de los Derechos del Niño (DOCE nº C 241 de 21 de septiembre de 1992)
Presentación de la solicitud
Presencial
-
Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario - Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
Pedir cita previa - Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.
Contacto y ayuda
- Correo electrónico. iass@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 111. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a jueves de 7:30 a 18:30 y los viernes de 7:30 a 16:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
INSTITUTO ARAGONÉS DE SERVICIOS SOCIALES
Normativa
Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia
Ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia
Ley 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil
Ley 12/2001, de 2 de julio, de la Infancia y Adolescencia de Aragón
Decreto 28/1995, de 21 de febrero, de la Diputación General de Aragón, por el que se regula el Registro de Protección de Menores
Decreto 188/2005, de 26 de septiembre, del Gobierno de Aragón por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento Administrativo previo a la adopción nacional e internacional
Decreto 67/2003, de 8 de abril, del Gobierno de Aragón por el que se aprueba el Reglamento de funcionamiento del Consejo Aragonés de la Adopción
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
En plazo permanente
En plazo
Trámite presencial
Acude a nuestras oficinas de Registro con cita previa para presentar tu trámite.
Descargar formulario Pedir cita previa Consultar formas de presentaciónSubsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
5 meses, contados a partir de la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el Registro del Instituto Aragonés de Servicios Sociales
Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución,...
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
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