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Devolución de ingresos derivados de la normativa del Impuesto Medioambiental sobre las Aguas Residuales (IMAR)

N°8813

Tramitación de un procedimiento administrativo para solicitar el reconocimiento del derecho a la devolución de cantidades ingresadas debidamente como consecuencia de la aplicación del Impuesto Medioambiental sobre las Aguas Residuales (IMAR).

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

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Dirigido a

  • Sujetos pasivos del Impuesto Medioambiental sobre las Aguas Residuales.

Requisitos

  • Que se hayan satisfecho cantidades ingresadas debidamente en concepto de Impuesto Medioambiental sobre las Aguas Residuales.
  • Que, en aplicación de la normativa del tributo, resulte procedente la devolución total o parcial de los importes ingresados.

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Documentos que acrediten la representación, en su caso.

  • Documentos que acrediten el derecho a la devolución.

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

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  • Consulta de Datos de Identidad

Formulario del trámite:

Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.

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Información adicional

En caso de que se reconozca el derecho a la devolución, para que ésta se haga efectiva el solicitante deberá presentar la Ficha de terceros debidamente cumplimentada

Documentos y enlaces de interés

Presentación de la solicitud

Telemática

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  4. Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Presencial

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  4. Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.

Contacto y ayuda

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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

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Aportación

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Resolución

6 meses desde la presentación de la declaración

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

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