Premios Extraordinarios de Bachillerato - Convocatoria 2023
N°9628
A través de esta convocatoria, se podrá presentar el alumnado que haya cursado primero y segundo de Bachillerato en cualquiera de sus modalidades y cuyo expediente académico cumpla los requisitos exigidos para optar a los Premios Extraordinarios de Bachillerato en Aragón.
Dirigido a
- Alumnado que haya superado los estudios de bachillerato
Requisitos
- Haber cursado primero y segundo de Bachillerato en cualquiera de sus modalidades, bien en régimen presencial, bien en régimen a distancia y que su expediente académico se encuentre depositado en la Comunidad Autónoma de Aragón
- Haber superado los estudios mencionados en el apartado anterior en la convocatoria ordinaria de junio correspondiente al año académico al que se refiere la convocatoria.
-
Haber obtenido en el conjunto de los dos cursos de Bachillerato una nota media igual o superior a 8,75 puntos.
- La nota media será la media aritmética de las calificaciones de las materias troncales y específicas de los dos cursos de Bachillerato, redondeada a la centésima más próxima y, en caso de equidistancia, a la superior.
- Obtener, en la prueba que se desarrollará al efecto, como mínimo una puntuación de 5 en cada uno de los cuatro ejercicios propuestos por el Tribunal
- a) Haber cursado primero y segundo de Bachillerato en cualquiera de sus modalidades, bien en régimen presencial, bien en régimen a distancia, y que su expediente académico se encuentre depositado en la Comunidad Autónoma de Aragón.
- b) Haber superado los estudios de Bachillerato en la convocatoria ordinaria de junio correspondiente al año académico 2022-2023.
- c) Haber obtenido en el conjunto de los dos cursos de Bachillerato una nota media igual o superior a 8,75 puntos.
- d) Obtener, en la prueba que se desarrollará al efecto, como mínimo una puntuación de 5 en cada uno de los cuatro ejercicios propuestos por el Tribunal.
- e) No podrán obtener la condición de beneficiario aquellas personas que no se hallen al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones o hayan sido sancionadas mediante resolución firme con la perdida de la posibilidad de obtener subvenciones, así como las que se encuentren incursas en alguna de las demás causas de prohibición en la normativa de subvenciones que les sean de aplicación como personas físicas beneficiarias.
- f) No podrán obtener la condición de beneficiario las personas que se encuentren incursas en alguna de las causas de prohibición previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, ni aquellas sancionadas por Resolución administrativa firme por atentar, alentar o tolerar prácticas en contra de los derechos de las personas LGTBI, conforme a lo establecido en el artículo 39.3 de la Ley 18/2018, de 20 de diciembre, de igualdad y protección integral contra la discriminación por razón de orientación sexual, expresión e identidad de género en la Comunidad Autónoma de Aragón.
- g) No podrán obtener la condición de benificiarias las personas que persigan la realización de actos que entrañen descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas o de sus familiares, exaltación del golpe de Estado o del franquismo, u homenaje o concesión de distinciones a las personas físicas o jurídicas que apoyaron el golpe de Estado y la dictadura, de acuerdo con el artículo 33.3 de la Ley 14/2018, de 8 de noviembre, de memoria democrática de Aragón; y que no cumplan con lo establecido en el artículo 40.3 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón para las personas físicas, tales como cumplimiento de la legislación de transparencia, de memoria democrática, de derechos y garantías de personas con discapacidad u otras análogas de cumplimiento normativo.
Documentación
Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:
Deberá adjuntar el certificado académico oficial el alumnado que haya finalizado sus estudios de bachillerato en un centro privado o el alumnado que haya finalizado sus estudios en un centro público y no haya dado su autorización para que el órgano instructor consulte su expediente académico.
Certificado académico oficial anexo III
El alumnado que haya finalizado sus estudios de bachillerato en un centro privado o que habiendo finalizado sus estudios en un centro público no haya dado su autorización para que el órgano instructor consulte su expediente académico, deberá solicitar a dicho centro el certificado académico oficial de acuerdo con el anexo III de la convocatoria.
Formulario del trámite:
Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.
Descargar formularioInformación adicional
La obtención del Premio Extraordinario de Bachillerato está dotado por un importe de 600 euros y dará opción a concurrir al correspondiente Premio Nacional de Bachillerato que convoque el Ministerio de Educación y Formación Profesional.
La obtención del Premio Extraordinario de Bachillerato se hará constar en el expediente académico y en el historial académico del alumnado premiado mediante diligencia realizada por el secretario del centro docente correspondiente.
Los estudiantes con Premio Extraordinario de Bachillerato tendrán derecho, la primera vez que se matriculen en estudios universitarios en la Universidad de Zaragoza, a la exención total del pago de los precios públicos por matrícula en las asignaturas del primer curso.
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.
Presencial
-
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Descargar formulario - Reúne la documentación que tienes que aportar.
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Contacto y ayuda
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- Correo electrónico. programaseducativos@aragon.es
- Teléfono. De 9:00 a 14:00 976 713 384
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Ayuda con la tramitación electrónica
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- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA EDUCATIVA, ORDENACIÓN ACADÉMICA Y EDUCACIÓN PERMANENTE
Normativa
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
Del 31/05/2023 al 13/06/2023
Fuera de plazo
10 días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Aragón
Consultar trámite Consultar formas de presentaciónSubsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
3 meses contados desde la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Aragón
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
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