Convocatoria 2025
Fuera de plazo - Del 22/07/2025 al 04/08/2025
El plazo de presentación terminó el 04 agosto 2025
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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
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Fuera de plazo - Del 22/07/2025 al 04/08/2025
El plazo de presentación terminó el 04 agosto 2025
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
A través de este trámite se pueden presentar solicitudes para optar a las siguientes modalidades de ayudas: ayudas a la producción (creación de una obra musical en las fases de edición y grabación), ayudas para giras y actuaciones fuera de Aragón, ayudas a la distribución y difusión, y ayudas a la programación musical en salas de gestión privada.
Requisitos
- Estar dadas de alta en el IAE en alguno de los siguientes epígrafes:
- Actividades profesionales relacionadas con la música: 031, 032, 033, 039.
- Actividades empresariales. Servicios recreativos y culturales: 9651, 9654, 9691.
- Actividades empresariales. Agencia de colocación de artistas: 983.
- Domicilio social en la Comunidad Autónoma de Aragón
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Inicio: 22/07/2025 a las 00:00 h
Fin: 04/08/2025 a las 23:59 h
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Resolución
3 meses contados desde la fecha de finalización del plazo para presentar las solicitudes
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Presentar en todos los casos
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1. Certificado IAE
Certificado de situación en el censo del IAE en que conste el alta en alguno de los epígrafes 031, 032, 033, 039, 9651, 9654, 9691 o 983.
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2. Presupuesto del proyecto
Presupuesto de gastos, desglosado por partidas y calculado sin I.V.A., del proyecto o actividad para la que solicita la subvención, es decir, de todos los gastos que supone la realización del proyecto o la actividad para la que se solicita la ayuda. En el caso de que en el presupuesto se incluyan gastos generales, podrá imputarse como máximo un 10% del importe total del presupuesto.
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Presupuesto de ingresos explicativo del plan de financiación donde se indiquen las aportaciones de recursos propios por parte de la entidad o persona solicitante y los ingresos obtenidos y pendientes de obtener de otras entidades públicas o privadas para la ejecución del proyecto.
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4. Relación de documentación en poder de la Administración
Documentos que ya han sido aportados ante el Departamento concedente, sobre los que no se han producido modificaciones.
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5. Autorización para la verificación de los datos de residencia
Deberá aportarse una autorización por cada una de las personas aragonesas que participan en el proyecto para verificar que residen en Aragón.
Documentos a aportar si cumples estas condiciones:
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1. Memoria del proyecto de giras y actuaciones
Memoria descriptiva del proyecto para el que se solicita la ayuda, en la que deberán constar las fechas, escenarios y localidades de las actuaciones, así como el currículum vitae de los músicos o grupos participantes en dicho proyecto. En la memoria también deberá indicarse si los músicos o técnicos que participan en la gira o actuación tienen o no vecindad administrativa aragonesa, es decir si residen o no en Aragón. Si se trata de una gira de varios grupos musicales, se deberá indicar si los grupos son aragoneses o no.
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2. Acreditación de medios técnicos
Relación detallada de medios técnicos necesarios para la ejecución del proyecto.
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3. Acreditación de las actuaciones realizadas en 2022, 2023 y 2024
Certificados de la SGAE o bien contrato o factura de la actuación realizada junto con el justificante de haber recibido el ingreso.
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1. Memoria del proyecto de producción
Memoria descriptiva del proyecto para el que se solicita la ayuda, en la que deberá constar expresamente los plazos de ejecución, los músicos y técnicos participantes, haciendo mención expresa de si tienen o no vecindad administrativa en Aragón, es decir si tienen su residencia o no en Aragón. También deberán indicarse en la memoria las empresas que van a llevar a cabo la grabación y la reproducción, con indicación de si tienen o no domicilio social en Aragón, así como las localidades en las que se va a realizar la grabación y la reproducción.
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2. Acreditación de las actuaciones realizadas en 2022, 2023 y 2024
Certificados de la SGAE o bien contrato o factura de la actuación realizada junto con el justificante de haber recibido el ingreso.
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3. Acreditación de medios técnicos
Relación detallada de medios técnicos necesarios para la ejecución del proyecto.
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4. Acreditación de las grabaciones fuera de Aragón
Justificante de haber realizado la inscripción de las grabaciones realizadas en un depósito legal fuera de la Comunidad Autónoma de Aragón.
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1. Memoria del proyecto de distribución y difusión
Memoria descriptiva del proyecto para el que se solicita la ayuda, en la que deberán constar el plazo de ejecución del proyecto, con la relación de acciones y medidas encaminadas a la proyección y divulgación de la música aragonesa, y la relación de técnicos, artistas y grupos programados, con mención expresa de su origen (aragonés, nacional o internacional). También deberá indicarse, en su caso, las empresas externas encargadas de la grabación y la reproducción y si tienen o no domicilio social en Aragón.
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2. Acreditación de medios técnicos
Relación detallada de medios técnicos necesarios para la ejecución del proyecto.
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3. Acreditación de participación en ferias y festivales en 2023 y 2024
Documentos que justifiquen la participación en ferias y festivales nacionales y/o internacionales (factura o certificado de la entidad organizadora y justificante de pago).
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4. Acreditación de organización de conciertos y/o galas en 2023 y 2024
Documentos que justifiquen que se han organizado conciertos y/o galas (facturas y justificantes de ingreso)
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5. Acreditación de la representación de artistas
Contratos de representación entre la entidad o persona solicitante y el artista.
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6. Acreditación de las grabaciones fuera de Aragón
Justificante de haber realizado la inscripción de las grabaciones realizadas en un depósito legal fuera de la Comunidad Autónoma de Aragón.
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1. Memoria del proyecto de programación musical
Memoria descriptiva de la programación de la sala para la que se solicita la ayuda, en la que deberá constar una relación detallada de todas las actuaciones, con la fecha de cada actuación y la relación de los artistas y grupos musicales programados, con mención expresa de su origen (aragonés, nacional o internacional). Se deberá indicar si alguna de las
actuaciones programadas forma parte de algún festival.
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2. Acreditación de medios técnicos
Relación detallada de medios técnicos necesarios para la ejecución del proyecto.
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3. Sala musical
Escritura púbica que acredite la titularidad de la sala o el contrato de alquiler.
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4. Aforo de la sala
Documento que acredite el aforo de la sala de gestión privada.
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5. Acreditación de actuaciones musicales realizadas en 2023 y 2024
Certificados de la SGAE o bien contrato o factura de la actuación realizada junto con el justificante de haber recibido el ingreso.
¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Información sobre la solicitud
- El importe de la convocatoria es de 400.000 €, de los que se reservan 60.000 € a la modalidad de producción, 45.000 € a las giras y actuaciones fuera de Aragón, 35.000 € a difusión y distribución y 260.000 € a programación musical en salas de gestión privada.
- La cuantía individualizada de la ayuda no podrá ser inferior a 1.000 € en ninguna de las modalidades ni superar los 12.000 € en la modalidad de producción, distribución y difusión, 15.000 € en la modalidad de giras y actuaciones fuera de Aragón y a 35.000 € en la modalidad de programación musical en salas.
- El importe de la subvención no podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas, supere el 80% del coste de la actividad subvencionada.
-El importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos generados por la propia actividad, así como otros ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.
- Serán considerados gastos subvencionables los que se realicen entre el 14 de noviembre del 2024 y el 13 de noviembre del 2025.
- Estas ayudas quedan sometidas al régimen de mínimis.
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
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En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
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En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
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Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
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3 meses contados desde la fecha de finalización del plazo para presentar las solicitudes
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. 976714932 976 714 980
Correo electrónico. ayudascultura@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
Normativa específica
Normativa general
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Orden ECD/1803/2022, de 13 de diciembre, por la que se modifica la Orden ECD/1248/2022, de 6 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de cultura
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Orden ECD/1248/2022, de 6 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de cultura
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Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón.
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Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
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Orden ECD/126/2025, de 27 de enero, por la que se modifica la Orden ECD/1248/2022, de 6 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de cultura.
Apartado anterior:
Ayuda a la tramitación electrónica
Tu espacio de información y ayuda para relacionarte electrónicamente con la administración del Gobierno de Aragón.
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