Convocatoria 2025

Trámite 10985

Fuera de plazo - Del 22/07/2025 al 04/08/2025

El plazo de presentación terminó el 04 agosto 2025

Consultar trámite

Trámite10985

Fuera de plazo - Del 22/07/2025 al 04/08/2025

El plazo de presentación terminó el 04 agosto 2025

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Detalles del trámite

A través de este trámite se pueden presentar solicitudes para optar a las siguientes modalidades de ayudas: ayudas a la producción (creación de una obra musical en las fases de edición y grabación), ayudas para giras y actuaciones fuera de Aragón, ayudas a la distribución y difusión, y ayudas a la programación musical en salas de gestión privada.


Requisitos

  • Estar dadas de alta en el IAE en alguno de los siguientes epígrafes:
    • Actividades profesionales relacionadas con la música: 031, 032, 033, 039.
    • Actividades empresariales. Servicios recreativos y culturales: 9651, 9654, 9691.
    • Actividades empresariales. Agencia de colocación de artistas: 983.
  • Domicilio social en la Comunidad Autónoma de Aragón

Plazos

Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.

Presentación

Inicio: 22/07/2025 a las 00:00 h

Fin: 04/08/2025 a las 23:59 h

Puedes realizar este trámite de manera:

Electrónica - Pasos a seguir
  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Resolución

3 meses contados desde la fecha de finalización del plazo para presentar las solicitudes

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo

Documentos necesarios

Detalles de documentos para realizar de este trámite.

Presentar en todos los casos

  • 1. Certificado IAE

    Certificado de situación en el censo del IAE en que conste el alta en alguno de los epígrafes 031, 032, 033, 039, 9651, 9654, 9691 o 983.

  • 2. Presupuesto del proyecto

    Presupuesto de gastos, desglosado por partidas y calculado sin I.V.A., del proyecto o actividad para la que solicita la subvención, es decir, de todos los gastos que supone la realización del proyecto o la actividad para la que se solicita la ayuda. En el caso de que en el presupuesto se incluyan gastos generales, podrá imputarse como máximo un 10% del importe total del presupuesto.

  • 3. Plan de financiación

    Presupuesto de ingresos explicativo del plan de financiación donde se indiquen las aportaciones de recursos propios por parte de la entidad o persona solicitante y los ingresos obtenidos y pendientes de obtener de otras entidades públicas o privadas para la ejecución del proyecto.

  • 4. Relación de documentación en poder de la Administración

    Documentos que ya han sido aportados ante el Departamento concedente, sobre los que no se han producido modificaciones.

  • 5. Autorización para la verificación de los datos de residencia

    Deberá aportarse una autorización por cada una de las personas aragonesas que participan en el proyecto para verificar que residen en Aragón.


Documentos a aportar si cumples estas condiciones:


¿Necesitas ayuda?

Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.

Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.


Órgano responsable

DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA

Apartado siguiente:

Información adicional

Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.

Información sobre la solicitud

- El importe de la convocatoria es de 400.000 €, de los que se reservan 60.000 € a la modalidad de producción, 45.000 € a las giras y actuaciones fuera de Aragón, 35.000 € a difusión y distribución y 260.000 € a programación musical en salas de gestión privada.

- La cuantía individualizada de la ayuda no podrá ser inferior a 1.000 € en ninguna de las modalidades ni superar los 12.000 € en la modalidad de producción, distribución y difusión, 15.000 € en la modalidad de giras y actuaciones fuera de Aragón y a 35.000 € en la modalidad de programación musical en salas.

- El importe de la subvención no podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas, supere el 80% del coste de la actividad subvencionada.

-El importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos generados por la propia actividad, así como otros ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.

- Serán considerados gastos subvencionables los que se realicen entre el 14 de noviembre del 2024 y el 13 de noviembre del 2025.

- Estas ayudas quedan sometidas al régimen de mínimis.

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Fases de la tramitación

Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.

Antes de la tramitación

Durante de la tramitación

Finalización de la tramitación

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Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

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Ayuda a la tramitación electrónica

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