Convocatoria 2023
Fuera de plazo - Del 18/03/2023 al 31/03/2023
El plazo de presentación terminó el 31 marzo 2023
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Contenidos
procedure.content
Menú
Fuera de plazo - Del 18/03/2023 al 31/03/2023
El plazo de presentación terminó el 31 marzo 2023
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
A través de este trámite, se pueden presentar solicitudes para optar a ayudas para actividades de producción y difusión vinculadas a la música.
Las actividades se tendrán que haber realizado entre el día 14 de noviembre de 2021 y el día 13 de noviembre de 2022.
Están dirigidas a empresas de producción y difusión musical (solistas, grupos musicales, salas de conciertos y otras relacionadas con la gestión de la música), siempre que cumplan los requisitos exigidos en la convocatoria.
Dirigido a
- Las empresas, tanto personas física como jurídica, de producción y difusión musical con domicilio social en la Comunidad Autónoma de Aragón
- Dadas de alta en el IAE en los siguientes epígrafes: 031, 032, 033, 039, 9651, 9654, 9691, 983
- Quedan excluídas las que ostenten la forma jurídica de entidad sin ánimo de lucro.
Requisitos
- Estar dadas de alta en el IAE en alguno de los siguientes epígrafes:
- Actividades profesionales relacionadas con la música: 031, 032, 033, 039.
- Actividades empresariales. Servicios recreativos y culturales: 9651, 9654, 9691.
- Actividades empresariales. Agencia de colocación de artistas: 983.
- Domicilio social en la Comunidad Autónoma de Aragón
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Inicio: 18/03/2023 a las 00:00 h
Fin: 31/03/2023 a las 23:59 h
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Otros
En el supuesto de que en el último día del trámite concurran incidencias técnicas que impidan la presentación electrónica, únicamente en ese mismo día, se podrá presentar en cualquiera de los registros electrónicos indicados en el art. 16.4 a) de la Ley 39/2015 junto con la acreditación de la incidencia (captura de pantalla con mensaje de error).
Con la ayuda del personal habilitado
Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.
Resolución
3 meses a contar desde la fecha de finalización del plazo para presentar las solicitudes
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Presentar en todos los casos
-
1. Certificado actualizado alta en IAE
Certificado de situación en el Censo de Actividades Económicas de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria en el que conste el alta del solicitante de la subvención en alguno de los epígrafes relacionados con la música indicados en el apartado quinto de esta orden.
-
2. Presupuesto calculado sin IVA
Formado exclusivamente por los gastos subvencionables que se relacionan en el apartado vigesimoprimero de la presente Orden en las condiciones establecidas en dicho apartado y debe presentarse conforme al modelo disponible en la sede electrónica para cada una de las modalidades.
-
3. Autorización consulta datos Padrón
Autorizaciones de los miembros aragoneses del equipo para consultar datos del Padrón
-
4. Relación de documentación en poder de la Administración
Relación de documentos que ya han sido aportados ante la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, sobre los que no se han producido modificaciones.
-
5. Presupuesto de ingresos del Plan de Financiación
Se tienen que indicar las aportaciones del solicitante y los ingresos obtenidos y pendientes de obtener de otras entidades públicas o privadas para la ejecución del proyecto.
Documentos a aportar si cumples estas condiciones:
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
-
1. Memoria descriptiva del proyecto
Deberá constar plazo de ejecución, empresas y músicos participantes, haciendo mención expresa a su carácter o no de aragonés con vecindad administrativa y localidades en las que se va a realizar la grabación y la reproducción.
-
2. Documento acreditativo del número de grabaciones
Con depósito legal realizadas fuera de Aragón
-
3. Documento acreditativo de las actuaciones
Realizadas en los tres años anteriores.
-
4. Medios técnicos necesarios para la ejecución de la actividad
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
-
1. Memoria descriptiva del proyecto
Deberá constar fechas, escenario y localidad de la actuación, currículum vitae de los músicos o grupos participantes en el proyecto indicando su carácter o no de aragonés con vecindad administrativa.
-
2. Documentación acreditativa de las actuaciones
Realizadas en los tres últimos años.
-
3. Medios técnicos necesarios para la ejecución de la actividad.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
-
1. Memoria descriptiva del proyecto
Deberá constar plazo de ejecución del proyecto, con la relación de acciones y medidas encaminadas a la proyección y divulgación de la música aragonesa, y la relación de artistas y grupos programados, con mención expresa de su origen (aragonés, nacional o internacional).
-
2. Documentación acreditativa
De los artistas representados, de las grabaciones editadas con sus números de Depósito Legal fuera de Aragón, publicaciones o páginas web de difusión de la música, ferias y festivales en los que haya participado y los conciertos, festivales o galas organizadas por la entidad solicitante en los dos últimos años.
-
3. Medios técnicos necesarios para la ejecución de la actividad.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
-
1. Memoria descriptiva del proyecto
Deberá constar una relación detallada de la programación con la fecha de cada actuación y relación de los artistas y grupos programados, con mención expresa de su origen (aragonés, nacional o internacional).
-
2. Escritura pública
Acreditando la titularidad de la sala o el contrato de alquiler, así como el seguro de Responsabilidad Civil actualizado.
-
3. Medios técnicos necesario para la ejecución de la actividad
-
4. Documentación acreditativa de las actuaciones realizadas en los dos últimos años
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
-
1. Declaración responsable
Acreditando no estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones
-
2. Declaración responsable de las subvenciones, ingresos o ayudas
Concedidas o en trámite de concesión por cualquier otra administración, entidad pública o privada relativas a la misma actividad, indicando la cuantía y procedencia
-
3. Declaración responsable
De las Ayudas de mínimis percibidas en el ejercicio fiscal actual y en los dos ejercicios fiscales anteriores
-
4. Declaración responsable
Acreditando el cumplimiento y la realización de la actividad en todas las subvenciones concedidas para el mismo destino y finalidad, por la Administración de la Comunidad Autónoma, Organismos autónomos y entidades de Derecho Público, Fundaciones, Consorcios y sociedades mercantiles integrantes del sector público de la Comunidad Autónoma.
-
5. Declaración responsable
Del cumplimiento de la normativa medioambiental, de la legislación de transparencia y no haber sido sancionado en materia de derechos y garantías de las personas con discapacidad y empleo inclusivo u otras análogas de cumplimiento normativo.
-
6. Declaración responsable de no tener sanción vigente de la autoridad laboral
Mediante resolución administrativa firme
-
7. Declaración responsable
Acreditando no haber sido nunca objeto de sanciones administrativas firmes ni de sentencias firmes condenatorias por acciones u omisiones consideradas discriminatorias por la legislación vigente por razón de género.
-
8. Declaración responsable
Acreditando no haber realizado ninguno de los actos de apoyo al golpe de Estado y la dictadura, que señala el artículo 33 de la Ley 14/2018, de 8 de noviembre, de memoria democrática de Aragón.
-
9. Declaración responsable
Acreditanto no haber sido sancionada por resolución administrativa firme por atentar, alentar o tolerar prácticas en contra de los derechos de las personas LGTBI
-
10. Declaración responsable
Acreditando no tener concedida una subvención nominativa para el mismo objeto o actividad en la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón vigente en el año de la convocatoria.
Otra documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
Corriente de pago para ayudas y subvenciones
Verificación de Datos de Identidad
Consulta de datos de Residencia con Fecha de Última Variación Padronal
¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Información sobre la solicitud
Las ayudas concedidas no podrán superar el 80% del importe total del proyecto.
- El importe de la convocatoria es de 300.000 euros, de los que se reservan 15.000 euros a la modalidad de producción, 30.000 euros a actuaciones fuera de Aragón, 48.000 euros a difusión y distribución y 207.000 euros a programación musical en salas de gestión privada.
- La cuantía individualizada de la ayuda no podrá superar los 12.000 euros en la modalidad de producción, distribución y difusión, 15.000 en la modalidad de giras o actuaciones fuera de Aragón y a 35.000 euros en la modalidad de Programación musical en salas.
Serán considerados gastos subvencionables los que se realicen entre el 14 de noviembre del 2021 y el 13 de noviembre del 2022.
Estas ayudas quedan sometidas al régimen de mínimis.
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Otros
En el supuesto de que en el último día del trámite concurran incidencias técnicas que impidan la presentación electrónica, únicamente en ese mismo día, se podrá presentar en cualquiera de los registros electrónicos indicados en el art. 16.4 a) de la Ley 39/2015 junto con la acreditación de la incidencia (captura de pantalla con mensaje de error).
Con la ayuda del personal habilitado
Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.
Durante de la tramitación
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
3 meses a contar desde la fecha de finalización del plazo para presentar las solicitudes
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. 976714932 976 714 980
Correo electrónico. ayudascultura@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
Normativa específica
Normativa general
-
Orden ECD/1803/2022, de 13 de diciembre, por la que se modifica la Orden ECD/1248/2022, de 6 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de cultura
-
Orden ECD/1248/2022, de 6 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de cultura
-
Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón.
-
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
-
Orden ECD/126/2025, de 27 de enero, por la que se modifica la Orden ECD/1248/2022, de 6 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de cultura.
Apartado anterior:
Ayuda a la tramitación electrónica
Tu espacio de información y ayuda para relacionarte electrónicamente con la administración del Gobierno de Aragón.
Más información
¿Te ha resultado útil esta página?
Tu respuesta nos ayudará a mejorar la web
- Sí
Gracias por tu valoración
Para cualquier consulta, escríbenos a portalpublico@aragon.es
Puedes dejar aquí tu comentario anónimo.
Servicio de información y registro
Horario: lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h.