Convocatoria 2022
Fuera de plazo - Del 11/10/2022 al 25/10/2022
El plazo de presentación terminó el 25 octubre 2022
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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Contenidos
Fuera de plazo - Del 11/10/2022 al 25/10/2022
El plazo de presentación terminó el 25 octubre 2022
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
A través de este trámite, se puede presentar una solicitud para optar a ayudas a las artes escénicas.
Están dirigidas a empresas, siempre que cumplan los requisitos exigidos en la convocatoria. Pueden optar a distintas modalidades como producción, giras y salas de exhibición.
Requisitos
- Domicilio social en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón
- Inscritas en situación de alta en el censo de empresarios, y que tengan como actividad principal cualquiera de los epígrafes de actividades artísticas concordantes con las artes escénicas
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Inicio: 11/10/2022 a las 00:00 h
Fin: 25/10/2022 a las 23:59 h
El plazo de presentación de las solicitudes será de 10 días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación del extracto de la orden de convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón".
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Con la ayuda del personal habilitado
Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.
Resolución
3 meses, desde la fecha de finalización del plazo para presentar las solicitudes
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Presentar en todos los casos
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1. Certificado actualizado de la AEAT
Certificado actualizado de la AEAT (Agencia Estatal de Administración Tributaria) de la situación de la empresa en el Censo de actividades económicas, no siendo válidos los certificados expedidos con anterioridad al plazo de presentación de solicitudes; deberá constar el alta en el epígrafe correspondiente a la actividad desarrollada, relacionada con las artes escénicas
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2. Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones
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Relación de documentos que ya han sido aportados a la administración de la Comunidad Autónoma de Aragón sobre los que no se han producidos modificaciones
Documentos a aportar si cumples estas condiciones:
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1. Proyecto detallado de la actividad
Constando: plazo de ejecución, una relación nominal en la que figure el personal artístico y técnico (con mención expresa de su condición o no de aragoneses) y una relación con los medios técnicos necesarios.
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2. Autorización del autor
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3. Relación de medios técnicos
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4. Certificados de estreno
Certificados de estreno de las producciones de las obras de repertorio estrenadas en los tres años anteriores (2019, 2020 y 2021).
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5. Documentación acreditativa de actuaciones
Documentación acreditativa de las actuaciones con las obras de repertorio en el año anterior (2021).
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Presupuesto, calculado sin IVA, detallando los gastos del proyecto. Debe estar formado exclusivamente por los gastos subvencionables que se relacionan en el apartado vigesimoprimero de la orden de convocatoria
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1. Proyecto detallado de la actividad
Constando: plazo de ejecución, una relación nominal en la que figure el personal artístico y técnico (con mención expresa de su condición o no de aragoneses) y una relación con los medios técnicos necesarios.
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2. Documentación acreditativa de las actuaciones.
Documentación acreditativa de las actuaciones con obras de repertorio en el año anterior (2021).
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3. Relación de medios técnicos necesarios
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Presupuesto, calculado sin IVA, detallando los gastos del proyecto. Debe estar formado exclusivamente por los gastos subvencionables que se relacionan en el apartado vigesimoprimero de la orden de convocatoria
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1. Acreditación de la gestión privada de la sala
Escritura pública o contrato de arrendamiento.
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2. Seguro de la Sala
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3. Proyecto de la actividad
Haciendo constar: plazo de ejecución, años actividad empresa, si son aragonesas las compañías actuantes,nº representaciones realizadas desde el 14 de noviembre de 2019 hasta el 13 de noviembre de 2020, los programas complementarios desarrollados y relación de medios técnicos.
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4. Documentación acreditativa de actuaciones
Documentación acreditativa que justifique las actuaciones que se han representado en la sala desde el 14 de noviembre de 2020 hasta el 13 de noviembre de 2021.
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Presupuesto, calculado sin IVA, detallando los gastos del proyecto. Debe estar formado exclusivamente por los gastos subvencionables que se relacionan en el apartado vigesimoprimero de la orden de convocatoria
Otra documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Verificación de Datos de Identidad
Corriente de pago para ayudas y subvenciones
Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
Consulta de datos de Residencia con Fecha de Última Variación Padronal
¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Información sobre la solicitud
La empresa solicitante siempre deberá aportar con recursos propios, al menos, el 20% del presupuesto.
La cuantía máxima a percibir será:
- 45.000 euros en la modalidad de Producción.
- 15.000 euros en la modalidad de Giras y actuaciones fuera de Aragón.
- 50.000 euros en la modalidad de Programación.
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
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En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Con la ayuda del personal habilitado
Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.
Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
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En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
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Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
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3 meses, desde la fecha de finalización del plazo para presentar las solicitudes
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. 976 713 376
Teléfono. 976 716 603
Correo electrónico. ayudascultura@aragon.es
Presencial. Servicio de Fomento y Difusión de la Cultura y del Libro. Avda. Ranillas, 5 D, 2ª planta, Zaragoza
Presencial. Horario oficina 9.00 a 14.00h
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
Normativa general
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Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
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Decreto Legislativo 2/2023, de 2 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón.
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Orden ECD/1248/2022, de 6 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de cultura
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Orden ECD/1403/2022, de 13 de diciembre, por la que se modifica la Orden ECD/1248/2022, de 6 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de cultura.
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Orden ECD/126/2025, de 27 de enero, por la que se modifica la Orden ECD/1248/2022, de 6 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de cultura.
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Ayuda a la tramitación electrónica
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