Convocatoria 2023

Trámite 9617

Fuera de plazo - Del 31/03/2023 al 17/04/2023

El plazo de presentación terminó el 17 abril 2023

Consultar trámite

Trámite9617

Fuera de plazo - Del 31/03/2023 al 17/04/2023

El plazo de presentación terminó el 17 abril 2023

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Detalles del trámite

A través de este trámite, se puede presentar una solicitud para optar a ayudas para la realización de diversas actividades culturales recogidas en el objeto de la convocatoria.

Están dirigidas a asociaciones sin ánimo de lucro y fundaciones, siempre que cumplan los requisitos exigidos en la convocatoria.


Requisitos

  • Domicilio social en la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Estar inscritas en un registro público de asociaciones o fundaciones.
  • Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las asociaciones sin ánimo de lucro y funda-ciones con domicilio social en la Comunidad Autónoma de Aragón e inscritas en un Registro Público de Asociaciones o de Fundaciones.
  • Para poder ser beneficiarios de estas ayudas, las asociaciones y fundaciones solicitantes deberán estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Estado y con la Comunidad Autónoma de Aragón, y de sus obligaciones con la Seguridad Social, así como no tener deudas pendientes de pago con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón. No obstante, podrán obtener la condición de beneficiario asociaciones o fundaciones que tengan deudas pendientes de pago con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Ara-gón siempre que la deuda sea menor a la subvención que se pueda conceder.
  • No podrán tener la condición de beneficiario de estas subvenciones:
    • Las asociaciones y fundaciones que se encuentren incursas en algunas de las prohibiciones establecidas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
    • Aquellas que no acrediten el efectivo cumplimiento de los requisitos y la realización de la ac-tividad en todas las subvenciones que les hayan sido concedidas con anterioridad para un mismo destino y finalidad en ejercicios anteriores por la Comunidad Autónoma de Aragón, sus organismos autónomos y entidades de derecho público, fundaciones, consorcios y so-ciedades mercantiles integrantes del sector público de la Comunidad Autónoma de Aragón, aunque se trate de diferentes fases o aspectos de un mismo proyecto.
    • Quienes hayan percibido una subvención nominativa para el mismo objeto o activi-dad acce-soria del mismo en la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para 2023.
    • De conformidad con el artículo 26 de la Ley 7/2018, de 28 de junio, de igualdad de oportuni-dad entre mujeres y hombres en Aragón no podrán ser beneficiarias las asociaciones y fun-daciones sancionadas por resolución administrativa firme o condenadas por sentencia judicial firme, por acciones u omisiones consideradas discriminatorias por la legislación vigente por razón de género
    • Las asociaciones y fundaciones sancionadas por resolución administrativa firme por atentar, alentar o tolerar prácticas en contra de los derechos de las personas LGTBI, conforme a lo establecido en la Ley 18/2018, de 20 de diciembre, de igualdad y protección integral contra la discriminación por razón de orientación sexual, expresión e identidad de género en la Comu-nidad Autónoma de Aragón o que cometan, inciten o promociones LGTBIfobia incluyendo la promoción o realización de terapias de conversión
    • Las asociaciones y fundaciones que persigan la realización de actos que entrañen descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas o de sus familiares, exaltación del golpe de Estado o del franquismo, u homenaje o concesión de distinciones a las personas físicas o jurídicas que apoyaron el golpe de Estado y la dictadura, de acuerdo con el artículo 33.2 de la Ley 14/2018, de 8 de noviembre, de memoria democrática de Aragón.
    • Durante el tiempo que dure la sanción, tampoco podrán ser beneficiarias las asociaciones y fundaciones que cumplan la normativa medioambiental
    • Las que no cumplan las obligaciones de transparencia.
    • Concedido un aval a un beneficiario, la concesión de una subvención, aunque sea para una operación distinta, requerirá la previa autorización del Gobierno de Aragón. De la misma for-ma se procederá si, concedida una subvención, se solicita posteriormente un aval. En ningún supuesto podrán concurrir, respecto de un mismo proyecto, aval y subvención, salvo casos excepcionales autorizados por el Gobierno de Aragón.

Plazos

Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.

Presentación

Inicio: 31/03/2023 a las 00:00 h

Fin: 17/04/2023 a las 23:59 h

Puedes realizar este trámite de manera:

Electrónica - Pasos a seguir
  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Con la ayuda del personal habilitado

Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.

Resolución

3 meses desde la fecha de finalización del plazo para presentar las solicitudes

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo

Documentos necesarios

Detalles de documentos para realizar de este trámite.

Presentar en todos los casos

  • 1. Memoria descriptiva de la actividad para la que se solicita la subvención

    Contendrá: objetivos, contenido, metodología, evaluación con indicadores, cronograma, incluyendo el curriculum de los participantes y plan de nuevos públicos. Asimismo, deberá incluir una declaración responsable de la antigüedad de la actividad para la que se solicita la ayuda, con detalle de la fecha y lugar en que se realizó cada edición.

  • 2. Relación de medios técnicos

    Relación de los medios técnicos necesarios para realizar la actividad.

  • 3. Plan de comunicación

    Se valorará la definición y desarrollo de las actividades enmarcadas dentro de dicho plan de comunicación (material gráfico, plan de medios, dosier de prensa, redes sociales..)

  • 4. Presupuesto de la actividad desglosado por partidas

    Presupuesto de la actividad desglosado por partidas calculado con IVA, salvo que esté sujeto o no exento, en cuyo caso se presentará sin IVA.

    El presupuesto presentado deberá estar formado exclusivamente por los gastos subvencionables que se relacionan en el apartado undécimo de la orden de convocatoria, en las condiciones establecidas en el mismo, y debe aportarse conforme al modelo disponible en la sede electrónica.

  • 5. Presupuesto de ingresos explicativo del plan de financiación

    Presupuesto de ingresos explicativo del plan de financiación donde se indiquen las aportaciones del solicitante y los ingresos obtenidos y pendientes de obtener de otras entidades públicas o privadas para la ejecución del proyecto

  • 6. Contratos de personas empleadas

    Contratos de todas las personas empleadas que participarán en el proyecto para el que se solicita subvención, a efecto de poder calibrar la igualdad de género en el empleo.

  • 7. Relación de documentación ya presentada

    Relación de documentación que haya sido aportada por el interesada a la administración de la Comunidad Autónoma de Aragón


Documentos a aportar si cumples estas condiciones:

Otra documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

  • Corriente de pago para ayudas y subvenciones

  • Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social

  • Verificación de Datos de Identidad

  • Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones

  • Validación de NIF de un contribuyente


¿Necesitas ayuda?

Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.

Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.


Órgano responsable

DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA

Apartado siguiente:

Información adicional

Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.

Información sobre la solicitud

Cuantía de la convocatoria: 140.000 Euros

Estas ayudas son compatibles con la obtención de otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos y privados nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales siempre que la suma de todas no supere el 100% del presupuesto de la actividad.

La cuantía máxima a conceder será de 12.000 euros.

La cuantía máxima individualizada no podrá ser inferior a 1000 euros."

Apartado anterior:

Apartado siguiente:

Fases de la tramitación

Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.

Antes de la tramitación

Durante de la tramitación

Finalización de la tramitación

Apartado anterior:

Apartado siguiente:

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Apartado anterior:

Apartado siguiente:

Ayuda a la tramitación electrónica

Tu espacio de información y ayuda para relacionarte electrónicamente con la administración del Gobierno de Aragón.

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