Certificado de estar al corriente de pago con la Comunidad Autónoma de Aragón
N°9098
A través de este trámite la persona interesada podrá solicitar una certificación que acredite la ausencia de toda deuda pendiente de pago con la Comunidad Autónoma de Aragón.
Dirigido a
- Persona física o jurídica que tiene que acreditar que está al corriente en el pago de las deudas con la Comunidad Autónoma.
- También puede solicitarlo en su nombre otra persona debidamente representada.
Requisitos
- Antes de solicitar el certificado pagar la Tasa 40, tarifa 02 por emisión de certificados de índole tributaria
- Si el certificado recibido es negativo indicando que tienes deudas pendientes con el Gobierno de Aragón, para obtener un certificado positivo deberás pagar y aportar la justificación (ver apartado información adicional)
Pago de tasas
Tasa 40 por servicios administrativos derivados de las actuaciones de gestión tributaria en Aragón.
Tarifa 02: Por la emisión de certificados de índole tributaria
Accede aquí para proceder al pago de la tasaDocumentación
Presentar en todos los casos:
Autoliquidación de la Tasa 40
Justificación del pago de la Tasa 40, tarifa 02 por la emisión de certificados de índole tributaria
Modelo de representación para procedimientos
En el supuesto de actuar con representante deberá acreditar la representación por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna, siendo válidos a estos efectos los documentos normalizados que apruebe la Administración tributaria (artículo 45 y ss de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria).
Descargar modelo Modelo de representación para procedimientos
Formulario del trámite:
Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.
Descargar formularioInformación adicional
- La expedición del certificado se realizará como máximo en 20 días, aunque normalmente el tiempo de respuesta de la Administración es de 3 a 5 días hábiles.
- Lo recibirás por el medio de notificación que hayas elegido en el modelo de solicitud. Para recibir el aviso de la notificación electrónica no olvides indicar una dirección de correo electrónico.
- Si el certificado es positivo (no tienes ninguna deuda pendiente de pago con el Gobierno de Aragón) no tienes que realizar ningún trámite más.
- Si el certificado es negativo (tienes deudas pendientes de pago con el Gobierno de Aragón) deberás seguir las instrucciones adjuntas para el pago de "deudas pendientes" (más información en la página web: Tipos de Certificados).
- Los datos que se certifiquen se referirán exclusivamente a la persona, física o jurídica, a la que se refiere el certificado, sin que puedan incluir ni referirse a datos relativos a terceros.
- Los certificados tienen carácter meramente informativo y no se puede interponer recurso alguno contra ellos, lo que no impide que puedas manifestar tu disconformidad con cualquiera de los datos certificados.
Documentos y enlaces de interés
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.
Presencial
-
Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario - Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
Pedir cita previa - Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.
Contacto y ayuda
- Teléfono. Zaragoza 976 715 800
- Correo electrónico. recaudacion@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 111. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a jueves de 7:30 a 18:30 y los viernes de 7:30 a 16:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTOS
Normativa
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón.
Ley 3/2011, de 24 de febrero, de medidas en materia de Contratos del Sector Público de Aragón.
Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos.
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
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