Convocatoria 2025

Trámite 10857

Fuera de plazo - Del 22/07/2025 al 11/08/2025

El plazo de presentación terminó el 11 agosto 2025

Consultar trámite

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Fuera de plazo - Del 22/07/2025 al 11/08/2025

El plazo de presentación terminó el 11 agosto 2025

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Detalles del trámite

A través de este trámite, las personas interesadas podrán presentar su solicitud para obtener las becas que se conceden para la realización de estudios universitarios oficiales en instituciones de educación superior de países acogidos al Programa Erasmus + Estudios u otros programas de movilidad internacional.


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  • Resolución becas complementarias a las del Programa Erasmus +

    RESOLUCIÓN de 16 de diciembre de 2025, de la Directora General de Universidades, por la que se resuelve la convocatoria de las becas complementarias a las del Programa Erasmus + y a las de otros programas de movilidad internacional para el curso académico 2025-2026, realizada por Orden EMC/848/2025, de 11 de julio.

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  • Resolución desistimiento solicitud becas complementarias a las del Programa Erasmus +

    Con fecha 18 de noviembre de 2025, se ha publicado en el tablón de anuncios digital del Gobierno de Aragón, en el apartado de "Ayudas y Subvenciones" la Resolución de la Directora General de Universidades por la que se tiene por desistidos a aquellos solicitantes de las becas complementarias a las del Programa Erasmus + que no han aportado la documentación requerida y/o subsanado el defecto de la solicitud, en el plazo previsto para ello.

  • Requerimiento de subsanación + Anexo

    Con fecha 31-10-2025 se ha publicado en el tablón de anuncios digital del Gobierno de Aragón, en el apartado de "Ayudas y Subvenciones" el requerimiento de subsanación de las becas complementarias a las del programa Erasmus + y a las de otros programas de movilidad internacional para el curso académico 2025-2026

  • Nombramiento Comisión de Valoración

    Comisión de Valoración para la convocatoria de las becas complementarias del programa Erasmus + y a las de otros programas de movilidad internacional para el curso 2025-2026, aprobada por la Orden EMC/848/2025, de 11 de julio.


Dirigido a

  • Estudiantes de la Universidad de Zaragoza o de la Universidad San Jorge que vayan a participar en el programa Erasmus + u otros programas de movilidad internacional recogidos en la convocatoria
  • No podrán obtener esta beca las personas participantes en el programa Erasmus + Prácticas

Requisitos

  • Tener matricula en enseñanzas universitarias oficiales impartidas por una de las universidades que integran el Sistema Universitario de Aragón.
  • Ser persona beneficiaria de una Ayuda general del Programa Eramus+, en su modalidad de formación para estudios, durante el curso académico correspondiente, o de otras ayudas financiadas por instituciones participantes en los programas de movilidad internacional recogidos en el anexo de la convocatoria, que puedes consultar en el apartado "Documentos y enlaces de interés".
  • Estar empadronada en cualquiera de los municipios de Aragón con anterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria.

Plazos

Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.

Presentación

Inicio: 22/07/2025 a las 00:00 h

Fin: 11/08/2025 a las 23:59 h

Puedes realizar este trámite de manera:

Electrónica - Pasos a seguir
  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Resolución

3 meses desde la fecha de finalización del plazo para presentar las solicitudes. La notificación de la resolución se realizará mediante publicación en BOA y en esta misma página web, en el apartado "Anuncios".

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo

Documentos necesarios

Detalles de documentos para realizar de este trámite.

Presentar en todos los casos

  • 1. Documento para la consulta de datos de las personas de la unidad familiar

    Este documento incluye la autorización para la consulta de datos tributarios y la información relativa al derecho de oposición. La autorización para la consulta de datos tributarios solo deberá ser cumplimentada y firmada por los sustentadores principales.

  • 2. Volante o certificado colectivo de empadronamiento

    Certificado o volante municipal de empadronamiento colectivo que acredite el domicilio de la persona solicitante y que integre a todas las personas que residen en el mismo. No se admiten los certificados o volantes individuales ni los que hayan sido expedidos con anterioridad a tres meses desde la fecha de fin de plazo de presentación de las solicitudes.

  • 3. Volante o certificado colectivo de empadronamiento de otras personas

    Si alguna persona de la unidad familiar no está empadronada con la persona solicitante, deberá aportarse este documento emitido por el ayuntamiento correspondiente y que integre a todas las personas que residen en el domicilio. No se admiten los certificados o volantes individuales ni los que hayan sido expedidos con anterioridad a tres meses desde la fecha de fin de plazo de presentación de las solicitudes.


Documentos a aportar si cumples estas condiciones:

Otra documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

  • Consulta de Datos de Identidad

    De la persona solicitante y del resto de personas de la unidad familiar.

  • Consulta de nivel de renta intermediado

    De las personas sustentadoras principales, emitida a fecha actual por la autoridad tributaria competente y referida al ejercicio 2023.

  • Acreditación de participación en un programa de movilidad

  • Consulta de Discapacidad nuevo

    Resolución de reconocimiento de discapacidad en la que conste su grado.

  • Corriente de pago para ayudas y subvenciones

  • Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social

  • Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones


¿Necesitas ayuda?

Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.

Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.


Órgano responsable

DIRECCIÓN GENERAL DE UNIVERSIDADES

Apartado siguiente:

Información adicional

Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.

Información sobre la solicitud

La presentación de esta solicitud es exclusivamente electrónica. Para ello, necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve permanente). En el apartado "Información adicional" - "Documentos y enlaces de interés" dispones de una guía con más información.

La solicitud se considerará presentada en el momento en que se obtenga el justificante de registro, que se deberá conservar a efectos de acreditar su presentación. No obstante, a los efectos del cómputo de plazo fijado en días hábiles, y en lo que se refiere al cumplimiento de plazos por las personas interesadas, la presentación en un día inhábil se entenderá realizada en la primera hora del primer día hábil siguiente.

Subsanación: si la solicitud no reúne toda la información o documentación necesaria, podrá subsanarse en un plazo de 10 días hábiles. A tal fin se publicará en el tablón de anuncios digital de información general del Gobierno de Aragón la lista de las solicitudes que se deban subsanar, señalando los motivos y el contenido de la subsanación, así como los medios de presentación. El enlace al mencionado tablón está disponible en el apartado "Información adicional" - "Documentos y enlaces de interés". Si no realizas las aclaraciones pertinentes o no presentas la documentación adicional que se te pida se entenderá que desistes de tu solicitud, lo que se determinará en la resolución de la convocatoria.

Pago: tras la publicación de la resolución se podrá acordar el anticipo de hasta el 50% de la beca concedida y el importe restante se pagará una vez acreditado el periodo real de estancia en el extranjero.

Recursos y enlaces de interés

Apartado anterior:

Apartado siguiente:

Fases de la tramitación

Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.

Antes de la tramitación

Durante de la tramitación

Finalización de la tramitación

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Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

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Ayuda a la tramitación electrónica

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