Baja
En plazo permanente
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Contenidos
En plazo permanente
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
A través de este trámite puede solicitarse la baja de los vehículos agrícolas inscritos en el Registro de Maquinaría Agrícola (ROMA).
Al hacer la solicitud los datos de la MARCA, MODELO Y Nº DE BASTIDOR de la maquinaria deberán indicarse EXACTAMENTE tal como aparecen en la documentación original.
Debe solicitarse la baja en el ROMA cuando se produzca alguna de estas circunstancias:
- pase del sector agrario a otra actividad,
- desguace o achatarramiento,
- baja por inutilidad.
- pase a vehículo histórico o de colección,
- baja por venta a otro país,
- baja por venta a otra provincia,
- baja temporal (por entrega a empresa comercializadora de maquinaria, por no uso de la maquinaria incluidos los equipos de aplicación de productos fitosanitarios o por herencia), o
- por otros motivos.
Pago de tasas
Tasa 10 modelo 510 tarifa 4
Accede aquí para proceder al pago de la tasaPlazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Plazo permanente
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.
Presencial - Pasos a seguir
- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
- Presenta la documentación correspondiente en esa oficina.
Con la ayuda del personal habilitado
Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.
Resolución
3 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Documentos a aportar si cumples estas condiciones:
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
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1. Acreditación de la representación.
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1. Tarjeta de Inspección Técnica de Vehículos (ITV) modificada.
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2. Permiso de Circulación.
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3. Cartilla de Inscripción en el ROMA.
Cartilla agrícola original del vehículo o, en su caso, la declaración de extravío.
-
4. Justificante de pago de la tasa.
Justificante de pago de la tasa de baja en ROMA, Tasa 10-Modelo 510-Tarifa 4.
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1. Certificado de destrucción del vehículo o máquina.
Certificado de destrucción del vehículo o máquina emitido por un Centro Autorizado de Tratamiento (CAT).
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2. Cartilla de Inscripción en el ROMA.
Cartilla agrícola original del vehículo o, en su caso, la declaración de extravío.
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3. Declaración responsable nº 3 "Cambio de titularidad por donación/fallecimiento"
Solo en caso de herencias y podrá requerirse la presentación del certificado de defunción.
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1. Tarjeta de Inspección Técnica de Vehículos (ITV).
Solo si está matriculada.
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2. Permiso de circulación.
Solo si está matriculada.
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3. Cartilla de Inscripción en el ROMA.
Cartilla agrícola original del vehículo o, en su caso, la declaración de extravío.
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1. Tarjeta de Inspección Técnica de Vehículos (ITV).
Según el decreto 892/2024 sobre Reglamento de vehículos históricos, no es necesario que se modifique primero la clasificación.
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2. Permiso de Circulación.
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4. Cartilla de Inscripción en el ROMA.
Cartilla agrícola original del vehículo o, en su caso, la declaración de extravío.
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5. Justificante de pago de la tasa.
Justificante de pago de la tasa de baja en ROMA, Tasa 10-Modelo 510-Tarifa 4.
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1. Tarjeta de Inspección Técnica de Vehículos (ITV).
Solo cuando esté matriculada.
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2. Permiso de Circulación.
Solo cuando esté matriculada.
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3. Cartilla de Inscripción en el ROMA.
Cartilla agrícola original del vehículo o, en su caso, la declaración de extravío.
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4. Factura de venta o contrato de compra/venta.
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5. Justificante de pago de la tasa.
Justificante de pago de la tasa de baja en ROMA, Tasa 10-Modelo 510-Tarifa 4.
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1. Tarjeta de Inspección Técnica de Vehículos (ITV).
Solo cuando está matriculada.
-
2. Permiso de Circulación.
Solo cuando está matriculada.
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3. Factura de venta o contrato de compra/venta.
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4. Datos del comprador.
En el caso de venta a otra provincia deberán aportarse los datos del comprador (nombre y apellidos o razón social y nº DNI/NIE/NIF).
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5. Justificante de pago de la tasa.
Justificante de pago de la tasa de baja en ROMA, Tasa 10-Modelo 510-Tarifa 4.
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6. Cartilla de Inscripción en el ROMA.
Cartilla agrícola original del vehículo o, en su caso, la declaración de extravío.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
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1. Tarjeta de Inspección Técnica de Vehículos (ITV).
Solo si está matriculada.
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2. Permiso de circulación.
Solo si está matriculada.
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3. Factura de venta o contrato de compra/venta.
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4. Justificante del pago de la tasa
Justificante de pago de la tasa de baja en ROMA, Tasa 10-Modelo 510-Tarifa 4.
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5. DNI/NIE/NIF del comprador/empresa comercializadora.
Puede ser requerido.
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6. Justificante de la actividad comercial de compra/venta.
Puede ser requerido y el justificante puede ser un certificado IAE.
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7. Cartilla de Inscripción en el ROMA.
Cartilla agrícola original del vehículo o, en su caso, la declaración de extravío.
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1. Tarjeta de Inspección Técnica de Vehículos (ITV).
Si está matriculado.
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2. Permiso de circulación.
Si está matriculado.
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3. Justificante del pago de la tasa
Justificante de pago de la tasa de baja en ROMA, Tasa 10-Modelo 510-Tarifa 4.
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4. Cartilla de Inscripción en el ROMA.
Cartilla agrícola original del vehículo o, en su caso, la declaración de extravío.
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1. Tarjeta de Inspección Técnica de Vehículos ITV.
Si está matriculada.
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2. Permiso de circulación.
Si está matriculada.
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3. Cartilla de Inscripción en ROMA.
Cartilla agrícola original del vehículo o, en su caso, la declaración de extravío.
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4. Justificante del pago de la tasa..
Cartilla agrícola original del vehículo o, en su caso, la declaración de extravío.
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1. Histórico de tráfico.
Si está matriculada puede requerirse el histórico de tráfico.
¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE INNOVACIÓN Y PROMOCIÓN ALIMENTARIA
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Información sobre la solicitud
La baja en el registro está sujeta al pago de la tasa correspondiente mediante la presentación y el pago en cualquier entidad financiera (tasa 10 modelo 510 tarifa 4). Solo están exentas del pago de la tasa las máquinas suspendidas.
Los tractores cuya fecha de primera inscripción en el ROMA sea igual o superior a 40 años y NO dispongan de una estructura de protección homologada (cabina), NO podrán realizar bajas ni por pase del sector agrario a otra actividad ni por baja temporal. Sí podrán darse de baja con carácter permanente por desguace o achatarramiento, por pase a vehículo histórico o de colección o por envío a otro país.
La cabina o estructura de protección homologada de los tractores debe constar en la ficha técnica ITV.
Salvo excepciones, no puede darse de baja una maquinaria subvencionada si no han transcurrido cinco años. Consultar las excepciones en la Unidad o Entidad que haya concedido la subvención.
Se tramita en los Servicios Provinciales del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación.
Coordinación: Servicio de Ayudas a la Organización de Mercados, de la Dirección General de Innovación y Promoción Alimentaria.
Recursos y enlaces de interés
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
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En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.
Presencial - Pasos a seguir
- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
- Presenta la documentación correspondiente en esa oficina.
Con la ayuda del personal habilitado
Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.
Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
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En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
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Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
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3 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. Huesca. Unidad de producción agraria 974 293 088
Correo electrónico. Huesca. Unidad de producción agraria regmaqhuesca@aragon.es
Teléfono. Zaragoza. Sección de regulación de mercados y ayudas sectoriales 976 714 858
Correo electrónico. Zaragoza. Sección de regulación de mercados y ayudas sectoriales regmaqzaragoza@aragon.es
Teléfono. Teruel. Unidad de fomento agroalimentario 978 641 189
Correo electrónico. Teruel. Unidad de fomento agroalimentario regmaqteruel@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
Normativa general
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Real Decreto 448/2020, de 10 de marzo, Real Decreto 448/2020, de 10 de marzo, sobre caracterización y registro de la maquinaria agrícola
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Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos
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Ley 2/2014, de 23 de enero, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón
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Orden HAP/201/2016, de 22 de febrero, por la que se publican los textos refundidos actualizados en materia de tributos cedidos, tasas e impuestos medioambientales
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Ayuda a la tramitación electrónica
Tu espacio de información y ayuda para relacionarte electrónicamente con la administración del Gobierno de Aragón.
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