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Acceder a MiAConvocatoria 2024
Trámite Nº10292
Fuera de plazo - Del 03/05/2024 al 16/05/2024
El plazo de presentación terminó el 16 mayo 2024
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
TrámiteNº10292
Fuera de plazo - Del 03/05/2024 al 16/05/2024
El plazo de presentación terminó el 16 mayo 2024
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
A través de este trámite podrá solicitar ayuda para la realización de mediometrajes o largometrajes por empresas del sector audiovisual.
Dirigido a
- Empresas con domicilio social en Aragón.
Requisitos
- Empresas con domicilio social en Aragón
- Estar de alta en el epig. 961 (Producción Audiovisual) del Impuesto Actividades Económicas
- En caso de coproducciones, la empresa aragonesa debe participar con un mínimo del 20% en la fase de la coproducción para la que se solicita ayuda.
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Inicio: 03/05/2024 a las 00:00 h
Fin: 16/05/2024 a las 23:59 h
El plazo de presentación de las solicitudes será de 10 días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación del extracto de la orden de convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón".
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Con la ayuda del personal habilitado
Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.
Resolución
3 meses, desde la fecha de finalización del plazo para presentar las solicitudes.
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Presentar en todos los casos
-
1. Certificado AEAT
Certificado actualizado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de la situación en el Censo de Actividades Económicas y en el que conste el alta en el epígrafe 961, correspondiente a empresas de producción de películas y servicios relacionados con la misma. La fecha de expedición del certificado debe corresponder al plazo de presentación de solicitudes.
-
Plan de trabajo, con indicación de los periodos y fechas de desarrollo de guion, búsqueda de localizaciones, trámites de producción, ensayos, rodajes, proceso de animación, trabajos de postproducción, y otros trabajos que se consideren necesarios, debiendo indicar en qué localidad se realiza cada tarea y especificando los días que se dedican a cada una de ellas.
-
3. Presupuesto desglosado por partidas de la fase para la que se solicita
Presupuesto desglosado por partidas de la fase del proyecto, calculado sin IVA, calculado sin IVA. Si el solicitante incluye gastos generales de la empresa (alquiler de oficina, teléfono, luz, agua, limpieza y gestoría) que se imputen a la actividad subvencionada en la parte que corresponda de acuerdo con los principios y normas de contabilidad generalmente admitidas y, en todo caso, en la medida que tales costes correspondan al periodo en que efectivamente se realiza la actividad, el porcentaje máximo a imputar sobre los costes directos del presupuesto presentado será del 10%.
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4. Presupuesto desglosado por partidas de la totalidad del proyecto.
Presupuesto de la totalidad del proyecto desglosado por partidas, calculado sin IVA, calculado sin IVA. Si el solicitante incluye gastos generales de la empresa (alquiler de oficina, teléfono, luz, agua, limpieza y gestoría) que se imputen a la actividad subvencionada en la parte que corresponda de acuerdo con los principios y normas de contabilidad generalmente admitidas y, en todo caso, en la medida que tales costes correspondan al periodo en que efectivamente se realiza la actividad, el porcentaje máximo a imputar sobre los costes directos del presupuesto presentado será del 10%.
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5. Presupuesto de ingresos explicativo del plan de financiación
Presupuesto de ingresos explicativo del plan de financiación donde se indiquen las aportaciones del solicitante y los ingresos obtenidos y pendientes de obtener de otras entidades públicas o privadas para la ejecución del proyecto
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6. Sinopsis argumental.
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7. Guión literario.
No será obligatorio en la modalidad a) Ayudas para desarrollo de proyectos.
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8. Plan de difusión de la obra a subvencionar.
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9. Relación de medios técnicos
Relación de medios técnicos que van a ser utilizados para la ejecución del proyecto
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10. Memoria descriptiva del proyecto
Memoria descriptiva del proyecto detallado para el que se solicita la subvención, especificando para que modalidad se presenta, Se valorará la participación en el proyecto audiovisual del equipo técnico y artístico. Se computarán a estos efectos los siguientes puestos: Director/realizador, Productor Ejecutivo, Director de Fotografía/responsable de iluminación, Director de Producción, Director de Arte, Jefe de Sonido, Guionista, Jefe de localizaciones, Responsable de casting, Vestuario, Maquillaje, Peluquería, Ingeniero de sonido, Compositor, Montador, Postproductor, Responsable de VFX, actores y actrices. Si el proyecto es de animación se valorará la participación en el mismo de los siguientes puestos: Director, Productor ejecutivo, Productor, Guionistas, Compositor música, Diseño sonido, Diseño de arte, Diseño animación. Responsable de animación, Voces en of, Postproductor y Montaje. Se hará mención expresa de su carácter o no de aragonés con vecindad administrativa, aportando los correspondientes certificados de empadronamientos o autorizaciones para verificar su domicilio conforme al modelo disponible en la sede electrónica. Asimismo se detallaran las localizaciones.
-
Relación de documentación ya presentada ante el órgano concedente de la subvención
Documentos a aportar si cumples estas condiciones:
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
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1. Declaración responsable de no estar incurso en prohibición de ser beneficiario
Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones señaladas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
-
2. Declaración responsable de las subvenciones, ingresos o ayudas
Declaración responsable de las subvenciones, ingresos o ayudas concedidas o en trámite de concesión por cualquier otra administración, entidad pública o privada relativas a la misma actividad, indicando la cuantía y procedencia
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3. Declaración responsable acreditativa cumplimiento actividad
Declaración responsable que acredite el cumplimiento y la realización de la actividad en todas las subvenciones anteriormente concedidas para el mismo destino y finalidad
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4. Declaración de ayudas de mínimis
Declaración responsable de ayudas de minimis percibidas en el ejercicio fiscal actual y en los dos ejercicios fiscales anteriores.
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5. Declaración responsable en materia de medioambiente
Declaración responsable de que cumple la normativa medioambiental.
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6. Declaración responsable en materia de orden social
Declaración responsable de no tener sanción vigente de la autoridad laboral competente mediante resolución administrativa firme con las sanciones accesorias de exclusión del acceso a cualquier tipo de ayudas y beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo previstas en los artículos 46 y 46 bis del texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
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7. Declaración responsable de no haber sanción en materia de igualdad de género
Declaración responsable de no haber sido nunca objeto de sanciones administrativas firmes ni de sentencias firmes condenatorias por acciones u omisiones consideradas discriminatorias por la legislación vigente por razón de género.
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8. Declaración responsable LGTB
Declaración responsable de no haber sido sancionada por resolución administrativa firme por atentar, alentar o tolerar prácticas en contra de los derechos de las personas LGTBI, conforme a lo establecido en la Ley 18/2018, de 20 de diciembre, de igualdad y protección integral contra la discriminación por razón de orientación sexual, expresión e identidad de género en la Comunidad Autónoma de Aragón.
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9. Declaración responsable cumplimiento transparencia
Declaración responsable de que cumple la legislación de transparencia y no ha sido sancio-nada en materia de derechos y garantías de las personas con discapacidad y empleo inclusi-vo u otras análogas de cumplimiento normativo.
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10. Declaración sobre subvención nominativa
Declaración responsable de no tener concedida una subvención nominativa para el mismo objeto o actividad accesoria del mismo en la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón vigente en el año de la convocatoria.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
-
1. Declaración responsable sobre coproducción
En caso de coproducción, declaración responsable de que tiene una participación de, al menos, el 20% en el coste total de la coproducción.
Otra documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
Corriente de pago para ayudas y subvenciones
Verificación de Datos de Identidad
Consulta de datos de Residencia con Fecha de Última Variación Padronal
Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones
Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la AEAT.
¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Información sobre la solicitud
La cuantía total de las ayudas es de 680.000 euros, con la siguiente distribución:
-Modalidad de desarrollo de proyectos: 130.000 euros, sin que pueda superar la subvención individualizada la cantidad de 12.000 euros.
-Modalidad de producción y postproducción: 550.000 euros, sin que pueda superara la subvención individualizada la cantidad de 100.000 euros.
En ninguna de las dos modalidades la cantidad concedida superará la cantidad solicitada ni el 80% del coste de la actividad, ni será inferior a 1.000 euros.
Estas ayudas son compatibles con la obtención de otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad procedentes de cualquiera Administraciones o entes públicos y privados, nacionales, de la Unión Europea u organismos internacionales, siempre que la suma de todas ellas no supere el 80% del coste de la actividad.
Estas ayudas quedan sometidas al régimen de mínimis.
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Con la ayuda del personal habilitado
Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.
Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
3 meses, desde la fecha de finalización del plazo para presentar las solicitudes.
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. 976714180 y 976 714 932
Correo electrónico. ayudascultura@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 111. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h
- atencionalaciudadania@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00 h.
- soportesda@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
Normativa específica
Normativa general
-
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
-
Orden ECD/1248/2022, de 6 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de cultura.
-
Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón.
-
Orden ECD/1803/2022, de 13 de diciembre, por la que se modifica la Orden ECD/1248/2022, de 6 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de cultura.
-
Orden ECD/126/2025, de 27 de enero, por la que se modifica la Orden ECD/1248/2022, de 6 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de cultura.
Apartado anterior:
Ayuda a la tramitación electrónica
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Servicio de información y registro
Horario: lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h.