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Trámite Nº1391
Fuera de plazo - Del 19/10/2022 al 02/11/2022
El plazo de presentación terminó el 02 noviembre 2022
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
TrámiteNº1391
Fuera de plazo - Del 19/10/2022 al 02/11/2022
El plazo de presentación terminó el 02 noviembre 2022
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
Requisitos
- Empresas con domicilio social en Aragón
- Estar de alta en el epig. 961 (Producción Audiovisual) del Impuesto Actividades Económicas
- En caso de coproducciones, la empresa aragonesa debe participar con un mínimo del 20% en la fase de la coproducción para la que se solicita ayuda.
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Inicio: 19/10/2022 a las 00:00 h
Fin: 02/11/2022 a las 23:59 h
El plazo de presentación de las solicitudes será de 10 días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación del extracto de la orden de convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón".
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Con la ayuda del personal habilitado
Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.
Resolución
3 meses, desde la fecha de finalización del plazo para presentar las solicitudes
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Presentar en todos los casos
-
1. Certificado AEAT
Certificado actualizado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de la situación en el Censo de Actividades Económicas y en el que conste el alta en el epígrafe 961, correspondiente a empresas de producción de películas y servicios relacionados con la misma, no siendo válidos los certificados expedidos con anterioridad al plazo de presentación de solicitudes.
-
2. Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones
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3. Declaración responsable LGTB
Declaración responsable de no haber sido sancionada por resolución administrativa firme por atentar, alentar o tolerar prácticas en contra de los derechos de las personas LGTBI
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4. Declaración responsable memoria democrática
Declaración responsable de no haber realizado ninguno de los actos de apoyo al golpe de Estado y la dictadura, que señala el artículo 33 de la Ley 14/2018, de 8 de noviembre, de memoria democrática de Aragón.
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5. Declaración responsable no sanción
Declaración responsable de no haber sido sancionado por acciones discriminatorias por razón de género.
-
6. Declaración responsable orden social
Declaración responsable de no tener sanción vigente de la autoridad laboral competente mediante resolución administrativa firme con las sanciones accesorias de exclusión del acceso a cualquier tipo de ayudas y beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo previstas en los artículos 46 y 46 bis del texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
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7. Declaración responsable cumplimiento actividad
Declaración responsable que acredite el cumplimiento y la realización de la actividad en todas las subvenciones anteriormente concedidas para el mismo destino y finalidad
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8. Declaración responsable medioambiente
Declaración responsable de que cumple la normativa medioambiental.
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9. Declaración responsable de las subvenciones, ingresos o ayudas
Declaración responsable de las subvenciones, ingresos o ayudas concedidas o en trámite de concesión por cualquier otra administración, entidad pública o privada relativas a la misma actividad, indicando la cuantía y procedencia
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10. Declaración responsable de no estar incurso en prohibiciones
Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones
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11. Sinopsis argumental.
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12. Guión literario.
No será obligatorio en la modalidad a) Ayudas para desarrollo de proyectos.
-
13. Memoria descriptiva del proyecto
Se valorará la participación en el proyecto audiovisual del equipo técnico y artístico.
La participación deberá quedar justificada y haciendo mención expresa de su carácter o no de aragonés. Asimismo se detallarán las localizaciones
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14. Plan de difusión de la obra a subvencionar.
-
15. Plan de trabajo
Plan de trabajo, con indicación de los periodos y fechas de desarrollo de guion, búsqueda de localizaciones, trámites de producción, ensayos, rodajes, proceso de animación, trabajos de postproducción, y otros trabajos que se consideren necesarios, debiendo indicar en qué localidad se realiza cada tarea y especificando los días que se dedican a cada una de ellas.
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16. Presupuesto desglosado por partidas
Presupuesto desglosado por partidas, calculado sin IVA de la totalidad del proyecto y presupuesto desglosado de la modalidad o fase de modalidad para la que se solicita la subvención. Si el proyecto es una coproducción se presentará también el presupuesto de la coproductora. El presupuesto presentado debe estar formado exclusivamente por los gastos subvencionables que se relacionan en el apartado vigesimoprimero de la orden de convocatoria y ajustarse al modelo disponible en sede electrónica, sin que el importe de los gastos indirectos pueda superar el 10% de los costes directos del proyecto.
-
20. Relación de medios técnicos
Relación de medios técnicos que van a ser utilizados para la ejecución del proyecto
-
Relación de documentos que ya hayan sido aportados por el interesado a la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Otra documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
Corriente de pago para ayudas y subvenciones
Verificación de Datos de Identidad
Consulta de datos de Residencia con Fecha de Última Variación Padronal
¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Información sobre la solicitud
La cuantía total de las ayudas es de 680.000 euros con la siguiente distribución:
- Mod. A (Desarrollo de proyecto): 140.000 euros
- Mod. B (Producción/Postproducción): 540.000 euros
La cuantía máximo a recibir por cada proyecto es de 12.000 euros en la mod. A y 100.000 euros en la mod. B
La empresa solicitante siempre deberá aportar con recursos propios, al menos, el 20% del presupuesto presentado.
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
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En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Con la ayuda del personal habilitado
Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.
Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
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En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
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Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
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3 meses, desde la fecha de finalización del plazo para presentar las solicitudes
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. 976714180 y 976 714 932
Correo electrónico. ayudascultura@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 111. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h
- atencionalaciudadania@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00 h.
- soportesda@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
Normativa general
-
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
-
Orden ECD/1248/2022, de 6 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de cultura.
-
Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón.
-
Orden ECD/1803/2022, de 13 de diciembre, por la que se modifica la Orden ECD/1248/2022, de 6 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de cultura.
-
Orden ECD/126/2025, de 27 de enero, por la que se modifica la Orden ECD/1248/2022, de 6 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de cultura.
Apartado anterior:
Ayuda a la tramitación electrónica
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