Ayudas individuales para personas con grado de discapacidad y en situación de dependencia - Convocatoria 2024
N°10194
A través de este trámite, se puede presentar una solicitud para acceder a ayudas individuales destinadas a favorecer la autonomía personal.
Estas ayudas están dirigidas a personas con discapacidad y a personas en situación de dependencia.
El objetivo es garantizar su máxima integración social, además de mejorar su bienestar, comunicación y participación en su entorno.
Esta convocatoria está en proceso de elaboración.
Plazo de presentación
Plazo pendiente de definir
Dirigido a
- Aquellas personas que reúnan los requisitos
Requisitos
- Tener reconocida la condición de persona con discapacidad (igual o mayor al 33%) y/o persona en situación de dependencia (Grados II y III).
- Estar empadronado y tener residencia en la Comunidad Autónoma de Aragón con antelación de al menos un año a la presentación de la solicitud.
- No haber obtenido ayudas de la misma naturaleza de entidades públicas o privadas.
- No hallarse incurso en las causas de prohibición reguladas en el del artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones
- Cumplir las condiciones de acceso exigidas para cada tipo de ayuda
- Las ayudas solicitadas deberán estar relacionadas directamente con la patología que dio lugar al reconocimiento de la situación de discapacidad o dependencia que haya sido reconocida al solicitante.
- No haber obtenido estas ayudas para similar fnalidad en los dos años anteriores, salvo aquellas destinadas a servicios diarios, mensuales o anuales.
- Tener Resolución de reconocimiento de un grado de discapacidad y/ o dependencia con anterioridad a la finalización del plazo de la presentación de las solicitudes
- Estar empadronados y tener residencia efectiva en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma de Aragón, al menos con un año de antelación a la finalización del plazo de presentación de la solicitud
- No haber obtenido ayudas de la misma naturaleza y finalidad provenientes de entidades públicas o privadas
- No haber obtenido estas ayudas para similar finalidad en los dos años anteriores, salvo aquellas destinadas a servicios diarios, mensuales o anuales
- Estar en posesión de N.I.F. /N.I. E y tener una cuenta bancaria abierta a su nombre
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Presencial
- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
Pedir cita previa - Presenta la documentación correspondiente en esa oficina.
Contacto y ayuda
- Correo electrónico. iass@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
INSTITUTO ARAGONÉS DE SERVICIOS SOCIALES
Normativa
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
Plazo pendiente de definir
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
3 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativo¿Cómo realizar este trámite?
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