Volver a Ayudas en materia de rehabilitación residencial para la mejora de la accesibilidad (Plan de Vivienda 22-25)

Ayudas en materia de rehabilitación residencial para la mejora de la accesibilidad (Plan de Vivienda 22-25) - Línea 3 - Edificios residenciales colectivos

N°9999

Obras o actuaciones de mejora de accesibilidad en edificios de tipo residencial colectivo.

Plazo de presentación

Del 04/12/2023 al 03/01/2024

Fuera de plazo

Consultar trámite

Dirigido a

  • Propietarias o usufructuarias de edificios de tipología residencial de vivienda colectiva.
  • Comunidades de propietarios, o las agrupaciones de comunidades de propietarios
  • Sociedades cooperativas de viviendas
  • Empresas constructoras, arrendatarias o concesionarias de edificios

Requisitos

  • Edificios de viviendas de tipología residencial colectiva con antigüedad anterior a 2006.
  • El 50 % de su superficie construida debe tener uso residencial de vivienda
  • El 30 % de las viviendas deben constituir domicilio habitual
  • Disponer del Libro del Edificio Existente
  • Contar con el acuerdo de la comunidad o comunidades de propietarios
  • Disponer de proyecto de las actuaciones a realizar
  • Disponer de título habilitante de naturaleza urbanística y el resto de autorizaciones necesarias

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Acreditación de representación

    En su caso, acreditación documental de representación

  • Autorización de los beneficiarios

    En el caso de que el edificio tenga varios propietarios y no se haya constituido división

    horizontal, documento firmado por todos los beneficiarios autorizando al solicitante a tramitar la

    solicitud de la subvención, así como declaración del porcentaje de participación en los gastos de

    cada uno de los beneficiarios.

  • Acreditación domicilio habitual

    Volantes o certificados vigentes de empadronamiento de las viviendas, para justificación de

    que al menos el 30 % de las viviendas del edificio constituyen residencia permanente

  • Libro del Edificio Existente

    Contenido definido en el Anexo I del real decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Incluirá justificación del estado de accesibilidad del edificio.

  • Documentación técnica

    Documentación técnica necesaria, visada si procede, por el colegio oficial correspondiente, que comprenderá el proyecto técnico o memoria suscrita por un técnico competente. Contendrá un presupuesto desglosado en las tipologías de obras que se vayan a ejecutar, detallado por capítulos y desglosado por partidas.

  • Título habilitante de naturaleza urbanística y/o autorizaciones necesarias

    Solo en el caso de obras no iniciadas, se admitirá la copia de la solicitud de licencia o autorización, y la licencia o autorización se podrá aportar tras la resolución de concesión de la subvención y siempre antes de proceder al pago.

  • Oferta del contratista o contratistas de la obra

    Oferta desglosada por capítulos y por partidas, conforme a las partidas del proyecto o memoria. Si el coste subvencionable es mayor de 40.000 €, excluido IVA, se presentarán 3 ofertas de contrata de la obra completa diferentes. En el caso de elegir la oferta que no resulte ser la económicamente más ventajosa, el beneficiario deberá justificar adecuadamente la elección. Quedan exentas de esta condición, las solicitudes de obras tanto terminadas como las iniciadas que no hayan concluido antes del fin de plazo de presentación de solicitudes.

  • Presupuestos de honorarios

    Honorarios de redacción de los proyectos, dirección de obras, informes técnicos y certificados necesarios, los gastos derivados de la tramitación administrativa, y otros gastos generales similares.

  • Documentación fotográfica

    Fotografías de las zonas a rehabilitar en un estado anterior a la ejecución de las obras.

  • Aprobación de las obras

    Acta del acuerdo de la comunidad de propietarios en la que figure la aprobación de la

    actuación subvencionable. En el caso de propietarios únicos de edificio, agrupaciones de propietarios o cooperativas, acuerdo firmado aceptando todos los propietarios la ejecución de las obras y la solicitud de la subvención, y designando a un representante para la solicitud.

  • Certificado de inicio de obras

    En el caso de que las obras estén iniciadas o terminadas. Si la obra es de escasa entidad y no requiere, según la normativa municipal, dirección facultativa por un técnico competente, la fecha de inicio se acreditará mediante declaración responsable suscrita por el beneficiario y el contratista que ejecute la obra.

  • Documentación justificativa ejecución

    En el caso de que las obras estén terminadas en el momento de la solicitud y se solicite el abono de la subvención por obras ejecutadas se presentará la documentación justificativa relacionada en el artículo 24.

  • Otras subvenciones

    En el caso de que se tengan concedidas o solicitadas otras subvenciones por el mismo concepto aportar resolución de concesión, o solicitud de la misma si todavía no estuviera concedida, incluyendo la definición de las partidas subvencionadas y su importe.

  • Certificado de discapacidad

    Para los casos de excepción previstos en la Orden

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

Ver detalles
  • Consulta de Datos de Identidad

  • Validación de NIF de un contribuyente

  • Certificación de titularidad catastral

  • Certificación descriptiva/gráfica inmueble

  • Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones

  • Corriente de pago para ayudas y subvenciones

  • Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.

Presencial

  1. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  2. Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
    Pedir cita previa
  3. Presenta la documentación correspondiente en esa oficina.

Contacto y ayuda

  • Correo electrónico. Información general rehabilitacion@aragon.es
  • Teléfono. Oficina de Rehabilitación Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos 900 599 176
  • Correo electrónico. Oficina de Rehabilitación Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos atencion@oficinarehabilitacion.com
  • Teléfono. Oficina de Rehabilitación Colegio Oficial de Arquitectos de Aragón 900 404 404

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Del 04/12/2023 al 03/01/2024

Fuera de plazo

Tramitador de solicitudes en preparación

Consultar trámite Consultar formas de presentación

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

3 meses

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo

Trámites relacionados

¿Te ha resultado útil esta página?

Ayúdanos a mejorar esta página

Tu respuesta nos ayudará a mejorar la web