Ayudas del Gobierno de Aragón al sector apícola por la sequia del año 2023
Fuera de plazo - Del 16/11/2023 al 29/11/2023
El plazo de presentación terminó el 29 noviembre 2023
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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Contenidos
Fuera de plazo - Del 16/11/2023 al 29/11/2023
El plazo de presentación terminó el 29 noviembre 2023
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
A través de este trámite se puede presentar la solicitud de ayudas establecidas en la Orden AGA/1624/2023, de 9 de noviembre, destinadas al sector apícola como complementarias a las que establece el Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo, aprueba su convocatoria y abre el plazo de presentación de solicitudes.
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RESOLUCION DEFINITIVA DE CONCESIÓN Y PAGO DE LAS AYUDAS
El plazo de un mes para poder presentar los recursos frente a esta Resolución de pago, empezará a contar a partir del 23 de enero de 2024
Dirigido a
- Serán beneficiarios de esta ayuda los apicultores cuya explotación esté ubicada en Aragón e inscrita en el Registro General de Explotaciones (REGA) a fecha 1 de enero de 2023 y clasificación zootécnica como trashumante.
- Que la explotación cuente con un mínimo de cien (100) colmenas conforme con su declaración censal correspondiente al año 2023.
Requisitos
- Podrán ser beneficiarias las personas, físicas o jurídicas, o los entes sin personalidad jurídica, que sean titulares de explotaciones apícolas ubicadas en Aragón, incluidas aquellas integrantes de explotaciones de titularidad compartida que regula la Ley 35/2011, de 4 de octubre, de titularidad compartida de las explotaciones agrarias, siempre que reúnan los siguientes requisitos:
- Que los colmenares del solicitante no estén en situación de abandono: los colmenares abandonados y las colmenas muertas no darán derecho al cobro de ayudas por su titular.
- Que el solicitante tenga contratado y en vigor durante la campaña apícola un seguro de responsabilidad civil para la cobertura de los riesgos de explotación de la actividad apícola.
- Que el solicitante cumpla con lo dispuesto en el Real Decreto 608/2006, de 19 de mayo, que establece y regula un Programa nacional de lucha y control de las enfermedades de las abejas de la miel, y venga realizando como mínimo un tratamiento al año contra la Varroosis.
- Que el solicitante cumpla con lo dispuesto en el Real Decreto 209/2002, de 22 de febrero, que establece normas de ordenación de las explotaciones apícolas.
- Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Estado ó frente a la Seguridad Social impuestas por la disposiciones vigentes ó estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda de la Comunidad Autónoma.
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Inicio: 16/11/2023 a las 00:00 h
Fin: 29/11/2023 a las 23:59 h
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.
Presencial - Pasos a seguir
- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
- Presenta la documentación correspondiente en esa oficina.
Con la ayuda del personal habilitado
Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.
Resolución
3 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Presentar en todos los casos
-
1. Justificante de pago de la póliza de seguro
-
2. Estatutos de la persona jurídica
¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE PRODUCCIÓN AGRARIA
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Información sobre la solicitud
Se tramita en el Servicio de Ayudas a la Sostenibilidad Agraria de la Dirección General de Producción Agraria.
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
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En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.
Presencial - Pasos a seguir
- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
- Presenta la documentación correspondiente en esa oficina.
Con la ayuda del personal habilitado
Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.
Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
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En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
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Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
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3 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. Fernando Martínez Gracia. 976 715 796
Correo electrónico. Fernando Martínez Gracia. fmartinez@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
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Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes en materia agraria y de aguas en respuesta a la sequía y al agravamiento de las condiciones del sector primario derivado del conflicto bélico en Ucrania y de las condiciones climatológicas, así como de promoción del uso del transporte público colectivo terrestre por parte de los jóvenes y prevención de riesgos laborales en episodios de elevadas temperaturas
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Orden 1624/2023, de 9 de noviembre, que desarrolla las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al sector apícola como complementarias a las que establece el artículo 5 del Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo, aprueba su convocatoria y abre el plazo de presentación de solicitudes
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Ayuda a la tramitación electrónica
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