Autorización de tenencia de aves de presa
N°358
A través de este trámite, las personas poseedoras de aves de presa podrán solicitar a la autoridad competente la autorización necesaria para la tenencia de dichos ejemplares, la práctica de la cetrería, la exhibición y su cría en cautividad.
Tipología 35B del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA)
Dirigido a
- Poseedores de aves de presa de Aragón
Requisitos
- Personas físicas interesadas en la tenencia de ejemplares de presa.
Pago de tasas
Medio de pago: Tarjeta de crédito / Cargo en cuenta / Ventanilla
Accede aquí para proceder al pago de la tasaDocumentación
Presentar en todos los casos:
Formulario de solicitud
Solicitud de autorización para tenencia de aves de presa.
En modelo oficial debidamente cumplimentado, dirigida al Director/a del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, a la que se adjuntará la documentación que se indica a continuación.
Descargar modelo Formulario de solicitud35B. Anexo I. Datos del ejemplar
Descargar modelo 35B. Anexo I. Datos del ejemplar35B. Anexo III. Comunicación de cesión temporal de aves de presa
Descargar modelo 35B. Anexo III. Comunicación de cesión temporal de aves de presa35B. Anexo IV. Comunicación de incidencias de los ejemplares de aves de presa
Descargar modelo 35B. Anexo IV. Comunicación de incidencias de los ejemplares de aves de presa35B. Anexo VI. Comunicación de exhibición de aves de presa
Descargar modelo 35B. Anexo VI. Comunicación de exhibición de aves de presaDocumentación CITES
Certificado de origen
Certificado veterinario
Formulario del trámite:
Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.
Descargar formularioInformación adicional
Le informamos que los datos de carácter personal que se recaben en las solicitudes que se dirigen al Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA) quedarán incorporados a las correspondientes actividades de tratamiento de la que es titular el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental.
Puede encontrar información relativa a la política de protección de datos personales y de seguridad de la información en INAGA a través de su página web.
Documentos y enlaces de interés
Presentación de la solicitud
Telemática
OTRO
Si requiere asistencia para la presentación de documentación dirigida a INAGA a través del Registro Telemático, debe solicitar cita previa en INAGA. (Servicio dirigido únicamente a personas físicas)
Contacto y ayuda
- Teléfono. 976 716 633
- Correo electrónico. inaga@aragon.es
- Página web. Contacte con INAGA por correo electrónico
- Página web. Contacte con INAGA por teléfono
- Página web. Atención presencial en INAGA (cita previa)
- Página web. Instituto Aragonés de Gestión Ambiental
Más información
Órgano responsable
INSTITUTO ARAGONES DE GESTION AMBIENTAL
Normativa
Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto, por el que se regula el Catálogo español de especies exóticas invasoras
Real Decreto 1739/1997, de 20 de noviembre, sobre medidas de aplicación del Convenio sobre Comercio Internacional de especies amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES), y del Reglamento 338/97, del Consejo, de 9 de diciembre de 1996, relativo a la protección de especies de la fauna y flora silvestres mediante el control de su comercio
Decreto 245/2007, de 2 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la tenencia y uso de aves de presa en la Comunidad Autónoma de Aragón
Ley 1/2015, de 12 de marzo, de Caza de Aragón
Orden de 26 de octubre de 2009 del Consejero de Medio Ambiente del Gobierno de Aragón, por la que se desarrolla el Decreto 245/2007, de 2 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la tenencia y uso de aves de presa en la Comunidad Autónoma de Aragón, en lo relativo a la práctica de vuelos de entrenamiento de las aves de presa en zonas no cinegéticas. Información adicional
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
3 meses
Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.
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