Autorización de edificación en zonas de borde (Informe)
A través de este trámite, los municipios aragoneses podrán solicitar, a los consejos provinciales de urbanismo, la emisión de informe previo a la aprobación municipal de una autorización de construcción de viviendas unifamiliares, almacenes o pequeñas industrias compatibles con el entorno.
Dirigido a
- Entidades locales de la Comunidad Autónoma de Aragón
 
Requisitos
- 
			Municipios a los que sea de aplicación la zona de borde según el artículo 289.2 del TRLUA : 
			
				
				
- Municipios sujetos al régimen urbanístico simplificado sin plan general, sin necesidad de una previa delimitación y salvo acuerdo en contra del Ayuntamiento Pleno o salvo que los usos admisibles en la zona de borde sean incompatibles con el régimen del suelo no urbanizable correspondiente.
 - Municipios sujetos al régimen urbanístico simplificado en cuyo plan no se prevea suelo urbanizable y así se determine expresamente.
 - Municipios con plan general no sujetos a régimen urbanístico simplificado para aquellos núcleos de población inferiores a mil habitantes, clasificados por el Plan como núcleos urbanos consolidados y siempre que no sea de aplicación lo establecido en el artículo 288.2 del TRLUA.
 
 - 
			Requisitos generales:
			
				
				
- La parcela deberá tener una superficie igual o superior a mil quinientos metros cuadrados.
 - La zona de borde deberá ser contigua al suelo urbano procurando una adecuada coherencia con los usos existentes y salvaguardando la imagen urbana del núcleo consolidado.
 - La prolongación de las redes generales municipales no será en ningún caso superior a trescientos metros desde el punto de conexión con las mismas o distancia inferior que fije el Ayuntamiento en pleno.
 - La parcela quedará vinculada registralmente a la edificación y no podrá construirse en ella ninguna otra vivienda. Se permiten edificaciones auxiliares a la misma sin que se pueda superar la edificabilidad prevista en el arpartado 5c) del artículo 289 del TRLUA.
 
 - Condiciones mínimas de la autorización serán las establecidas en el artículo 289.5 del TRLUA.
 
Trámites relacionados
Emisión de informe previo a la autorización
A través de este trámite, los municipios aragoneses podrán solicitar, a los consejos provinciales de urbanismo, la emisión de informe previo a la aprobación municipal de una autorización de construcción de viviendas unifamiliares, almacenes o pequeñas industrias compatibles con el entorno.
En plazo permanente
Contacto y ayuda
- Teléfono. De 9 a 14 horas. 976 714 532
 - Correo electrónico. dgurbanismo@aragon.es
 - Teléfono. Consejo Urbanismo Zaragoza. 976 715 318
 - Teléfono. Consejo Urbanismo Huesca. 974 293 060
 - Teléfono. Consejo Urbanismo Teruel. 978 641 026
 
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
 - Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
 - Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
	
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
 
 
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE URBANISMO Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO
Normativa
Trámites relacionados
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