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Autorización de edificación en zonas de borde (Informe)

A través de este trámite, los municipios aragoneses podrán solicitar, a los consejos provinciales de urbanismo, la emisión de informe previo a la aprobación municipal de una autorización de construcción de viviendas unifamiliares, almacenes o pequeñas industrias compatibles con el entorno.

Dirigido a

  • Entidades locales de la Comunidad Autónoma de Aragón

Requisitos

  • Municipios a los que sea de aplicación la zona de borde según el artículo 289.2 del TRLUA :
    • Municipios sujetos al régimen urbanístico simplificado sin plan general, sin necesidad de una previa delimitación y salvo acuerdo en contra del Ayuntamiento Pleno o salvo que los usos admisibles en la zona de borde sean incompatibles con el régimen del suelo no urbanizable correspondiente.
    • Municipios sujetos al régimen urbanístico simplificado en cuyo plan no se prevea suelo urbanizable y así se determine expresamente.
    • Municipios con plan general no sujetos a régimen urbanístico simplificado para aquellos núcleos de población inferiores a mil habitantes, clasificados por el Plan como núcleos urbanos consolidados y siempre que no sea de aplicación lo establecido en el artículo 288.2 del TRLUA.
  • Requisitos generales:
    • La parcela deberá tener una superficie igual o superior a mil quinientos metros cuadrados.
    • La zona de borde deberá ser contigua al suelo urbano procurando una adecuada coherencia con los usos existentes y salvaguardando la imagen urbana del núcleo consolidado.
    • La prolongación de las redes generales municipales no será en ningún caso superior a trescientos metros desde el punto de conexión con las mismas o distancia inferior que fije el Ayuntamiento en pleno.
    • La parcela quedará vinculada registralmente a la edificación y no podrá construirse en ella ninguna otra vivienda. Se permiten edificaciones auxiliares a la misma sin que se pueda superar la edificabilidad prevista en el arpartado 5c) del artículo 289 del TRLUA.
  • Condiciones mínimas de la autorización serán las establecidas en el artículo 289.5 del TRLUA.

Trámites relacionados

Emisión de informe previo a la autorización

A través de este trámite, los municipios aragoneses podrán solicitar, a los consejos provinciales de urbanismo, la emisión de informe previo a la aprobación municipal de una autorización de construcción de viviendas unifamiliares, almacenes o pequeñas industrias compatibles con el entorno.

En plazo permanente

Contacto y ayuda

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