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Actuaciones relativas a la declaración de bienes del Patrimonio Cultural Aragonés - Bienes muebles

N°515

A través de este trámite, se podrá solicitar la declaración de un bien como bien de interés cultural en la categoría de bien mueble.

Los bienes muebles podrán ser serán declarados bienes de interés cultural singularmente o como colección.

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

Dirigido a

  • Propietario del bien

Requisitos

  • Consideración del bien mueble como uno de los más relevante del Patrimonio Cultural Aragonés

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Datos sobre el bien objeto de la solicitud

    Denominación, denominación secundaria, antigua o popular (si la tiene), localización (Provincia, comarca, municipio, localidad, dirección), datos Históricos, descripción general del Bien, autoría, estilo, estado de conservación / Intervenciones.

Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:

Situación jurídica

  • Titular del derecho de propiedad

    Nombre y apellidos o razón social, domicilio, teléfono.

  • Grado de protección actual

    Indicar si se encuentra protegido por alguna norma.

Documentación gráfica

  • Reportaje fotográfico del Bien y su entorno

    En color en soporte digital o impreso.

Formulario del trámite:

Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.

Descargar formulario

Presentación de la solicitud

Presencial

  1. Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
    Descargar formulario
  2. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  3. Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
    Pedir cita previa
  4. Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.

Contacto y ayuda

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Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

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Trámite presencial

Acude a nuestras oficinas de Registro con cita previa para presentar tu trámite.

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Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

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Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

18 meses a partir de la publicación de la incoación del procedimiento. Su caducidad se producirá si una vez transcurrido dicho plazo cualquier interesado solicita el archivo de las actuaciones y dentr...

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