Comunicación de actividad
En plazo permanente
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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Contenidos
En plazo permanente
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
A través de este trámite se podrá comunicar la fechas de inicio y de fin de actividad, informar las entradas y salidas de grano (libro de entradas y salidas) y registrar el resumen anual de actividad.
Dirigido a
- Personas físicas
- Personas jurídicas
- Entidades asociativas agrarias: Cooperativas y Sociedades Agrarias de Transformación (SAT) para sus asociados
Requisitos
- Estar dado de alta en el Registro de Operadores Profesionales de Vegetales. URL: https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/gestion-del-registro-de-operadores-profesionales-de-vegetales-ropveg
- Las instalaciones tienen que estar ubicadas en la Comunidad Autónoma de Aragón y disponer los medios necesarios
- Estar dado de alta en el Registro de Industrias Agroalimentarias para la actividad de acondicionamiento de grano para siembra. URL: https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/inscripcion-registro-industrias-agroalimentarias
- Estar dado de alta en el Registro Oficial de Productores y Operadores (ROPO) en el caso de realizar tratamientos con productos fitosanitarios: URL: https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/inscripcion-registro-oficial-productores-operadores-defensa-fitosanitarios
- La maquinaria deberá estar dada de alta en el Registro de Maquinaria Agrícola de Aragón (ROMA) y tener realizadas las correspondientes revisiones obligatorias. URL: https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/gestion-del-registro-de-maquinaria-agricola-roma
- El destino exclusivo de las operaciones de acondicionamiento de grano es la siembra de las especies descritas en el artículo 1.5 del Real Decreto 1709/1997 de 14 de noviembre.
- Cumplir tanto con las obligaciones técnicas exigidas a la actividad, como con las comunicaciones periódicas necesarias que deben establecerse con el Servicio de Sanidad y Certificación Vegetal.
- Notificar de inmediato a la autoridad competente si sospecha de una o más plagas cuarentenarias de la Unión Europea.
- Disponer del personal y de las instalaciones adecuadas para esta actividad
- Conservar al menos durante 3 años los registros relativos a la identificación y control de esos procesos
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Plazo permanente
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
Con la ayuda del personal habilitado
Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.
¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE CALIDAD Y SEGURIDAD ALIMENTARIA
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Información sobre la solicitud
Todas las actividades de comunicación de inicio y fin de actividad, la comunicación de albaranes de entrada y salida, y la comunicación del resumen de final de campaña se realizarán a través de este trámite en la aplicación AGRAGS (Acondicionamiento de Grano para Siembra).
Por medio de esta aplicación el acondicionador llevará el control y gestión de la actividad de acondicionamiento de grano para siembra a terceros (libro registro de entradas y salidas de todas las partidas objeto de acondicionamiento). No obstante, durante la campaña 2025 estas comunicaciones podrán realizarse a través del trámite de Autorización y renovación.
Se tramita en el Servicio de Sanidad y Certificación Vegetal, de la Dirección General de Calidad y Seguridad Alimentaria.
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
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En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
Con la ayuda del personal habilitado
Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.
Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
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En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
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Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. 976 716 466
Correo electrónico. cscv.agri@aragon.es
Página web. Centro de Sanidad y Certificación Vegetal
Presencial. Horario oficina De 9 a 14 horas
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
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Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
Normativa general
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Decreto 31/2023, de 22 de marzo, por el que se adoptan medidas de ordenación fitosanitaria para la erradicación y control de organismos nocivos en la Comunidad Autónoma de Aragón.
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Real Decreto 1054/2021, de 30 de noviembre, por el que se establecen y regulan el Registro de operadores profesionales de vegetales, las medidas a cumplir por los operadores profesionales autorizados a expedir pasaportes fitosanitarios y las obligaciones de los operadores profesionales de material vegetal de reproducción, y se modifican diversos reales decretos en materia de agricultura.
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Reglamento 2031/2016, de 26 de octubre, relativo a las medidas de protección contra las plagas de los vegetales, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.º 228/2013, (UE) n.º 652/2014 y (UE) n.º 1143/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo y se derogan las Directivas 69/464/CEE, 74/647/CEE, 93/85/CEE, 98/57/CE, 2000/29/CE, 2006/91/CE y 2007/33/CE del Consejo.
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Circular 1/2010, de 29 de octubre, Dirección General de Alimentación, sobre el acondicionamiento de granos para siembra realizado a domicilio
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Ley 30/2006, de 26 de julio, de semillas y plantas de vivero y de recursos fitogenéticos.
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Real Decreto 1709/1997, de 14 de noviembre, por el que se regula el acondicionamiento de granos destinados a la siembra
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Ayuda a la tramitación electrónica
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