Acondicionamiento de grano para siembra

Información sobre el acondicionamiento de grano para siembra en Aragón.

Última actualización: 18/09/2023

El acondicionamiento de grano para siembra es una actividad admitida y regulada por la legislación. Concretamente en el Real Decreto 1709/97 y su desarrollo por el Decreto 153/1998 del Gobierno de Aragón.

Este marco normativo ampara el derecho del agricultor a utilizar el producto de su propia cosecha para siembras propias en su explotación, sin comercio del mismo. Fuera de este derecho, se considera ilegal la venta, la tenencia con vistas a la venta, la oferta de venta y toda cesión, entrega o transmisión con fines de explotación comercial de granos a terceros, a titulo oneroso o no, de cualquier grano para siembra que no se trate de “semilla certificada”.

Debe quedar claro que el único comercio legal de material vegetal para reproducción es la semilla certificada, amparada por un certificado oficial: la etiqueta. La comercialización de grano para siembra no certificado es una actividad ilegal, que cuando se trata de una variedad protegida se considera delito (Código Penal vigente).

La actividad de acondicionamiento consiste en la prestación de un servicio de acondicionamiento y limpia por terceros, de manera que en ningún momento el almacén acondicionador adquiere derecho sobre el grano.

La actividad reglada de acondicionamiento de grano para siembra regula los almacenes autorizados para esta actividad a través de un Registro de autorizaciones de prestación de servicio de acondicionado de grano. Todos los almacenes que se dediquen a esta actividad tienen que estar dados de alta y con la autorización en vigor. Se admite el acondicionado de grano de un almacén con máquina móvil para servicio itinerante siempre que esté debidamente autorizado para la actividad. En este caso el servicio de limpia a domicilio se limita al acondicionamiento de partidas sin tratamiento. Además, el acondicionador debe enviar a los servicios oficiales de control una relación semanal anticipada de las fincas donde va a trabajar.

Con la ayuda del Libro de almacén, diligenciado por el Servicio de Sanidad y Certificación Vegetal, se registran independientemente cada partida que es llevada a acondicionar por el agricultor, y se debe anotar cada una de las entradas y salidas en las instalaciones de acondicionamiento.

Cada partida objeto de acondicionamiento debe ser siempre:

  • identificada (información completa del propietario de la partida, especie, variedad, cantidad que entra y cantidad que sale, parcela de origen y destino, tratamiento),
  • firmada por el agricultor propietario de la partida, quedando reflejado en el libro de registro puesto a disposición del Servicio de Sanidad y Certificación Vegetal.

La responsabilidad de la veracidad de los datos reflejados en el Libro oficial de Registro de entradas y salidas, corresponde tanto al agricultor como a la entidad de acondicionamiento.

Campaña 2025

Durante la campaña 2025, que finaliza el 31 de enero de 2026, se realizan todas las obligaciones administrativas mediante el trámite Acondicionamiento de grano para siembra, el cual se desglosa en dos, según las operaciones que se vayan a hacer:

Más información y contacto

Servicio de Sanidad y Certificación Vegetal

Avenida de Montañana, 1005. 50192 Zaragoza

Teléfono: 976 716 466 Fax: 976 576 433

cscv.agri@aragon.es

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