Dermatosis nodular contagiosa (DNC)

Medidas sanitarias para prevenir la introducción o difusión de la DNC en Aragón.

Última actualización: 13/05/2026

La dermatosis nodular contagiosa de los bóvidos (DNC) es una enfermedad vírica de alta difusibilidad en el ganado bovino cuya presencia podría provocar graves consecuencias tanto para la propia cabaña ganadera, como para los movimientos comerciales desde la zona afectada a la zona afectada y fuera de la zona afectada. 

En España se declaró por primera vez en Cataluña el 3 de octubre de 2025, y el 27 de febrero de 2026 se declaró el primer foco en Aragón, en el municipio de Fiscal (Huesca).

Se declara oficialmente la existencia de la dermatosis nodular contagiosa en Aragón (Boletín Oficial de Aragón, 13 marzo 2026)

Medidas sanitarias de prevención, control y erradicación

El Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación considera necesario adoptar las siguientes medidas sanitarias de prevención, control y erradicación de la enfermedad: 

  • Declaración oficial del foco: se declara oficialmente la existencia de un foco de dermatosis nodular contagiosa en Fiscal (Huesca).
  • Vaciado sanitario: la declaración del foco en las explotaciones conlleva el vaciado sanitario de las mismas.
  • Indemnización: baremos de indemnización por el sacrificio obligatorio de animales / corrección de errores
  • Saneamiento de los focos: las instalaciones afectadas se someterán a  un proceso de limpieza, desinfección, desinsectación, desratización y obras de adecuación sanitaria.
  • Ámbito territorial y zonificación: se establece una zona restringida que se divide en:
    • Una zona de protección, de un radio de 20 kilómetros en torno a la explotación o explotaciones confirmadas.
    • Una zona de vigilancia, de un radio de entre 20 y 50 kilómetros en torno a la explotación o explotaciones confirmadas
  • Celebración de certámenes y concentraciones de animales:
    • Se permite la celebración de certámenes ganaderos y concentraciones de animales vivos excepto bovinos. No obstante, se pueden celebrar festejos taurinos populares o festejos en los que intervengan bovinos, con condiciones.
  • Se podrán adoptar medidas adicionales de control, vigilancia y erradicación.

Medidas sanitarias de prevención, control y erradicación de la dermatosis nodular contagiosa en la Comunidad Autónoma de Aragón (Boletín Oficial de Aragón (BOA) 56, 23 marzo 2026) / Actualización de las medidas sanitarias de prevención, control y erradicación (BOA 75, 21 abril 2026)/ Baremos de indemnización por el sacrificio obligatorio de animales (BOA 60, 27 marzo 2026). Corrección de errores de los baremos de indemnización (BOA 62, 31 marzo 2026)

Medidas de vacunación y control de la vacunación obligatoria

  • La vacunación es obligatoria en todas las explotaciones de bovino ubicadas en la provincia de Huesca, y en la comarca de las Cinco Villas (Zaragoza), en las explotaciones pertenecientes a las Oficinas Comarcales Agrarias de Tauste, Ejea de los Caballeros y Sos del Rey Católico.
  • Se establecen restricciones al movimiento de animales desde cualquier ubicación dentro de las zonas de vacunación hacia destinos fuera de dichas zonas o fuera de España.
  • El personal veterinario que realice la vacunación debe estar habilitado y presentar un plan de vacunación.
  • La responsabilidad de vacunar a los bovinos corresponde a la persona titular de la explotación.
  • Se establece un plazo de dos meses para realizar la vacunación.

Medidas de vacunación y control de la vacunación obligatoria en zona I frente a la DNC en Aragón (BOA 75, 21 abril 2026)

Más información y contacto

Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación

Servicio de Sanidad Animal

ssa@aragon.es

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