Volver a Trámites relacionados con centros de servicios sociales

Trámites relacionados con centros de servicios sociales - Asesoramiento construcción o adaptación de infraestructura para centro de servicios sociales

N°9221

Contestación a dudas concretas en relación con el cumplimiento de las condiciones materiales.

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

Iniciar trámite

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Documento acreditativo de la propiedad o dependencia jurídica de la parcela.

    Escrituras

    Contrato de arrendamiento

    Acuerdo de cesión

    Adjudicación del contrato de gestión

    Otros

  • Memoria descriptiva del edificio y parcela.

    Ha de incluir como mínimo el cuadro de superficies útiles y construidas.

  • Proyecto básico completo

  • Proyecto de Prevención de Incendios

    Uso Hospitalario, en caso de centros residenciales

  • Plano de situación, emplazamiento y calificación urbanística.

  • Plano de parcela acotado.

  • Declaración responsable

    Que el centro no estará emplazado en lugar insalubre, ni peligroso para la integridad de las personas.

    Que se ocupará la totalidad del edificio, o una parte diferenciada del mismo, cuyas dependencias estén comunicadas entre sí mediante espacios comunes propios que constituyan una unidad.

    Que, en el caso, de prever que sea el centro de más de veinticinco personas se ocupará únicamente la planta baja y/o primer piso. Se exceptúa de esta previsión aquellos supuestos en los que se disponga de edificio exclusivo y de los que, ocupando una parte diferenciada de un edificio, posean acceso, escaleras y ascensor propios.

    Que el centro estará comunicado con la población a la que sirvan mediante servicio público de transporte, propio o concertado.

Información adicional

1. Se emitirá informe en contestación a las dudas concretas que puedan ser planteadas. Este asesoramiento no implica una valoración global o exhaustiva del conjunto del proyecto.

2. Las condiciones específicas del “uso hospitalario” del Código Técnico de Edificación, aprobado por Real Decreto 314/2006 de 17 de marzo, se exigirán a todas aquellas residencias de nueva implantación y a la reforma y ampliación de las ya existentes que les sea de aplicación el CTE.

3. Uso hospitalario: CTE Documentos básicos

• DB-SI-Seguridad en caso de Incendio:

- III Criterios generales de aplicación: punto 3 “A los edificios, establecimientos o zonas de los mismos cuyos ocupantes precisen, en su mayoría, ayuda para evacuar el edificio (residencias geriátricas o de personas discapacitadas, centros de educación especial, etc.) se les debe aplicar las condiciones específicas del uso Hospitalario”.

Uso aplicable a un centro de día para personas mayores:

Un centro de día para personas mayores debe asimilarse, en general, al uso residencial público, excepto cuando el grado de dependencia de los ocupantes en caso de incendio sea tan alto y generalizado que haga aconsejable asimilarlo a uso hospitalario.

• DB-SUA Seguridad Utilización y Accesibilidad

Documentos y enlaces de interés

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

¿Te ha resultado útil esta página?

Ayúdanos a mejorar la página de trámites del Gobierno de Aragón

Tu respuesta nos ayudará a mejorar la web