Modificaciones de proyectos
En plazo permanente
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Contenidos
En plazo permanente
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
Los proyectos financiados por las subvenciones en materia de cooperación para el desarrollo se deben ejecutar manteniendo su objeto y en los términos en que fueron aprobados.
No obstante, se pueden producir situaciones puntuales que requieran modificar el proyecto, por ejemplo: catástrofes naturales, cambios o incorporaciones de entidades cofinanciadoras, necesidad de ampliación de plazos por pequeños retrasos en la ejecución, cambios de beneficiarios, socio local, entre otros.
Dirigido a
- Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo a las que se les han concedido proyectos de cooperación al desarrollo
- Otras personas jurídicas a las que se les han concedido proyectos de cooperación al desarrollo
Requisitos
- Informar sobre las modificaciones:
- En el plazo de un mes desde que se produzca la situación que causa la modificación.
- Durante la ejecución del proyecto y con antelación suficiente para que pueda ser autorizada.
- Justificar debidamente la causa de la modificación.
- Proyectos o programas de cooperación en los que se hayan producido:
- Modificaciones no sustanciales:
- Añadir, eliminar o modificar actividades sin afectar a los objetivos y resultados esperados.
- Ampliar el plazo de ejecución hasta 2 meses.
- Variación entre partidas o subpartidas del presupuesto que por su cuantía y/o naturaleza se consideren no sustanciales.
- Utilizar para el propio proyecto o programa, aumentando objetivos o resultados, los excedentes generados por: un tipo de cambio favorable o intereses bancarios.
- Modificaciones sustanciales:
- Modificar aspectos básicos que afectan al proyecto o programa: objetivos, resultados, población beneficiaria o destinataria, localización y/o entidad socia local.
- Ampliar el plazo de ejecución más de 2 meses.
- Variación entre partidas o subpartidas del presupuesto que por su cuantía y/o naturaleza se consideren sustanciales.
- Utilizar para otros fines sociales los excedentes generados por: ahorros en los costes previstos, un tipo de cambio favorable o intereses bancarios.
- Obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas (entidad o entidades cofinanciadoras).
- Modificaciones no sustanciales:
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Plazo permanente
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Resolución
Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Documentos a aportar si cumples estas condiciones:
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-
1. Documento que justifique la causa
Aporta los documentos que ayuden a justificar la causa de la modificación: resoluciones, noticias oficiales, certificados, etc.
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1. Presupuesto con modificaciones
Señalar, sobre el presupuesto presentado en la solicitud, las modificaciones que se solicitan. Indicar: el importe inicial, la modificación que se realiza, el importe final y la entidad que financia cada importe. Aportar en excel.
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1. Comprobante de la cofinanciación
Resolución de la administración que concede la ayuda que cofinancia el proyecto, o, en caso de otras entidades, certificado o declaración de compromiso de la entidad que cofinancia.
¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE INCLUSIÓN SOCIAL Y VOLUNTARIADO
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Información sobre la solicitud
Modificaciones no sustanciales:
El Servicio de Cooperación al Desarrollo revisará la modificación presentada. Si no se ajusta a la normativa o se requiere mayor información, se pondrá en contacto telemáticamente con la entidad. Si es aceptada, se notificará electrónicamente a la entidad, que tendrá que ejecutar y justificar el proyecto en los nuevos términos aprobados.
Modificaciones sustanciales:
El Servicio de Cooperación al Desarrollo revisará la modificación presentada. Si no se ajusta a la normativa o se requiere mayor información, se pondrá en contacto con la entidad. La Comisión de Valoración y Evaluación se reunirá para valorar las modificaciones solicitadas. Si la solicitud de modificación es aceptada, la entidad tendrá que ejecutar y justificar el proyecto en los nuevos términos. Si es denegada, se notificará electrónicamente con explicación de los motivos y deberá continuar la ejecución del proyecto en los términos aprobados en la concesión.
Comunicación de la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas (entidad o entidades cofinanciadoras):
Las entidades tienen la obligación de comunicar los cambios en la entidad o entidades que cofinancian el proyecto. La administración no emitirá una respuesta a este tipo de comunicación, salvo que vaya aparejada de una modificación sustancial o no sustancial, para lo que podrá requerir información adicional.
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
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En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
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En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
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Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
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Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. 976 714 159
Correo electrónico. cooperacion@aragon.es
Presencial. Horario oficina 9 a 14 horas
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
Normativa específica
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Orden CDS/627/2022, de 11 de mayo, por la que se hace pública la convocatoria de las subvenciones en materia de cooperación para el desarrollo correspondiente al año 2022.
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Orden CDS/398/2021, de 13 de abril, por la que se hace pública la convocatoria de las subvenciones en materia de cooperación para el desarrollo correspondiente al año 2021
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Orden CDS/830/2020, de 2 de septiembre, por la que se hace pública la convocatoria de las subvenciones en materia de cooperación para el desarrollo correspondiente al año 2020.
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Orden CDS/1316/2019, de 30 de septiembre, por la que se hace pública la convocatoria de las subvenciones en materia de cooperación para el desarrollo correspondiente al año 2019.
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Orden CDS/953/2018, de 28 de mayo, por la que se hace pública la convocatoria de las subvenciones en materia de cooperación para el desarrollo correspondiente al año 2018.
Normativa general
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Ayuda a la tramitación electrónica
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