Justificación de los proyectos

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Detalles del trámite

Los proyectos correspondientes a convocatorias de 2023 y siguientes financiados por las subvenciones en materia de cooperación para el desarrollo deben realizar una justificación final a partir de 2023.


Dirigido a

  • Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo a las que se les han concedido proyectos de cooperación al desarrollo.
  • Otras personas jurídicas a las que se les han concedido proyectos de cooperación al desarrollo.

Requisitos

  • Requisitos de la justificación final:
    • Realizar la justificación en los 3 meses siguientes al fin del proyecto.
  • Requisitos de los gastos:
    • Estar realizados dentro de plazo:
      • La fecha del justificante debe estar comprendida en cada periodo de justificación.
      • La fecha de los gastos debe ser anterior al fin del proyecto.
      • Para gastos periódicos: se imputarán a la subvención los que correspondan al periodo de ejecución del proyecto.Por ejemplo: para un alquiler anual de 240€, para un periodo de 5 meses, se imputarían 100€ (5/12 partes).
      • Excepción: sólo los gastos de las evaluaciones y auditorías previstas en la formulación del proyecto.
    • Los gastos realizados en una moneda diferente al euro deben aplicar un tipo de cambio ponderado de cada periodo de justificación. Por ejemplo, si se realizan 3 transferencias con un tipo de cambio de 1.1, 1.3 y 1.5 respectivamente, el tipo de cambio ponderado sería (1.1+1.3+1.5)/3 = 1.3. Deben incluir los justificantes bancarios así como el justificante de tipo de cambio que aplica el banco (por el cambio de moneda)
    • Tener en cuenta los requisitos específicos para cada concepto de gasto que se indican en las Instrucciones sobre justificación y control de gasto.
  • Requisitos de los justificantes de los gastos:
    • Deben ser facturas físicas o electrónicas.
    • Deben ser originales, copias auténticas o compulsadas:
      • Convocatorias anteriores a 2023. En facturas físicas: los originales, previo a su fotocopiado, deben llevar un sello que indique porcentaje y cuantía de la financiación del Gobierno de Aragón al proyecto y año de la convocatoria.
      • Convocatoria 2023 y posteriores. Las facturas físicas se presentarán escaneadas; la entidad solicitante se compromete a disponer y custodiar todos los justificantes originales de los gastos y pagos realizados.
      • En facturas electrónicas: acompañarse de una declaración responsable conjunta que recoja el porcentaje y cuantía de la financiación de Gobierno de Aragón al proyecto, año de la convocatoria y firma de la persona representante de la entidad.
    • Deben cumplir con la normativa vigente en España y en el país donde se ejecute el proyecto
    • Deben estar expedidos a nombre de la entidad beneficiaria de la subvención o de la socia local.
    • Deben identificar a la entidad que emite el documento.
    • Cada justificante de gasto debe ir acompañado de un justificante del abono. El abono se puede justificar con:
      • Transferencia bancaria.
      • Copia del cheque y extracto bancario del cargo realizado. El cheque debe estar expedido a nombre de quién recibe el pago. La factura debe reflejar el número del cheque con el que se ha realizado el pago.
      • De manera excepcional: recibos y, para pagos en efectivo que requerirán ser autorizados previamente.

Plazos

Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.

Presentación

Plazo permanente

Puedes realizar este trámite de manera:

Electrónica - Pasos a seguir
  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.

Presencial - Pasos a seguir

Para justificaciones de proyectos de convocatorias anteriores a 2023, la entidad solicitante deberá entregar de manera presencial en registro y antes de que finalice el plazo de justificación, las facturas originales de este periodo de justificación y sus copias. Las facturas deben estar organizadas en orden cronológico, por partidas y numeradas conforme al documento “Listado de Facturas” disponible en el apartado "Documentación".

Resolución

Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.

Saber más sobre el silencio administrativo

Documentos necesarios

Detalles de documentos para realizar de este trámite.

Presentar en todos los casos

  • 1. Informe de seguimiento final

    Completar el modelo de informe de seguimiento. Si se han realizado modificaciones sobre el proyecto, el contenido de este informe debe coincidir con los cambios aprobados.

  • 2. Resumen del Informe de seguimiento

    Resumen en el que se recojan los datos más relevantes del proyecto, con una extensión máxima de cuatro páginas.

  • 3. Fuentes de verificación del proyecto

    Aportar fotos, videos o documentos especificados en la solicitud presentada que permitan verificar la ejecución del proyecto.

    Máximo 20 archivos.

  • 4. Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones

    Consulta a realizar para el abono del segundo anticipo.

  • 5. Listado de facturas terreno

    Relación ordenada cronológicamente de los justificantes del gasto de acuerdo con las partidas del presupuesto del proyecto. Si se han realizado modificaciones sobre el presupuesto, el contenido de este listado debe coincidir con los cambios aprobados. Los conceptos de gasto en el listado deben estar en español. Se facilita modelo en Excel

  • 6. Listado de facturas EpD

    Relación ordenada cronológicamente de los justificantes del gasto de acuerdo con las partidas del presupuesto del proyecto. Si se han realizado modificaciones sobre el presupuesto, el contenido de este listado debe coincidir con los cambios aprobados. Los conceptos de gasto en el listado deben estar en español. Se facilita modelo en Excel

  • 7. Original y copia de las facturas y los justificantes del abono

    Para proyectos de convocatorias anteriores a 2023: Entregar físicamente en registro antes del fin del plazo de justificación. Las facturas tienen que estar de acuerdo al presupuesto del proyecto y a las modificaciones aprobadas, si las hay.

    Para proyectos de convocatoria 2023 y posteriores: Las facturas físicas se presentarán escaneadas; la entidad solicitante se compromete a disponer y custodiar todos los justificantes originales de los gastos y pagos realizados.

  • 8. Declaración de los costes indirectos del proyecto

    Declaración firmada por la persona responsable de la entidad sobre la vinculación de los gastos de los costes indirectos al proyecto, indicando el importe total de los mismos. Costes indirectos del proyecto: gastos administrativos de la gestión, gastos de seguimiento y evaluación, actividades de sensibilización y educación para el desarrollo en Aragón, comisiones bancarias de las transferencias de la ONGD a la entidad socia local y gastos de la administración de la entidad que recibe la subvención (gastos proporcionales de personal, teléfono, luz, material de oficina, etc.).

  • 9. Transferencias realizadas al socio local

    Junto a la documentación justificativa, deberán aportar copia de las transferencias efectuadas a la entidad socia local, acreditación de la recepción de los fondos por el socio local, acreditación del tipo de cambio monetario.

  • 10. Documento o extracto bancario que acredite la recepción de los fondos

    Documento bancario en el que la entidad socia local acredita que ha recibido los

    fondos, indicando la fecha y el importe recibido.

  • 11. Contratos del personal y del personal expatriado

    Contratos del personal del que se imputen nóminas o parte de ellas como coste del proyecto. Los contratos del personal expatriado deben incluir como anexo el acuerdo complementario de destino previsto en el RD 519/2006 de 28 de abril, por el que se establece el Estatuto de los Cooperantes.


Documentos a aportar si cumples estas condiciones:


¿Necesitas ayuda?

Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.

Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.


Órgano responsable

DIRECCIÓN GENERAL DE INCLUSIÓN SOCIAL Y VOLUNTARIADO

Apartado siguiente:

Información adicional

Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.

Información sobre la solicitud

Justificación final:

El servicio de cooperación revisará la justificación. Si todo está correcto, se cerrará el expediente. Si hay alguna incidencia, se requerirá subsanación o reintegro.

Recursos y enlaces de interés

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Fases de la tramitación

Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.

Antes de la tramitación

Durante de la tramitación

Finalización de la tramitación

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Contacto y ayuda

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